Tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo por el caso mascarillas, la portavoz del PSOE, Montse Mínguez, aseguró en X que el comisionista Víctor de Aldama “evita la cárcel porque así lo pidió el PP”.
- Contexto. El 22 de junio el Supremo dictó sentencia contra el exministro José Luis Ábalos (condenado a 24 años de cárcel), su exasesor Koldo García (19 años) por “delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias”.
- La pena del Supremo contra Aldama es de cuatro años aunque se “suspende para él la ejecución de las penas privativas de libertad” tras aplicar “la atenuante de colaboración con la Justicia”.
Es cierto que desde la acusación, el Partido Popular pidió rebajar la pena para Aldama por colaborar, pero la sentencia la ha adoptado el Tribunal Supremo por unanimidad.
“Lo que nosotros hemos hecho junto, con otras seis acusaciones, es aplicar la teoría de derecho penal: que para aquel que colabora, aquel que facilita el esclarecimiento de los hechos, aquel que es útil para saber lo que ha pasado, se solicitó una disminución de la pena. En todo caso, lo que hayamos solicitado nosotros no tiene mayor relevancia. Aquí lo único importante es la sentencia del Tribunal Supremo”, dijo el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, a principios de mayo como recogen algunos medios.
Por unanimidad. La sentencia del Tribunal Supremo para Ábalos, Koldo y Aldama fue “adoptada por unanimidad”, es decir, no hubo ningún voto de ningún magistrado en contra. Como explican fuentes del Alto Tribunal a Newtral.es, cuando una sentencia lleva unanimidad la lleva en todo, de principio a fin.
- Los siete magistrados que han firmado esta resolución son: el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, Manuel Marchena Gómez, Andrés Palomo Del Arco, Susana Polo García, Eduardo de Porres Ortiz de Urbina y Javier Hernández García.
¿Qué dice la sentencia? La Sala Segunda del Tribunal Supremo condena al exministro José Luis Ábalos a 24 años y 3 meses de prisión y a su exasesor Koldo García a 19 años, ocho meses y un día de prisión por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias.
- El empresario Víctor de Aldama, al que se aplica la atenuante “muy cualificada de colaboración con la Justicia”, ha sido condenado por el Supremo a 4 años y 6 meses de prisión por delitos de organización criminal y cohecho.
Por eso, el tribunal ha acordado para él “la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas, durante un plazo de cinco años, condicionado a que no delinca durante el período de 5 años, a que comparezca semestralmente ante este Tribunal para informar de sus actividades laborales, mercantiles o empresariales comprobando la observancia del ordenamiento jurídico, y a que realice trabajos en beneficio de la comunidad durante 1 año” (pág. 223 de la sentencia).
No es un “perdón judicial”. La sentencia precisa que la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad no es “una suerte de perdón judicial”. “Se acompaña de un marco de condiciones que hacen patente, por un lado, que la suspensión no supone que desaparezca la desaprobación por el delito cometido y, por otro, busca asegurar o, al menos, promover que el delincuente ajuste su vida a los mandatos normativos que permiten la convivencia social en paz y libertad”, indica la sentencia (pág. 213).
Un apunte. La sentencia explica también que, como ninguna de las penas individuales impuestas por cada delito han superado los dos años de prisión, se abre la vía a la suspensión extraordinaria prevista en el artículo 80.3 del Código penal (pág 213).