Más de un millón de personas están llamadas a las urnas el próximo 8 de febrero para votar en las elecciones autonómicas de Aragón. Los ciudadanos que no puedan acudir presencialmente a la cita electoral por cualquier motivo, tienen la posibilidad de optar por el voto por correo. Te contamos el procedimiento y las fechas fijadas para esta modalidad:
- Es la primera vez que la comunidad autónoma celebra elecciones anticipadas en su historia, después de que su presidente, Jorge Azcón, decidiera adelantar la fecha de los comicios ante el bloqueo de Vox para sacar adelante los Presupuestos autonómicos de 2026
- En Newtral.es hemos repasado también los aspectos clave del sistema electoral en Aragón y el resto de fechas a tener en cuenta para estos comicios.
Solicitud de voto por correo. Los ciudadanos que se encuentren fuera de su residencia habitual o no puedan acudir a su colegio electoral el próximo 8 de febrero, tienen la posibilidad de votar por correo ordinario en estas elecciones autonómicas de Aragón desde cualquier punto de España.
Los electores que decidan votar por correo pueden solicitarlo hasta el próximo 29 de enero (inclusive) a través de una de las siguientes vías:
- De forma presencial en cualquiera de las oficinas de Correos en España. El interesado deberá identificarse presentando DNI, Pasaporte o carné de conducir originales. La compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.
- De forma telemática a través de la web de Correos. En este modelo de solicitud el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación (como certificado digital o DNI-e) y firma electrónica.
Solo en caso de enfermedad o discapacidad, acreditados mediante certificado médico, puede una persona distinta de la interesada solicitar este certificado, autorizada notarial o consularmente.
Una vez solicitado el voto por correo, el elector ya no podrá ejercer este derecho de forma presencial en los colegios electorales. La solicitud tampoco exime de ser elegido como miembro de la mesa electoral.
Depósito del voto. La Oficina del Censo Electoral enviará al elector desde el 19 de enero la documentación necesaria para votar por correo (papeletas, sobres, instrucciones, etc.) al domicilio indicado en la solicitud.
Este deberá introducir la papeleta seleccionada en el sobre de votación y depositarlo en cualquier oficina de Correos del país, no más tarde del 4 de febrero.
- El sobre con el voto por correo se dirigirá a la mesa electoral correspondiente de cada elector el día de las elecciones de Aragón.
En caso de no poder acudir personalmente a depositar el voto, el elector podrá autorizar a otra persona para que lo haga en su lugar. El representante deberá presentar una autorización, una fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y del suyo propio.
- Portal de elecciones del Gobierno de Aragón
- Correos
¿Quieres comentar?