Nos habéis preguntado a través de nuestro servicio de verificación por WhatsApp (+34 627 28 08 15) sobre diversas informaciones en las que se defiende que la Dirección General de Tráfico (DGT) pondrá multas a las personas que no utilicen la mascarilla en el interior de un vehículo privado. También nos habéis preguntado por la cuantía de la supuesta infracción y la presunta retirada de puntos del carnet.
La misma DGT ha especificado que no es competencia suya la regulación del uso o no de los tapabocas dentro de los coches, sino del ámbito sanitario. Según ha aclarado, en ningún caso acarrea una resta de puntos en el permiso de conducir ni multas de 80 ó 500 euros.
Desde el Ministerio del Interior añaden a Newtral.es que “no es una competencia de tráfico que lleve aparejada pérdida de puntos, lo cual es evidente. Pero sigue siendo una infracción de la normativa sanitaria, y como tal, sujeta a propuesta de sanción”.
Preguntados por si podrían especificar concretamente de qué cuerpo serían los agentes encargados de poner las sanciones y velar por el cumplimiento de la normativa sanitaria en lo referido al interior de los coches y las mascarillas, desde Interior afirman por correo electrónico a Newtral.es que “los agentes de las Fuerzas de Seguridad no ponen multas. Lo que hacen, si detectan un incumplimiento de la normativa, es elevar una propuesta de sanción (que no califica ni cuantifica la posible sanción económica)”, especifican.
Y añaden: “Es el órgano administrativo competente para su tramitación quien califica la presunta infracción y la cuantifica. Esto con cualquier tipo de infracción administrativa, no solo con las relativas a la normativa sanitaria”.
Normativa sanitaria del Gobierno
La DGT ha explicado en un comunicado que la utilización de la mascarilla “es una medida sanitaria y de salud pública” y que “por tanto” la organización “no tiene competencia alguna en la regulación de la misma”.
Desde el organismo de Tráfico han especificado que “no hay ningún artículo en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, ni en los reglamentos que la desarrollan”, que recoja “que no llevar mascarilla, quitársela o demás acciones con la misma” sea una infracción.
El pasado 29 de marzo, el Ejecutivo aprobó una nueva ley de medidas urgentes por la COVID-19 aplicable a todo el país, matizada días después en algunos de sus puntos, por la que, según su artículo 6, el tapabocas pasaba a ser de “uso obligatorio” para mayores de seis años, con algunas excepciones, en los medios de transporte.
En el caso de “vehículos de turismo de hasta nueve plazas”, incluido el conductor, la obligatoriedad se mantiene “si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio”, añade la legislación.
Multas, mascarilla y DGT: sin retirada de puntos
También nos habéis preguntado por la cuantía de la multa y si se restan puntos del carnet de conducir. Desde la DGT, reafirman lo comentado por Interior más arriba: no llevar el tapabocas dentro del coche no es “un precepto infractor” en el ámbito de seguridad vial y “mucho menos lleva aparejado la pérdida de puntos del permiso de conducir”. Por tanto, aseguran, “no es sancionable” por ellos, sino por Sanidad.
Según la normativa del 29 de marzo antes mencionada, en su artículo 31.2, la sanción por no utilizar el tapabocas en los supuestos recogidos en el artículo 6 (uso obligatorio de mascarillas si en el interior del vehículo hay no convivientes) “se considera infracción leve y se sanciona con una multa de hasta 100 euros”.”
Varias publicaciones han informado de que los conductores pueden recibir multas de 80 y 500 euros. Sin embargo, no guardan relación con las infracciones que se están aprobado últimamente en relación a la pandemia y el no utilizar un tapabocas en el coche sino, por ejemplo, por conducción temeraria, como podría ser quitarse la mascarilla u otra prenda, con el automóvil en marcha, sancionada con 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.

Fuentes:
- Comunicado de la DGT.
- Ministerio del Interior.
- Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Código de Tráfico y Seguridad Vial. BOE. https://boe.es/legislacion/codigos/codigo.php?id=20¬a=0&tab=2
- ¿Cuándo es obligatorio el uso de la mascarilla en la nueva normalidad? Actualización del 8 de abril de 2021. La Moncloa.
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