La entrada de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en Ferraz este miércoles ha generado cierta confusión en el debate político sobre el carácter de esta actuación. Miembros del Gobierno como Óscar Puente aseguran que esta operación de la UCO en la sede del PSOE en Madrid se trató de “un simple requerimiento de información” y no de un “registro” como tal.
- Por el contrario, desde el Partido Popular (1 y 2) sostienen que sí fue un registro, ya que así lo recoge el auto del juez.
- Algunos medios afirman que se trata de un registro de la UCO en la sede del PSOE; otros, de un requerimiento de información.
Qué fue en realidad. El Poder Judicial informó el miércoles de que se había ordenado a la Guardia Civil “requerir diversa documentación y archivos electrónicos” en la sede del PSOE.
- Esto, a petición del juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, que investiga si hubo una trama dentro del partido para “desestabilizar procedimientos judiciales” que afectaban a los socialistas o al Gobierno.
- Lo que se hizo formalmente, por tanto, fue un requerimiento judicial de entrega de documentación. Como se recoge en el auto, que han publicado íntegro medios como Demócrata, se “requiere al representante legal” del PSOE que “haga entrega de la documentación” a los miembros de la UCO.
¿Por qué usa el juez la palabra registro en el auto? Lo hace para autorizar esta actuación “en el supuesto de que los requeridos se nieguen a cumplimentar el requerimiento, dificulten su práctica o nieguen poseer la documentación referida”.
- Es decir, en esta actuación, el juez autoriza a la UCO a hacer un requerimiento de información en la sede del PSOE y, de forma subsidiaria, una entrada y registro que se llevaría a cabo solo si hubiese algún problema con la entrega de la documentación.
Diferencias entre un registro y un requerimiento como el que practicó la UCO en la sede del PSOE
“En un registro, la Guardia Civil entra en la sede, la inspecciona físicamente y se lleva lo que encuentre conforme al auto judicial. Además, exige garantías reforzadas”, explica a Newtral.es Juan Francisco Sánchez Otharán, abogado penalista.
- “Lo acordado por el juez Pedraz es otra cosa. Ha dictado autos de requerimiento por los que ordena a la UCO que se persone en la sede del PSOE para notificar la resolución judicial y solicitar la entrega de documentación y archivos electrónicos concretos”.
- Es decir, “en un registro los agentes buscan; en el requerimiento, piden que se lo entreguen. [En el caso de la sede socialista] la Guardia Civil traslada una orden judicial de entrega y recoge lo que se les proporciona”, añade.
Un matiz. Negarse a entregar la información requerida por la Guardia Civil puede tener consecuencias legales, como coinciden Sánchez Otharán y Antonio Lorca, catedrático de Derecho Procesal en la Universidad del País Vasco.
- La ley de enjuiciamiento criminal obliga a “a exhibir los objetos y papeles que se sospeche puedan tener relación con la causa” (artículo 575).
- “No aceptar el requerimiento de forma voluntaria constituye un indicio de actuación criminal; entonces, se convertiría inmediatamente en una orden del instructor de obligado cumplimiento”, matiza Lorca.