La campaña de la renta 2025, que se presenta este 2026, ya ha arrancado. Se desarrollará desde el 8 de abril hasta el 30 de junio. Los contribuyentes ya pueden acceder a sus datos fiscales y al borrador de renta vía app o web y presentarla si lo desean.
- Para ello basta con identificarse vía Cl@ve Móvil, Certificado o DNI electrónico, número de referencia o con el acceso para ciudadanos UE (eIDAS).
Las fechas clave para confeccionar la declaración de la renta 2025 son:
- Desde 8 de abril al 30 de junio de 2026, los contribuyentes podrán presentar la declaración de la renta por internet o vía app. Ya está disponible el borrador de renta que cada ciudadano debe revisar con atención para completar o modificar si fuera necesario.
- Del 6 de mayo al 30 de junio de 2026, la Agencia Tributaria confeccionará las declaraciones de renta 2025 por teléfono de quienes lo deseen y cumplan los requisitos. Se necesita cita previa para concretar una fecha y ya luego la Agencia Tributaria se pone en contacto con el contribuyente mediante el plan ‘Le Llamamos’.
La cita se podrá solicitar desde el 29 de abril hasta el 29 de junio vía internet o en los teléfonos 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (servicio automático 24 horas), y 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (atención personal L-V 9 a 19 h). - Del 1 de junio al 30 de junio de 2026, la Agencia Tributaria confeccionará las declaraciones de renta 2025 de manera presencial de los contribuyentes que así lo deseen.
También se requiere cita previa para la atención física en oficinas que se podrá pedir desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio por internet o en los teléfonos 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (atención personal L-V 9 a 19 h).
El plazo de presentación de las declaraciones de la renta termina en todos los casos el 30 de junio, salvo para aquellas personas cuyo resultado sea a ingresar y quieran domiciliar el pago, cuya fecha tope será el 25 de junio para presentar su autoliquidación.
Importante. La Agencia Tributaria ha publicado informaciones útiles para esta renta, entras las que se encuentran algunas novedades normativas y el Manual práctico de Renta 2025, que contiene el grueso de todo lo que debes saber de esta campaña.
- Además Hacienda pone a disposición del contribuyente su Asistente Virtual, un bot que responde a las consultas concretas.
¿Quién debe presentar la declaración de la renta 2025? Están obligados a presentarla los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores, así como aquellos que hayan estado dados de alta como autónomos o que hayan percibido el ingreso mínimo vital (IMV), entre otros supuestos.
- Importante. “Aunque no se esté obligado a presentar la declaración de la renta 2025, quien cobre menos de 18.276 euros anuales debe hacerlo para recuperar ese IRPF adelantado a lo largo de 2025”, como explicaba con detalle a Newtral.es el secretario técnico del Consejo General de Economistas de España (REAF), Rubén Gimeno.
¿La razón? En la subida del SMI de 2025 no se aumentó la cantidad exenta de IRPF hasta esa misma cifra por lo que estos trabajadores han pagado IRPF. Para solucionarlo, el Gobierno creó una deducción específica para ellos. Esto quiere decir que podrán recuperar ese dinero pagado en IRPF vía declaración de la renta si la presentan.
Impuesto sobre el Patrimonio. Para los contribuyentes que deban presentar liquidaciones por este impuesto, el calendario es el mismo que el de la declaración del IRPF ya citado. Este tributo está cedido a las comunidades autónomas que tienen diferente normativa entre ellas y distintas bonificaciones y se presenta por Internet mediante el modelo 714.
(*) Este artículo ha sido actualizado el 8 de abril de 2026 para ajustar su contenido al inicio de la campaña de la renta.