El horizonte judicial del que fuera jefe de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero durante la celebración del referéndum declarado como ilegal del 1 de octubre de 2017, en la Audiencia Nacional se ha movido de una petición de la Fiscalía de hasta 11 años de prisión por un delito de rebelión a dejar entrever la posibilidad de una exoneración.
“Un ciudadano de un pueblo libre no debe expiar las faltas que no son suyas ni ser víctima de la impotencia y egoísmo del Estado, y esto es algo que los tribunales pueden evitar. Les pido que lo eviten con la sentencia absolutoria. Y disculpen este espectáculo lamentable”, defendía Olga Tubau, abogada de Trapero en el juicio al jefe de los Mossos, parafraseando así al ministro de Justicia y padre de la Constitución de 1876, Manuel Alonso Martínez.
Lo más importante
El pasado 19 de junio, el juicio a la cúpula de los Mossos d’Esquadra por su presunta connivencia con los dirigentes independentistas en el otoño del 2017 quedó visto para sentencia.
- Durante el proceso judicial, la defensa de Trapero ha pasado por desmarcarse de Carles Puigdemont y responsabilizar del dispositivo del 1-O al coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos. «No tenía una relación estrecha, ni buena ni mala», aseguró el 20 de enero cuando se le preguntó por el expresidente catalán.
- «Ni con los otros dos cuerpos policiales teníamos para parar a dos millones de personas. Se me puede hacer culpable de todo, pero cualquier persona lo puede ver», dijo al día siguiente.
Durante el juicio, las defensas han incidido en que los Mossos nunca formaron parte de la estrategia independentista y se limitaron a cumplir las órdenes que les iban llegando.
¿Cuál es el contexto?
- El fiscal comenzó el proceso judicial contra Trapero acusando al que fuera ‘major’ de los Mossos de rebelión al considerarle como “pieza clave” para “llevar a cabo el plan secesionista” catalán. El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, y el fiscal de este tribunal Pedro Rubira consideran que Trapero, Soler y Puig incurrieron en el delito de rebelión en su apartado referido a declarar la independencia de una parte del territorio nacional y también por “sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno”.
- Cuando llegó a la vista oral, el ministerio público cambió el delito por el de sedición. Esta decisión iba en consonancia con la sentencia del ‘procés’ que condenó el otoño pasado a los líderes independentistas por un delito de sedición. Ya entonces, se planteaba como alternativa una condena por desobediencia, delito que conlleva penas de multa e inhabilitación, pero no de cárcel.
- La Fiscalía de la Audiencia Nacional dio en su informe final prácticamente por perdida la calificación de sedición, delito por el cual había solicitado 10 años de prisión para Trapero, Puig y Soler, y 4 para Laplana y ofreció al tribunal una condena alternativa por el delito de desobediencia, que contempla inhabilitación, pero no pena de prisión.
¿Qué hay que tener en cuenta?
Según ha publicado El Confidencial la discrepancia en el tribunal de la Audiencia Nacional es tal que puede conducir a una absolución del ‘major’.
- Los tres magistrados que lo integran, Concepción Espejel, Ramón Sáez y Francisco Vieira, no logran alcanzar una mayoría y, según informaron fuentes jurídicas al digital, si alguna de las partes encontradas no se reconcilia con la otra, el resultado final será la exoneración completa del alto mando de la policía catalana.
- Siempre según este medio, aunque en un inicio dos de los magistrados de la sala se inclinaban por condenar por sedición, el análisis de las horas y horas de testificales y del resto de pruebas condujo a uno de ellos a defender la desobediencia, delito que no lleva aparejadas penas de cárcel, aunque sí de inhabilitación. El tercero en discordia no coincide con ninguna de las dos posturas.
- En el caso de que la discrepancia sea irresoluble, los tres magistrados solo tienen dos caminos: optar por acudir a una sala de discordia y repetir el juicio completo o absolver.
#Fact
La reforma del Código Penal para modificar las penas por sedición y otros delitos está encima de la mesa del Gobierno. El Ministerio de Justicia, que dirige Juan Carlos Campo, estaría trabajando en esta reforma, según avanzó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una entrevista en ‘TVE’.
Se trata de un «compromiso firme», aseguró para argumentar después que «algunas sentencias», en referencia a Estrasburgo, «nos han dicho cuáles son los déficits de nuestro Código Penal cuando hablamos de este tipo de delitos. Incluso la sentencia del Tribunal Supremo hace referencia a ello y nuestro compromiso es actualizar, modernizar y revisar estos delitos vía modificación del Código Penal».
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