El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto que regula la jubilación flexible. La norma desarrolla el acuerdo de 2024 entre Gobierno, organizaciones empresariales y sindicatos que busca flexibilizar el tránsito del empleo a la jubilación y acercar la edad efectiva a la edad legal de jubilación.
Como se trata de un real decreto, solo se requiere el visto bueno del Ejecutivo, sin necesidad de someterse a la tramitación parlamentaria. De esta manera, la norma entrará en vigor a los tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué es la jubilación flexible
Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha explicado que la jubilación flexible ofrece la posibilidad de que las personas que se encuentren jubiladas puedan reincorporarse “voluntariamente” a la actividad laboral.
Así, se podrá compatibilizar la pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o por cuenta propia, siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de su jubilación.
Cuáles son los requisitos para acceder
Una persona puede acogerse a la jubilación flexible si está ya jubilada. La ministra de Seguridad Social ha indicado que no será necesario esperar un periodo mínimo desde la jubilación para solicitar esta modalidad. “Se podrá acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensión”, ha subrayado Saiz.
A partir de ahora, los pensionistas podrán llevar a cabo una jornada del 33% al 80% de una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial. Antes, el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75%.
Según el real decreto, la jubilación flexible se aplicará a todos los regímenes de la Seguridad Social, excepto a los funcionarios civiles del Estado, al personal de las Fuerzas Armadas y al de la Administración de la Justicia, pues estos cuentan con unos regímenes especiales.
Cuál es la cuantía de pensión a recibir
Con el objetivo de “incentivar el retorno al mercado de trabajo”, cuando se opte por la jubilación flexible pasados seis meses como mínimo desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión. Este se divide por tramos:
- Si las jornadas a tiempo parcial se encuentran entre el 55% y el 80%, el importe de la pensión se incrementará en un 25% adicional.
- Si dichas jornadas se establecen entre el 33% e inferiores al 55%, las pensiones subirán un 15% adicional.
Por su parte, en el caso de los trabajadores autónomos, el pensionista podrá desarrollar una actividad autónoma compatible cobrando simultáneamente hasta un 25% de la pensión.
Qué ocurre si una persona se jubiló involuntariamente
El texto establece que el pensionista que haya accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada podrá ver “mejorada” su pensión cuando se vuelva a jubilar tras un periodo con la flexible, “al recalcular la base reguladora y el porcentaje aplicable, según el periodo de cotización acreditado”.