El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud, (OMS), calificó la enfermedad provocada por el coronavirus como una pandemia mundial. Desde entonces, se ha producido una colaboración entre países -y una competición entre farmacéuticas- a la hora de desarrollar una vacuna eficaz. Nueve meses después, varias han sido las aprobadas para comenzar a distribuirse poco antes de fin de año en la Unión Europea.
Sin embargo, cada Estado cuenta con una legislación específica en cuanto a vacunación. No se ponen las mismas y no todas son imperativas, como en el caso de España, donde, hasta la fecha, todas son de carácter voluntario.
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Si bien es cierto que los planes no difieren demasiado, sí lo hacen las vacunas, que se incluyen o no en los calendarios vacunales, financiados por fondos públicos.
Según el artículo 35 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, toda persona tiene derecho a la prevención sanitaria y a beneficiarse de la atención médica correspondiente acorde a las condiciones establecidas en las disposiciones nacionales.
El programa nacional de inmunizaciones es el componente organizativo de los Ministerios de Sanidad responsables de prevenir enfermedades, discapacidades y muertes por enfermedades prevenibles por vacunación en niños y adultos. Es un programa público que actúa como parte de la política general de salud.
Este programa se usa indistintamente con el programa ampliado de inmunización, que originalmente se centró en la prevención de enfermedades infantiles prevenibles mediante vacunación. Todos los países tienen un programa nacional de inmunización para proteger a la población contra enfermedades prevenibles mediante vacunación.
Las vacunas constituyen una de las herramientas más eficaces a la hora de prevenir la expansión de enfermedades. ¿Cuáles son obligatorias?¿Cuáles voluntarias? ¿Dónde? ¿Qué calendarios de vacunación se siguen en la UE?
Te lo explicamos.
El marco legal portugués
En el país luso, el calendario de vacunación comienza en octubre, como en España, y, este verano, la Dirección General de Salud portuguesa anunció la ampliación de su programa nacional de vacunación , creado en 1965 y en permanente estado de revisión, para incluir vacunas contra la meningitis B, el rotavirus y el VVPH, que no contaban en su calendario público.
Cabe destacar que la mayoría de las vacunas, en Europa, no son de carácter obligatorio pero sí recomendables. Pocos países de la unión cuentan hoy con un programa mandatorio, Portugal no es uno de ellos, aunque sí lo fue en 1962, cuando, en febrero y marzo se publicaron dos decretos ley que establecían la obligatoriedad de las vacunas contra el tétanos y la difteria .
Portugal tiene una ‘Estrategia nacional de vacunación’ que va variando según se den las circunstancias externas. Actualmente está en vigor la Estratégia Nacional para a Qualidade na Saúde 2015-2020 que viene a reemplazar la anterior Estratégia Nacional 2009-2014. El cambio, según señala el Servicio Nacional de Salud Portugués (DGS), pretende “potenciar y reconocer la calidad y seguridad de la prestación sanitaria, para garantizar los derechos de la ciudadanía en su relación con el sistema sanitario”.
Esta nueva estrategia entró en vigor el 27 de mayo de 2015. Dos días después, el 29, se estableció otro decreto a partir del cual se determina la divulgación trimestral de indicadores de calidad de las entidades del Servicio Nacional de Salud.
Vacunas habituales y circunstancias especiales
Hoy, en lo que respecta a la introducción de nuevas vacunas, alteraciones en el calendario de vacunación o la población diana de la vacuna, la legislación portuguesa señala que deben realizarse bajo la propuesta de la Comisión Técnica de Vacunación (CTV), creada y definida por Ordenanza (243 / 2013 DR II serie nº 78 de 22 de abril de 2013). Esta comisión es un órgano asesor de la Dirección General de Salud integrado por especialistas de diferentes áreas del conocimiento que fundamentan científicamente todas sus propuestas, supeditándolas a la Dirección General de Salud que, a su vez, las somete a tutela.
Algunas de las vacunas que se contemplan en el calendario público portugués son contra la Hepatitis B, Haemophilus influenzae b, Difteria, Tétanos, Tos Ferina, Rubéola o Virus del papiloma humano, entre otras.
Aunque en Portugal no hay ninguna vacuna obligatoria, sí que existe un código en torno a situaciones extraordinarias como la que vivimos. En este sentido, en lo que respecta a la vacunación por la pandemia, han presentado el calendario de vacunación Covid el pasado 17 de diciembre de 2020, aunque aún no han especificado si será obligatoria o recomendada.
El caso francés
En el sistema de prevención sanitario francés existen 11 vacunas obligatorias para todos los nacidos a partir del 1 de enero de 2018. Desde entonces, son imperativas las vacunas contra la difteria, el tétanos, la poliomielitis, la tos ferina, la infección por Haemophilus influenzae b, la hepatitis B, el meningococo C, el neumococo, el sarampión, las paperas y la rubéola.
Este cambio fue promulgado por ley del 30 de diciembre de 2017 a raíz de la propuesta de la ministra de Solidaridad y Salud, Agnès Buzyn. Ella abogaba hacer obligatorias 8 vacunas adicionales previamente recomendadas para la infancia, además de las 3 vacunas actualmente obligatorias. Esta decisión responde a la necesidad de erradicar determinadas enfermedades infecciosas, como el sarampión, tal y como señala el Ministerio de Solidaridad y Salud francés.
Pero, ¿cómo está regulado el marco legal francés?
El plan a nivel nacional francés, como cualquier programa de vacunación nacional, es responsable de la distribución de vacunas seguras, efectivas y de calidad para la población y la política de vacunación la elabora el ministro responsable de Sanidad, que establece las condiciones de vacunación, las recomendaciones necesarias y hace público el calendario de vacunación previa consulta a la Haute Autorité de Santé (HAS), en español; Alta Autoridad Sanitaria.
El calendario de vacunación decreta las vacunas aplicables a las personas que residen en Francia según su edad, emite recomendaciones de vacunación «generales» y «particulares» específicas para condiciones especiales (mayor riesgo de complicaciones, exposición o transmisión) o exposiciones ocupacionales.
Desde mayo de 2017, el Comité Técnico de Vacunas se ha convertido en el Comité Técnico de Vacunas, adscrito a la HAS.
Igualmente, las recomendaciones de vacunas previamente formuladas por el Consejo Superior de Salud Pública (HCSP) siguen siendo válidas, sus misiones distintas de las transferidas al HAS se mantienen.
Algunas de las vacunas que se contemplan en el calendario público francés son contra la Poliomielitis, Haemophilus influenzae b, Difteria, Tétanos, Tos Ferina, Gripe, Rubéola o la Tuberculosis, entre otras.
El programa italiano
Por su parte, Italia cuenta con una ley que impide que los menores de 6 años accedan a escuelas o jardines de infancia si no están al día con las recomendaciones promulgadas por su PNV. El incumplimiento de esta ley tiene aparejadas multas de hasta 500 euros.
De igual modo, también cuenta con una serie de vacunas obligatorias para la población mayor de 16 años. Desde el Ministerio de Sanidad italiano señalan que el objetivo de la vacunación obligatoria es contrarrestar el declive paulatino de las vacunas, tanto obligatorias como recomendadas, vigentes desde 2013 que se tradujeron en una cobertura de vacunación promedio en el país por debajo del 95%.
En Italia, el Plan Nacional de Prevención de Vacunas 2017-2019 (PNPV) , aprobado en la Conferencia Estado-Regiones el 19 de enero de 2017 y publicado en el Diario Oficial el 18 de febrero de 2017, constituye el documento de referencia en el que se reconoce la reducción como una prioridad de salud pública o la eliminación de la carga de enfermedades infecciosas inmunoprevenibles, mediante la identificación de estrategias efectivas y homogéneas a implementar en todo el territorio nacional.
Algunas de las vacunas que se contemplan en el calendario público italiano son contra el Rotavirus, Haemophilus influenzae b, Difteria, Tétanos, Tos Ferina, Rubéola, Gripe, o Virus del papiloma humano, entre otras.
El Servicio Nacional de Salud de Reino Unido
El Servicio Nacional de Salud británico (NHS) está dividido en cuatro unidades que penden de las diferentes partes de Reino Unido: NHS Inglaterra, NHS Escocia, NHS Gales y Health and Care NI (Irlanda del Norte).
En lo que respecta a su programa nacional de vacunación, británico no cuenta con vacunaciones obligatorias en su agenda. En cuanto a regulación se refiere, el NHS cuenta con una constitución propia que viene explicada en una guía que, desde el Ministerio de Sanidad, actualizan cada año.
En dicha constitución quedan recogidos los derechos de los pacientes, familias, cuidadores, el público y el personal. Igualmente, también contempla las promesas a las que se ha comprometido el servicio británico.
La tesis de esta constitución es promover la participación de las personas en su propia salud y atención es un componente clave de los deberes estatutarios de los grupos de encargos clínicos (CCG) y el NHS.
Los CCG son organizaciones del NHS establecidas por la ley de asistencia sanitaria y social de 2012 que se encargan de organizar la prestación de los servicios sanitarios en las diferentes áreas de Inglaterra. Deciden qué servicios se necesitan para las diversas poblaciones locales y se aseguran de que lleguen.
Por su parte, el NHS conserva la responsabilidad de encargar los servicios de atención primaria, como los servicios dentales y médicos de cabecera, así como algunos servicios hospitalarios especializados. Muchos servicios de médicos de cabecera ahora se comisionan con CCG.
Todas las consultas de médicos de cabecera pertenecen ahora a un CCG, pero los CCG también incluyen a otros profesionales de la salud, como enfermeras.
En cuanto a legislación se refiere, La Sección 14U de la Ley del Servicio Nacional de Salud de 2006 (modificada por la Ley de Atención Social y de Salud de 2012) establece específicamente que los CCG deben promover la participación de cada individuo, su cuidador y (si hubiera alguno) sus representantes en las decisiones relacionadas con la prevención o diagnóstico de enfermedad, o su atención o tratamiento.
El NHS England y los CCG están obligados a hacer efectivos los derechos de las personas a tomar decisiones sobre quién proporciona su atención y tratamiento.
Esto significa que las personas con capacidad para tomar decisiones sobre su atención y tratamiento deben ser debidamente informadas sobre sus opciones y los riesgos asociados a cada una, para que puedan tomar decisiones informadas al dar o negar su consentimiento. En otras palabras, los principios de la toma de decisiones compartida deben convertirse en la norma.
Algunas de las vacunas que se contemplan en el calendario público de Reino Unido son contra la Tuberculosis, Haemophilus influenzae b, Difteria, Tétanos, Gripe, Tos Ferina, Paperas, Varicela o Virus del papiloma humano, entre otras.
El Brexit y la vacunación
Según señalan desde el NHS británico, debido al período de transición de salida de la UE, que finaliza el 31 de diciembre de 2020, las reglas cambiarán con respecto al acceso de los residentes del Reino Unido a la atención médica en la UE, Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza. Como resultado, se actualizará la Constitución del NHS de Inglaterra.
El Comité Permanente de Vacunación alemán
Según cuentan a Newtral.es fuentes de la embajada alemana en España, en el país germánico un órgano independiente de expertos, el Comité Permanente de Vacunación (STIKO), recomienda qué vacunas son útiles a qué edad para protegerse contra enfermedades infecciosas peligrosas.
La mayoría de las vacunaciones se realizan en la primera infancia. Sin embargo, también hay fechas de vacunación para adolescentes y adultos que deben ser observadas. Al igual que España o Reino Unido, Alemania no cuenta con vacunas obligatorias en su haber.
También hay recomendaciones especiales de vacunación para las personas con enfermedades crónicas, ya que a menudo tienen un sistema inmunológico debilitado y, por tanto, son especialmente susceptibles de contraer enfermedades infecciosas.
De igual modo, este tipo de recomendaciones también “se extienden a las regiones de Alemania y del extranjero en las que se producen con mayor frecuencia determinadas enfermedades”, explican a Newtral.es desde la embajada.
En cuanto a la regulación del STIKO, este consta de 12 a 18 miembros no remunerados que son nombrados por el Ministerio Federal de Salud de Alemania por un período de 3 años. Los expertos representan diversos campos como pediatría, medicina familiar, medicina ocupacional, virología, inmunología, epidemiología, salud pública y medicina basada en evidencias.
El STIKO es un grupo asesor independiente. Las recomendaciones no son legalmente vinculantes, pero por ley forman la base de la guía de vacunación de los estados federales y la directiva de vacunación del Comité Conjunto Federal.
Algunas de las vacunas que se contemplan en el calendario público alemán son contra la Hepatitis B, Haemophilus influenzae b, Difteria, Tétanos, Tos Ferina, Rubéola, Sarampión, Gripe, Herpes Zoster o Virus del papiloma humano, entre otras.
Las vacunas en Polonia
En Polonia, como en Italia o Francia, sí cuentan con vacunas obligatorias, y el órgano encargado de gestionar el funcionamiento es el Programa de Inmunización (PSO). Cada año, el Ministerio de Sanidad publica un calendario donde quedan desglosadas las vacunas obligatorias (gratuitas) y las recomendadas (de pago).
Según señala el Ministerio de Sanidad polaco, al ser obligatorias las vacunas incluidas en el calendario de vacunación, todos los niños que residen en Polonia pueden recibir las vacunas reembolsadas por el estado, pero también significa que los padres están obligados a asistir a las visitas de vacunación. Negarse a vacunar generalmente significa iniciar un procedimiento administrativo y suele llevar aparejada una multa.
Estas vacunas están reguladas por la ley polaca y se aplican a todos los niños que residen en Polonia durante más de 3 meses. Cada niño al nacer recibe una tarjeta de vacunación que se almacena en el consultorio del médico de cabecera y se utiliza para controlar el progreso del calendario de vacunación.
El calendario de vacunación actual (2020) incluye 11 vacunas obligatorias, contra la tuberculosis, hepatitis B, difteria, tétanos, tos ferina, poliomielitis, Haemophilus influenzae tipo b, neumococos, sarampión, paperas y rubéola. El calendario de vacunación también incluye una sección separada que describe qué vacunas se recomiendan, pero su costo debe ser pagado por los padres.
Algunas de las vacunas que se contemplan en el calendario público polaco son contra la Enfermedad neumocócica, Haemophilus influenzae b, Difteria, Tétanos, Tos Ferina, Rubéola, Gripe o Virus del papiloma humano, entre otras.
Fuentes:
- La ONU caracteriza al Sars-COV-2 como una pandemia global
- Calendarios de vacunación de todos los países miembros de la UE, Ministerio de Sanidad de España
- Programa Nacional de Vacunación portugués, septiembre de 2019
- Consideración legal de las vacunas, Asociación Española de Pediatría
- La vacunación obligatoria en Europa, Asociación Española de Pediatría
- Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, artículo 35
- DL portugués sobre vacunas obligatorias, 1962
- Programa francés de la mejora política de la vacunación, 2012-2017
- Servicio de información sobre vacunación francés
- Programa Nacional de Vacunación italiano
- Normativa italiana sobre vacunación
- Programa de vacunación italiano 2020-2022
- Plan nacional de inmunización británico
- Guía del sistema sanitario británico
- Constitución sanitaria británica
- Claves legislativas del sistema sanitario de Reino Unido
- Embajada de Alemania en España
- Ministerio de Sanidad alemán
- Comité de vacunación alemán
- Ministerio de Sanidad polaco
- Documentación oficial del PNV polaco
- Estrategia de vacunación Covid-19, Gobierno de España
me parece criminal que en algunos países son los padres los que deciden si el nino se vacuna o no. ponen en riesgo a toda la población por el parecer de algunos
Como mucho pondrán en riesgo a su hijo/a no a la población...
En algunos países como España. Y no se pone en riesgo a toda la población, porque en la historia nunca ni la peor de las epidemias/pandemias ha acabado con toda la población. Otra cosa es que no sepamos a qué parte de la población se pone en riesgo.
Por favor, no hay que olvidar que obligar a poner vacunas es una aberración contra la humanidad. Padres y tutores deben ser responsable de estas decisiones. Vacunarse es un derecho para cada quién y no una obligación. Incluso llegar a tomar una decisión como la de no vacunar es sin duda una gran responsabilidad muy méditada y estudiada para la mayoria que lo decide así. Y probablemente estos padres se han informado, leido, estudiado y meditado reforzando así aún más su ideología a no querer vacunar. Pero No es una actitud antivacuna en absoluto es una responsabilidad de cada uno.
A mi me parece criminal que un gobierno, ministerio.. decida por mi hijo ! En los paises con vacuna obligatoria la mortalidad en niños es superior a la mortalidad en niños sin vacunar ( paises sin vacuna obligatoria ) debido a los efectos adversos de la vacuna. Son datos reales, publicados en revistas internacionales independientes y de ministerios
Tienes mucha razón.Debería de ser obligatoria la vacunación para bien de todos.
Lo que me preocupa es que si mis células realmente sabrán cuando deben parar de producir la proteina "Spike". ¿Y que pasará si no se detienen sino siguen las instrucciones externas introducidas a travez de las vacunas, mismo cuando ya desaparece el Covid 19.
A pocos parece importarle eso que dices. Asombra la fe absoluta que muchos tienen en la bondad e infalibilidad del padre estado y de la religión ciencia a la vez que se consideran anti-patriarcales.
A pocos parece importarle eso que dices. Asombra la fe absoluta que muchos tienen en la bondad e infalibilidad del padre estado y de la religión ciencia a la vez que se consideran anti-patriarcales.
Veo que estos de "Newtral" hacen honor a su condición socialista, al igual que los NAZIS y quieren experimentar con humanos. Si, los nazis eran socialistas, de ahí sus sigas de partido NAZIonal sozialistisch deutsche.
Y las leyes de Nuremberg donde las dejamos.
Ninguna legislación repito ninguna puede ir en contra de esos derechos inalienables, reconocidos en la DUDH y en dichas leyes.
A mi da igual. Vacuna obligatoria no quiero. De Constitución tengo derecho. Tengo también alergia de medicamentos. No quiero morir!!!