Interesa

Qué sabemos de la coexistencia de la nacionalidad española con la marroquí: no hay reconocimiento formal, pero sí ‘de facto’

nacionalidad española marroquí
Tiempo de lectura: 3 min

Un post publicado en X este 13 de junio asegura que varios jugadores de la selección marroquí de fútbol entraron en Estados Unidos con pasaportes españoles para disputar el Mundial. A raíz de ello, varios usuarios de redes sociales se preguntaron cómo es esto posible si “España no tiene acuerdo de doble nacionalidad con Marruecos” y aseguraron que, por tanto, “mantener ambos pasaportes es un fraude que debería suponer la pérdida de la nacionalidad española”.

Publicidad
  • Es cierto que, en teoría, las personas de origen marroquí que adquieran la nacionalidad española deben renunciar a la de Marruecos. 
  • Sin embargo, en la práctica muchos mantienen ambas nacionalidades de facto sin que eso suponga un fraude, como explica a Newtral.es Patricia Ruiz Bautista, abogada especializada en extranjería y movilidad internacional en Ceca Magán Abogados.

Un apunte. Cinco jugadores de la selección de Marruecos han nacido en España. Esto es posible porque la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA) permite a los deportistas que poseen la “nacionalidad permanente de un país no vinculada al lugar de residencia” jugar en dicha federación, como establecen los estatutos de la organización. 

Lectura recomendada
Publicidad

La norma. Al no existir un convenio de doble nacionalidad entre España y Marruecos, el artículo 23 del Código Civil español exige formalmente la renuncia a la nacionalidad de origen para adquirir la española. Por su parte, el artículo 19 del Código de Nacionalidad de Marruecos prevé la pérdida de nacionalidad si se adquiere voluntariamente una nueva.

En la práctica. Sin embargo, Ruiz explica que la renuncia “no suele tener efectos reales”. El artículo 20 del código marroquí condiciona la pérdida de nacionalidad a que se formalice mediante decreto, “lo que implica una decisión expresa de las autoridades marroquíes” que “no se produce de manera automática ni habitual”, según la experta.

Como consecuencia, Ruiz afirma que “la persona continúa siendo considerada marroquí por Marruecos, pese a haber declarado renuncia formal ante las autoridades españolas”. 

  • De hecho, el Gobierno aseguró en noviembre de 2025, en respuesta a una pregunta escrita de Vox en el Congreso, que no existe “habilitación legal” para exigir una prueba de la pérdida de la nacionalidad marroquí. 

Esta situación es “bastante común”, a consideración de la experta: “El interesado es español a todos los efectos para España y sigue siendo marroquí para Marruecos”. Por ello, aunque jurídicamente “no exista un reconocimiento formal de la doble nacionalidad”, en la práctica “mantiene ambas nacionalidades de facto”. 

Publicidad
  • Reconocer algo de facto significa aceptar un hecho en base a la realidad práctica, aunque carezca de reconocimiento legal. 

No es un fraude ni conlleva la pérdida de nacionalidad. Ruiz señala que el mero hecho de conservar la nacionalidad marroquí (algo que, en la práctica, es inevitable) no se considera fraudulento, ya que es una circunstancia conocida y asumida por la Administración española”.

  • La experta aclara que “solo cabría hablar de fraude” si la nacionalidad se hubiera obtenido mediante falsedad y que “España no retira la nacionalidad por el mero hecho de tener dos pasaportes”, sino solo en los supuestos establecidos por ley.
Fuentes
  • Código Civil
  • Código de Nacionalidad de Marruecos
  • Declaraciones de Patricia Ruiz Bautista, abogada especializada en extranjería y movilidad internacional en Ceca Magán Abogados, a Newtral.es
  • Normas de la FIFA
  • Respuesta del Gobierno del 14 de noviembre de 2025 a una pregunta escrita de Vox en el Congreso
  • Página web del Ministerio de Exteriores

0 Comentarios