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Las claves del Estatuto Marco para el personal sanitario que el Consejo de Ministros ha aprobado en pleno conflicto con los médicos

El anteproyecto de ley del Estatuto Marco del personal sanitario.
Mónica García, ministra de Sanidad, en la rueda posterior al Consejo de Ministros. | Fuente: Flickr La Moncloa
Tiempo de lectura: 5 min

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley del Estatuto Marco del personal sanitario. El texto, impulsado por el Ministerio liderado por Mónica García, busca actualizar el marco normativo actual, que cuenta con más de dos décadas de antigüedad.

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  • Y ahora qué. El anteproyecto tendrá que someterse ahora a consulta pública para recabar la opinión de las personas “potencialmente” afectadas por la futura norma antes de su remisión al Congreso para su tramitación parlamentaria.

Contexto. El visto bueno en primera vuelta a la propuesta de Sanidad llega en un momento en el que la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) están convocando huelgas semanales, una vez al mes, desde el pasado febrero, y siendo la próxima del 15 al 19 de junio, porque, según manifiesta el sindicato, no se han atendido sus principales reivindicaciones, como una jornada laboral máxima de 35 horas a la semana.

Claves del anteproyecto de ley del Estatuto Marco

La nueva normativa establece que la jornada máxima semanal se fijará en 45 horas, tres horas por debajo de lo establecido por la normativa europea –en concreto, por la Directiva 2003/88/CE sobre la ordenación del tiempo de trabajo–.

La “eliminación” de las guardias de 24 horas. El Estatuto Marco indica que las guardias tendrán un límite máximo de 17 horas de “trabajo efectivo”, frente a las 24 horas actuales. Los descansos y las libranzas derivados de las guardias no podrán generar una deuda horaria.

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  • Un apunte. Pese a que miembros del Gobierno como Mónica García han asegurado que se “eliminan” o que se “acaba con” las guardias de 24 horas, como contamos en Newtral.es, la norma incluye excepciones. La reducción a las 17 horas de trabajo efectivo se aplica de forma general, pero el texto establece que la guardia podría “ampliarse hasta las 24 horas continuadas” de manera “voluntaria” en algunos casos: en los puestos de difícil cobertura o en fines de semana y festivos.

Descansos. Tal y como se encuentra regulado a día de hoy, el personal sanitario seguirá teniendo derecho al descanso semanal mínimo de 24 horas ininterrumpidas, y también al descanso mínimo de 12 horas ininterrumpidas entre jornadas.

Empleo sanitario. Se limitará a tres años la duración de los nombramientos interinos en plazas vacantes, se introduce una compensación de 20 días de retribuciones fijas por año trabajado en casos de “abuso de temporalidad”, y se obligará a convocar procesos selectivos para el acceso a plazas fijas con una periodicidad máxima de dos años.

Personal estatutario investigador. La norma crea una categoría específica para profesionales dedicados al desarrollo de actividades de investigación sanitaria. Para ello, será necesario tener el título de doctor o de doctora y emplear, al menos, la mitad de la jornada ordinaria a la investigación.

  • Compatibilidad. El personal estatutario investigador podrá compatibilizar esta actividad con funciones “asistenciales, docentes, de gestión clínica, prevención y promoción de la salud”.
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Puestos directivos. El acceso a los puestos directivos quedará vinculado a estar en posesión de una titulación universitaria de grado. Por su parte, la selección se llevará a cabo mediante convocatoria pública y libre, valorando la formación, la experiencia y la presentación de un proyecto de gestión.

Conciliación y desconexión digital. El anteproyecto de ley del Estatuto Marco actualiza una serie de derechos de los trabajadores sanitarios: flexibilización horaria para quienes cuiden de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes; fin de guardias y de nocturnidad para mayores de 55 años, embarazadas y lactantes; y derecho a la desconexión fuera del horario laboral.

  • El texto pretende reforzar la protección de los sanitarios frente “a agresiones y a discriminación por estado de salud, orientación sexual o predisposición genética”.

Clasificación profesional. El personal sanitario se ordenará en grupos según la titulación exigida, desde doctorado hasta técnico, de acuerdo con el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente (MECU). Mientras que el personal de gestión y de servicios se clasificará en una escala que va desde niveles superiores de cualificación hasta categorías sin titulación específica del sistema educativo.

Competencias autonómicas. Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha indicado que, a partir de ahora, las comunidades autónomas son las que deberán atender el resto de reivindicaciones de los sanitarios. Las autonomías ya tienen competencias “sobre salarios, plantillas, organización de los servicios y parte de las condiciones de trabajo”, ha subrayado la ministra.

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Plazos. La futura ley establece un periodo de cinco años para que los servicios de salud lleven a cabo las adaptaciones organizativas necesarias en materia de jornada. Además, se creará un Registro Estatal de Personal Estatutario para la planificación coordinada de los recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud.

Fuentes

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