Trabajadores del campo y COVID-19: Preguntas y respuestas

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Los ministerios de Sanidad y el de Agricultura, Pesca y Alimentación han presentado una serie de recomendaciones para temporeros que tendrán que seguirse antes de ir al trabajo, en el transporte hacia el mismo, y en la zona de faena para limitar el contagio de la COVID-19. Los empleadores tendrán que adaptar sus planes de prevención “para incluir las medidas organizativas, técnicas y de formación e información de los trabajadores que aseguren la prevención y control de la transmisión” del virus, señala el comunicado. La muerte de un temporero la semana pasada en Murcia tras un golpe de calor y las acusaciones sobre los contagios entre temporeros han hecho que los ministerios revisen las medidas de seguridad de estos trabajadores. Vamos a verlas.

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¿Qué pasa con el transporte?

En el desplazamiento al trabajo, el uso del tapabocas en transporte público se regirá por las normas que cada comunidad autónoma tenga al respecto. La guía apunta a que “siempre que sea posible” se utilicen “las opciones de movilidad que mejor garanticen la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros”.

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En caso de que la empresa facilite el servicio “debe garantizar la limpieza en sus vehículos y disponer de productos de higiene de manos, papel de un solo uso y un lugar donde descartar los desechos”. Además, el empleador registrará el nombre, DNI y lugar de viaje de los trabajadores “que en los últimos catorce días hubieran viajado fuera de la comunidad autónoma”.

¿Cuáles son las medidas higiénicas y de limpieza? 

La guía señala como “imprescindible” que se refuercen las medidas de higiene personal “en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición”. Incide en lavarse las manos frecuentemente, mantener una distancia física de al menos 1,5 metros y “evitar compartir alimentos, bebidas u objetos de uso personal”.

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Comenta que en cada explotación agropecuaria se incluirá la evaluación de riesgos frente al coronavirus en su Plan de Prevención y contingencia y tendrá que prever “la existencia continua de los materiales necesarios” para el mismo, como los de protección personal, relativos a la cartelería, o de limpieza y desinfección tanto de manos como de superficies, equipos y locales.

¿Cómo evito cruzarme con otros trabajadores?

Tanto las entradas a las zonas de trabajo como las vías de circulación tendrán que estar señalizadas “con el fin de evitar cruces de personas”, y los accesos y salidas de instalaciones como almacenes o comedores tendrán que estar diferenciadas.

¿Cómo se deben organizar las cuadrillas?

Las cuadrillas se moverán juntas siempre y evitarán el contacto con otras. Las jornadas se planificarán para que los temporeros puedan mantener una distancia de 1,5 metros “especialmente” durante las tareas de carga y descarga de mercancías en remolques, almacenes y tareas similares. Además, “se mantendrá la distancia interpersonal de 1,5 metros como mínimo entre los puestos de trabajo”. Todo esto en la medida de lo posible.

En el campo, el titular del terreno también tendrá que llevar un registro de sus empleados, a ser posible electrónico. En el mismo se anotarán el número de personas contratadas, sus números de teléfono, la cuadrilla a la cual pertenecen y la unidad de alojamiento.

¿Y si tengo algún síntoma de la COVID-19?

Recomendación ‘obligatoria’ para todos a día de hoy. Si un temporero nota cualquier síntoma que pueda estar asociado al coronavirus (tos, fiebre, dificultad al respirar, etc.), “no deberá acudir a la explotación hasta que no se haya realizado una valoración médica. Tampoco quien haya estado en contacto estrecho con una persona afectada por la COVID-19”, recuerda la guía.

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Señala que el servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa “elaborará el informe para que quede acreditada la indicación de incapacidad temporal, con el fin de facilitar a los servicios de atención primaria su tramitación”.

Se recomienda también que, en los casos necesarios, se facilite la solicitud de atención sanitaria como desplazados, tanto a los trabajadores que sean de otra provincia, comunidad autónoma o país, “con la finalidad de tener de antemano un centro de salud asignado”.

Además, el documento informa de que se debe “garantizar que cualquier persona” que desarrolle síntomas sospechosos “y/o tenga un diagnóstico de caso confirmado de COVID-19 pueda aislarse del resto de trabajadores y convivientes de manera efectiva en una habitación individual”.

Fuentes

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