Tras las vacaciones de Navidad y verano, la normalidad va imponiéndose en la gran mayoría de los trabajos, pero no en las Cortes Generales, que no retoman su actividad habitual hasta febrero y septiembre respectivamente. Este ámbito tiene sus peculiaridades: las sesiones plenarias se dividen en dos periodos ordinarios durante un año. Y ¿los Parlamentos autonómicos? ¿Cómo se encuentra estructurada su actividad?
Periodo ordinario y mes inhábil. Se entiende como periodo ordinario aquel espacio de tiempo establecido para desarrollar una actividad parlamentaria, es decir, que se encuentra recogido en los ordenamientos internos. Por otro lado, un mes inhábil será el que no está dentro de dicho periodo y, si fuera necesario tratar algún asunto urgente, se reuniría la Diputación Permanente.
De septiembre a diciembre y de febrero a junio, el calendario del Congreso y el Senado
Las sesiones plenarias y comisiones de la Cámara alta y baja se reúnen anualmente en dos etapas ordinarias: la primera, de septiembre a diciembre, y la segunda, de febrero a junio, según sus Reglamentos. Sin embargo, se puede llevar a cabo una actividad parlamentaria extraordinaria fuera de estos meses –enero, julio y agosto– si el Gobierno, la mayoría absoluta de los diputados (175) o senadores (133), o la Diputación Permanente lo piden.
Precisamente, esta última tiene como objetivo “velar por los poderes de la Cámara cuando esta no esté reunida”, señala el ordenamiento. En los meses entre periodos ordinarios de sesiones, la Diputación Permanente puede convocar de forma excepcional tanto al pleno como a las comisiones.
Asuntos relevantes en periodos extraordinarios
La cita más relevante de los últimos años que se celebró como una sesión extraordinaria fue la investidura de Pedro Sánchez (PSOE) como presidente del Gobierno el 7 de enero de 2020 en la Cámara baja. En esta ocasión, la propuesta venía del mismo Ejecutivo.
Asimismo, el primer intento -fallido- para investir al líder popular Mariano Rajoy también se encuadró fuera del periodo ordinario, pues tuvo lugar entre los días 30 y 31 de agosto de 2016.
Las sesiones plenarias en los Parlamentos autonómicos
En las asambleas autonómicas también tienen ‘vacaciones’ marcadas según sus propios calendarios. De esta forma, podemos dividir a estas en tres grupos.
- Con tres meses inhábiles (enero, julio y agosto). Las cámaras legislativas de Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, les Illes Balears, La Rioja, Madrid, Murcia y País Vasco tienen los mismos meses no ordinarios que el Congreso y el Senado.
- Dentro de este grupo, también se pueden sumar les Corts Valencianes. Su ordenamiento interno solo especifica que el primer periodo ordinario comienza en el mes de septiembre y el segundo, en febrero. No obstante, según explican a Newtral.es desde esta institución, los plenos finalizan a mediados de julio.
- Con dos meses inhábiles (enero y agosto). El segundo periodo de sesiones plenarias del Parlamento de Andalucía y Canarias se alarga hasta julio, pero mantiene el primero de estos igual -de septiembre a diciembre-.
- Además, en esta tesitura se encuentra el Nafarroako Parlamentua, con la diferencia de que las sesiones navarras comienzan un mes antes –en enero-. Así, julio es inhábil junto a agosto.
- Con un mes inhábil (agosto). Los calendarios de las asambleas legislativas de Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia se estructuran desde septiembre hasta diciembre por un lado, y desde enero a julio por otro.
- El Parlament de Catalunya es el que menos tiempo inhábil se encuentra, pues los diputados se reúnen desde el 16 de agosto al 31 de diciembre y del 15 de enero hasta el 31 de julio.
Así, si tenemos en cuenta estas fechas, el 41% de las cámaras autonómicas -las del segundo y tercer grupo- tiene menos ‘vacaciones’ que las Cortes Generales. Por su parte, un 59% de estos Parlamentos -los englobados en primera instancia- comienzan y terminan sus sesiones plenarias al igual que las cámaras estatales.
Más allá del martes, miércoles y jueves: días en los que puede haber sesión plenaria
Los plenos del Congreso de los Diputados y el Senado se reúnen tres días a la semana en ambos periodos ordinarios: martes, miércoles y jueves, aunque el Reglamento de la Cámara baja lo extiende hasta el viernes. Partiendo de esta base, el siguiente gráfico muestra qué días se puede celebrar una sesión de este carácter en los diferentes Parlamentos autonómicos, conforme a su ordenamiento.
Las Cortes Generales celebrarán sus sesiones plenarias tal y como se recoge, aunque pueden acordar que se realicen en otros días de la semana. Para ello, en la Cámara baja se necesita un acuerdo del pleno, comisión o de la Mesa del Congreso; mientras que la Cámara alta modificará su calendario si esta misma lo decide a propuesta de su presidente, de la Junta de Portavoces o de 50 senadores.
Las sesiones plenarias de los Parlamentos autonómicos de Ceuta y Melilla
El Reglamento de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta recoge que las sesiones plenarias ordinarias serán las convocadas por el presidente con este carácter y “tengan periodicidad preestablecida”. Asimismo, se celebrará una sesión de estas características al mes como mínimo.
Por su parte, el pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla acogerá sesiones ordinarias “todos los meses”, ya sean de carácter resolutivo o de control al Gobierno. Estas últimas serán mensuales.
Fuentes:
- Reglamento del Congreso de los Diputados y del Senado
- Reglamento de la Asamblea de Extremadura, de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, de la Asamblea de Madrid, de la Asamblea Regional de Murcia, de las Cortes de Aragón, de las Cortes de Castilla-La Mancha, de las Cortes de Castilla y León, de les Corts Valencianes, de la Junta General del Principado de Asturias, del Parlament de les Illes Balears, del Parlamento de Andalucía, del Parlamento de Canarias, del Parlamento de Cantabria, del Parlamento de Cataluña, del Parlamento de Galicia, del Parlamento de La Rioja, del Parlamento de Navarra, del Parlamento Vasco
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