Nos preguntáis si Sanidad tiene que autorizar el remdesivir a cada paciente COVID-19

Dosis 'estilizada' de remdesivir | Sonis, Shutterstock
Dosis 'estilizada' de remdesivir | Sonis, Shutterstock
Tiempo de lectura: 6 min
(*) Actualización 06/03/2024

Nos habéis preguntado a través de nuestro servicio de verificación de WhatsApp (+34 627 28 08 15) por un vídeo en el que aparece un hombre, que se identifica como Daniel Sancho Jaraiz, juez del juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid, tumbado en lo que parece una camilla de hospital. 

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Sancho explica en el vídeo, grabado por él mismo, que está ingresado en el hospital por una insuficiencia respiratoria grave relacionada con la COVID-19.

“El doctor me ha dicho que tengo neumonía y que se puede tratar bastante bien con un medicamento que se llama remdesivir. Pero, aunque está en la farmacia del hospital, hasta que no lo autorice el Ministerio de Sanidad no me lo pueden administrar”, señala Sancho, quien se queja de que “han pasado dos días y el ministerio aún no ha dado su visto bueno”. 

El remdesivir es un medicamento antiviral que se desarrolló inicialmente para la enfermedad del virus del Ébola, pero que también ha demostrado actividad in vitro frente al SARS-CoV-2. Las autoridades sanitarias dieron luz verde a su uso el pasado mes de julio para tratar la COVID-19 en adultos y adolescentes (de más de 12 años de edad con un peso corporal de al menos 40 kg) con neumonía que requieren oxígeno suplementario.

[Luz verde al remdesivir para tratar la COVID-19 en Europa]

Pero, ¿es necesario que el Ministerio de Sanidad autorice la administración de este fármaco a cada paciente COVID-19, como se dice en el vídeo? Desde Sanidad explican a Newtral.es que “desde el 3 de marzo, este medicamento está incluido en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud. Por tanto, la administración del tratamiento con este medicamento depende del criterio del médico y del hospital”.

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Aunque las imágenes circulan por redes desde el pasado 7 de marzo, Sancho no indica en el vídeo la fecha de su ingreso en el hospital ni en qué centro sanitario se  encuentra. En la bata que lleva puesta sí se ve un dibujo que parece el logo de Quirón Salud, pero desde este grupo hospitalario señalan a Newtral.es que “por un tema de protección de datos”, no pueden confirmar ni desmentir si el paciente está ingresado en alguno de sus centros. Lo que sí que precisan es que “no ha habido ningún problema de abastecimiento ni autorización de remdesivir” en sus hospitales.

Hasta marzo el acceso al medicamento se hacía de forma individualizada

En cualquier caso, sabemos que, antes de que el fármaco fuera incluido en el Sistema Nacional de Salud el 3 de marzo, el acceso al medicamento era diferente y no solo dependía del criterio del médico y el hospital. 

“Antes la solicitud se hacía de forma individualizada a través de la aplicación de Gestión de Medicamentos en Situaciones Especiales de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y los tratamientos disponibles procedían de la compra centralizada europea”, destacan desde Sanidad. 

Las autoridades sanitarias ya advirtieron en septiembre que la disponibilidad del medicamento en ese momento era “muy limitada” y que el fármaco no estaba “comercializado de forma efectiva”. 

De hecho, en agosto la AEMPS informó de que se había quedado temporalmente sin existencias del fármaco. “En el momento de la autorización, con situación epidemiológica de julio, el laboratorio titular garantizó a la AEMPS un stock suficiente de remdesivir en España para cubrir las necesidades hasta poder incrementar su producción. Sin embargo, con el incremento del número de casos, el stock disponible se va a agotar”, explicaron desde esta agencia reguladora de medicamentos en un comunicado

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Para atender a los pacientes del territorio nacional que necesitaban en esas fechas el medicamento, la AEMPS colaboró con los servicios de farmacia hospitalaria para “movilizar la medicación sobrante de ensayos clínicos” (las pruebas en las que se prueban los medicamentos en personas para conocer su seguridad y eficacia).

El protocolo farmacológico del remdesivir

Desde Sanidad también nos envían el protocolo farmacológico del remdesivir, donde se precisa que “el objetivo del tratamiento antivírico con remdesivir es evitar la progresión de la gravedad de la enfermedad, favorecer la recuperación clínica de los pacientes y, de este modo, reducir de manera indirecta la duración de la estancia hospitalaria de los pacientes con COVID-19”.

No obstante, en el documento también se recuerda que “la evidencia disponible sobre su eficacia es limitada y presenta alta incertidumbre; además, parte de los datos de eficacia de los ensayos clínicos de remdesivir, por ejemplo, la evaluación virológica, serán proporcionados con posterioridad a su autorización”. 

Por eso, “el uso de remdesivir se limita a los centros sanitarios en los que los pacientes pueden ser controlados adecuadamente”, se destaca en la ficha técnica del producto, publicada por la AEMPS, en la que se especifica que la duración total del tratamiento debe ser de al menos 5 días y no más de 10 días.

La OMS no aconseja por ahora el uso del remdesivir en pacientes COVID-19

En noviembre la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó una recomendación condicional para que no se utilice remdesivir en pacientes hospitalizados, independientemente de la gravedad de la enfermedad, ya que actualmente “no hay pruebas de que remdesivir mejore la supervivencia y otros desenlaces en estos pacientes”.

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En respuesta, la Agencia Europea del Medicamento (EMA) explicó en un comunicado que había solicitado más datos a la OMS para “ver si es necesario modificar la autorización de comercialización de remdesivir en la Unión Europea”. 

Hasta la fecha, los datos muestran que el fármaco es “bien tolerado” por los pacientes, señala la EMA, que recuerda que “al utilizar remdesivir, los profesionales sanitarios deben seguir la información autorizada del producto y las últimas directrices nacionales de tratamiento”.

En España, los criterios que ha usado la AEMPS para la autorización del remdesivir fueron “los del protocolo de uso coordinado por el Ministerio de Sanidad con la participación de expertos de más de 10 sociedades científicas, de la AEMPS, de Salud Pública y la Dirección General de Cartera común de servicios y Farmacia, basado en la evidencia científica”, explican a Newtral.es las autoridades sanitarias.

(*) ACTUALIZACIÓN 06/03/2024: Este artículo ha sido actualizado para retirar las imágenes de Daniel Sancho Jaraíz a petición de la familia.

5 Comentarios

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  • Por mucho que esté en el Sistema Nacional de Salud, este ciudadano no tiene régimen normal de seguridad social, sino que está adscrito a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), que funciona mediante conciertos con compañías y hospitales privados y no tienen las mismas condiciones que la Seguridad Social. Por eso han de autorizar ciertos tratamientos. INFORMEN BIEN.

  • Vaya una chapa que suelta "Newtral", con lo fácil que es decir
    "sí" hasta el 3 de marzo, que yo creo que es la respuesta veraz y que se resisten a dar.

  • Este país es cada vez más retorcido y fabulador. De lo único que puedes estar seguro es que no se puede estar seguro de casi nada

  • Esta persona tiene toda la razón.

  • Catalogan como incierta la noticia. Esta noticia es totalmente cierta y me alarma su falta de rigor y "neutralidad"
    Lo que ustedes califican como un "hombre" tiene nombre y apellidos al igual que no esconde su profesión. Es fácil de contrastar esta afirmación. Y lo estiman oportuno esperar a su recuperación para contrastar la veracidad de lo manifestado en el video
    A estos efectos ruego se sirvan revisar el documento de trabajo Manejo clínico de pacientes con COVID 19 de la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica. En especial el punto 6
    En espera de su rectificación