El prefijo 400 para distinguir las llamadas comerciales o spam del resto empezará a ser usado por las empresas a partir de octubre de este año. Así lo establecen dos resoluciones que el Gobierno ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de la mano del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Dos textos que desarrollan la regulación establecida en la ley de atención a la clientela.
- Otros servicios de atención al cliente se podrán realizar con números especiales cortos (de tres o cuatro cifras), los de nueve cifras que empiecen por 800 o 900, o números de telefonía fija.
Contexto. La ley de atención a la clientela, que entró en vigor el 28 de diciembre de 2025, exige que algunas empresas usen un prefijo distinto para hacer llamadas comerciales al que utilizan para atender a sus clientes. Además, el texto obliga a las compañías operadoras bloqueen a quienes no usen este prefijo.
- El Gobierno propuso, en febrero de este año, que el prefijo distintivo que las empresas deberían utilizar para realizar llamadas comerciales sería el 400, algo para lo que sacó a audiencia pública dos resoluciones que son las que entrarán en vigor este viernes.
Las llamadas comerciales. Una de las resoluciones regula la identificación de las llamadas comerciales para que los usuarios puedan distinguirlas del resto a través del uso del prefijo 400:
- Prefijo 400. Se crea un código de numeración específico (números de nueve cifras que empiezan por 400) destinado únicamente a realizar llamadas comerciales. Estos teléfonos solo servirán para realizar llamadas, no podrán recibirlas. Estos números no podrán utilizarse para prestar servicios de atención al cliente.
- Derecho al bloqueo. Las compañías telefónicas ofrecerán a sus clientes la posibilidad de bloquear de manera automática los números que comiencen con este prefijo.
La atención a la clientela. La segunda de las resoluciones publicadas en el BOE este jueves regula los números de teléfono válidos para hacer llamadas y sus precios:
- Números de teléfono permitidos. Desde octubre de este año las empresas tendrán que utilizar números cortos, gratuitos que empiecen por 800 0 900 o fijos estándar para comunicarse con sus clientes.
- Distinción entre números. Las empresas deberán registrar qué números usan para realizar labores de atención al cliente y estos no podrán emplearse para hacer llamadas comerciales.
- Precios. Se establece que las llamadas que un cliente realice a un 800 o 900 sean gratuitas y que en el caso de que se realice una a un número fijo cualquiera, esta no cueste más de lo que costaría una llamada estándar.
A quién afecta. Fuera de esta medida quedan las empresas de luz, gas y telefonía con cuotas de mercado nacional que no lleguen al 5% y que no tienen un mínimo de 250 trabajadores o un volumen de negocio superior a 50 millones de euros anuales.
El papel de la CNMC. El texto nombra Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) como el organismo encargado de supervisar y vigilar que todas las empresas cumplan con estas reglas.
Próximos pasos. Las normas entran en vigor este viernes, pero las empresas tendrán seis meses para aplicarlas al completo, hasta el 17 de octubre.