La candidata al presidencia de la Comunidad de Madrid por Vox, Rocío Monasterio, se refirió al PSOE en un encuentro con vecinos del municipio de Pinto el 13 de marzo como “los que están hoy dando más ayudas sociales a un inmigrante ilegal que a un trabajador que está en un ERTE”. Algo similar repitió en el distrito Retiro un día después: “[Los ciudadanos] ven con perplejidad cómo un trabajador en ERTE cobra menos que un inmigrante ilegal que acaba de saltar la frontera de forma ilegal y al que le dan ayudas sociales”.
El discurso no es nuevo. En Newtral.es hemos desmentido numerosos bulos sobre este asunto basándonos en lo que dicen las leyes españolas vigentes. De acuerdo a estas, los inmigrantes en situación irregular tienen derecho a servicios y prestaciones sociales básicas procedentes de las administraciones autonómicas. Estas son becas de comedor o de material escolar, por ejemplo. En algunos casos también pueden optar a las rentas mínimas, diseñadas por las comunidades para situaciones de absoluta necesidad y pobreza extrema.
Por eso, es falso que los “inmigrantes ilegales” tengan mayor acceso a prestaciones sociales de España que un trabajador en ERTE, o que reciban más dinero público en ayudas. No es posible, ya que las personas con posibilidad de trabajar de forma regular sí tienen derecho a todas las prestaciones para las que cumplan los requisitos, no así las personas en situación irregular.
No pueden percibir ayudas de la Seguridad Social o de los servicios sociales
En Newtral.es ya analizamos esta situación en 2019 debido a la gran cantidad de bulos que circulaban en redes sociales parecidos al de la candidata por Vox, Rocío Monasterio. Para acceder a todo el catálogo de prestaciones de la Seguridad Social y de los servicios sociales es necesario tener residencia legal, según la Ley de Extranjería en su artículo 14. Esta circunstancia es fundamental para entender por qué un migrante irregular no puede tener acceso a más ayudas que una persona regular, ni tampoco recibir más dinero.
Este artículo regula que los extranjeros residentes −en situación regular− tienen derecho a los servicios y a las prestaciones sociales, tanto a las generales y básicas como a las específicas, en las mismas condiciones que los españoles. Es decir, que no existen ayudas sociales dirigidas a extranjeros por el mero hecho de serlo y de las que puedan quedar excluidas los nacionales españoles.
El artículo 14 también indica que los extranjeros, sea cual sea su situación administrativa, “tienen derecho a los servicios y prestaciones sociales básicas”.
Prestaciones básicas: ayudas “muy puntuales”
Las que ponen en marcha los ayuntamientos: becas de comedor, becas para material escolar, para medicinas, ayudas sanitarias, según explica a Newtral.es Sergio Barciela, miembro del Equipo de Migraciones de Cáritas España. En general, “ayudas muy puntuales”. Para estas no sería determinante la situación en la que una persona se encuentre en España.
“Casi no tienen ningún tipo de ayuda. Los ayuntamientos y comunidades les ponen muchas dificultades si no están empadronados al menos un año”, comenta. Barciela añade además que en España hay muy pocas entidades que trabajan con migrantes en situación irregular, y que por eso se ven abocados a la economía sumergida y a ir al Banco de Alimentos o a Cáritas.
Existen otras ayudas en las que la nacionalidad no es un criterio para acceder y que también hemos analizado en numerosas verificaciones publicadas en Newtral.es, las rentas mínimas de inserción. Sus requisitos y cuantías dependen de las comunidades autónomas, no del Gobierno, y tampoco están destinadas únicamente a inmigrantes, pero pueden acogerse a ellas en igualdad de condiciones que los nacionales.
Sin embargo, como explica Sergio Barciela, los requisitos de estas ayudas hacen que sea muy difícil para una persona en situación irregular percibirlas. Aunque con variaciones, los requisitos son: tener una residencia legal (y demostrarlo con facturas), estar inscrito como demandante de empleo y tener un certificado de empadronamiento vigente durante un tiempo determinado −dependiendo de la comunidad autónoma puede variar entre uno y cinco años−. Aquí puedes ver un análisis sobre lo que solicita cada comunidad autónoma.
Además, como aclaraba a Newtral.es Graciela Malgesini, responsable de incidencia política de la Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social (EAPN), el ingreso de la renta mínima por parte de la autonomía requiere tener una cuenta bancaria y un individuo que no tiene los papeles en regla no puede abrirla. En 2019, la cuantía básica media de esta prestación fue de 486 euros.
¿Cuánto cobran los trabajadores acogidos a un ERTE?
Que una empresa se acoja a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) supone la suspensión con carácter temporal de los contratos, un parón de la relación laboral entre empresa y empleado que se establece por un plazo de tiempo determinado (‘suspensión de contrato’) o bien a una ‘reducción de la jornada’ (menos horas de trabajo). El SEPE es el encargado de abonar la cuantía correspondiente a la prestación por ERTE.
Según el último real decreto ley de ampliación de los ERTE, el 2/2021, al trabajador en ERTE le corresponde el 70% de su base reguladora, con independencia de los meses que lleve en esta situación. Este vuelve a incluir la excepción a la legislación laboral vigente, que establece que después de los primeros 180 días −seis meses− la prestación se reduzca al 50%.
A finales de marzo de 2021, la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, aseguró que el Gobierno había destinado hasta esa fecha 29.000 millones de euros en recursos públicos para apoyar a las empresas, entre estos incluye el sistema de protección al empleo de los ERTE.
Los inmigrantes en situación irregular no pueden acceder al IMV
Las personas que se encuentran en situación irregular administrativa en España tampoco tienen acceso al Ingreso Mínimo Vital, una posibilidad que sí tienen todas aquellas personas que se encuentren en ERTE, porque su situación administrativa está regularizada, si cumplen los requisitos exigidos por Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Entre otras, para ser beneficiario de esta prestación hay que residir legalmente en España un año antes de solicitar la prestación.
Así lo indica el artículo 7 del Real Decreto-ley 20/2020 de 29 de mayo, por el que se establece el IMV: “Todos los miembros de la unidad familiar que recibe el Ingreso Mínimo Vital deben tener residencia legal en España. Tanto si se trata de un beneficiario individual como de los miembros de una unidad de convivencia, todos deben acreditar residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud”.
Aquellas personas beneficiarias deben cumplir los requisitos de acceso a la prestación establecidos en el artículo 7, además de el de vulnerabilidad y residencia, pero también deben mantenerlos si quieren conservar dicha ayuda tal y como indica el artículo 33.
Resumen
Newtral.es ha consultado al equipo de prensa de Vox con base en qué documentos afirma que “el PSOE da más ayudas sociales a un inmigrante ilegal que a un trabajador que está en un ERTE”, así como cuál es su fuente para afirmar que “un trabajador en ERTE cobra menos que un inmigrante ilegal”. Hasta el momento en el que se publica esta verificación no hemos obtenido respuesta.
De acuerdo a estas evidencias consideramos que la afirmación de Rocío Monasterio es falsa. En España no hay ayudas sociales destinadas a extranjeros, ni en situación regular ni irregular, por el mero hecho de serlo, y estos últimos, además, no pueden acceder al catálogo de ayudas sociales, porque la ley requiere tener residencia legal.