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Poner fin a los ‘deepfakes’ sexuales: claves del anteproyecto de ley de IA que el Gobierno ha enviado al Congreso

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Óscar López. | Fuente: EFE.
Tiempo de lectura: 4 min

El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana, en segunda vuelta, el anteproyecto de ley de buen uso y gobernanza de la inteligencia artificial (IA). Este es un texto que prevé aplicar el reglamento europeo de inteligencia artificial, una norma de entrada en vigor progresiva que se aplica desde 2025 de forma directa pero que tiene pendiente de trasladar algunas cuestiones a la legislación nacional. Además, se incorporan elementos como la prohibición de los deepfakes de carácter sexual. 

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  • En segunda vuelta. El Gobierno dio su visto bueno por primera vez a este texto en marzo de 2025. Desde entonces y hasta esta semana en la que se ha enviado al Congreso ha estado en fase de redacción. 

Lo nuevo. El pasado 7 de mayo se aprobó una enmienda al reglamento, a petición de España, para añadir la prohibición de los deepfakes sexuales. Esto viene motivado por la polémica generación de imágenes sexuales de mujeres y menores por parte de sistemas de inteligencia artificial, algunos de ellos relacionados con redes sociales públicas, como  Grok, la IA de X, propiedad de Elon Musk.

La propuesta del Gobierno en la ley de IA

El texto del Ejecutivo prevé, en aplicación del reglamento europeo, limitar los siguientes usos de la IA: 

  • La explotación de vulnerabilidades por cuestiones de edad, discapacidad o situación socioeconómica que generen perjuicios considerables. Por ejemplo, la incitación a niños mediante juegos con IA a realizar acciones que pudiesen causarles algún daño. 
  • La clasificación de las personas mediante biometría por orientación política, sexual, religiosa o raza. Clasificar a una persona con una ideología determinada mediante el análisis de sus fotografías en redes sociales, por ejemplo.
  • La puntuación de las personas basándose en sus circunstancias personales y sus comportamientos sociales para, por ejemplo, evaluar si deben recibir ayudas.
  • El uso de herramientas de predicción para adivinar el riesgo de que una persona cometa un delito basándose en determinadas características personales. 
  • La identificación biométrica en tiempo real en espacios públicos. Sólo podrá emplearse, por ejemplo, el reconocimiento facial mediante IA en lugares públicos bajo autorización judicial, debidamente justificada y garantizando la destrucción de datos no requeridos.
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Régimen sancionador. En caso de que un sistema de IA realice algunas, el texto establece multas para las empresas responsables de hasta 35 millones de euros o hasta el 7% de su volumen de negocio mundial si esta cuantía fuese superior. 

Organismos supervisores. La norma establece que los sistemas de IA calificados de “alto riesgo” sean supervisados por personas físicas y en España, la vigilancia del cumplimiento de la ley de IA se repartirá entre distintos organismos en función de la materia que se revise. Entre ellos se encuentran la Agencia de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA), la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). 

  • En agosto de 2025, organismos como la AEPD explicaron a Newtral que sin una norma nacional sobre IA no podían desarrollar las funciones que el Gobierno les prevé atribuir. Por su parte, la AEPD sí puede actuar ante sistemas de IA prohibidos que traten datos personales a través del Reglamento General de Protección de Datos pero no ante sistemas prohibidos de identificación biométrica, por ejemplo. 

Un proyecto de ley orgánica. El texto aprobado por el Gobierno pasará ahora al Congreso, donde comenzará su tramitación parlamentaria como proyecto de ley. Durante el proceso puede sufrir enmiendas y cambios, tanto en el Congreso como en el Senado, hasta su aprobación definitiva. 

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Fuentes
  • Reglamento (UE) 2024/1689
  • Referencias del Consejo de Ministros
  • Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
  • Página web de la Comisión Europea
  • Anteproyecto de ley

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