El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han aprobado, aunque no por unanimidad, en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de este miércoles las medidas de cara a la Navidad. De una parte, las reuniones podrán ser de hasta 10 personas (frente a las seis propuestas la semana pasada); de otra, las restricciones a la movilidad regirán desde el 23 de diciembre al 6 de enero. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, lo ha resumido así: “En navidades nos quedamos en casa”. Lo explicamos en detalle:
Cierre perimetral | Las excepciones
“No nos podemos mover de nuestra CCAA”, ha resumido Illa. El cierre perimetral en CCAA y ciudades autónomas amparado por el estado de alarma se mantendrá en vigor, aunque con excepciones, entre el 23 de diciembre al 6 de enero. Además de las ya justificadas (asistencia al trabajo, a una cita médica, atención a una persona dependiente…), se suman los desplazamientos a comunidades o ciudades autónomas que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado, con las limitaciones a la reunión que establezca la CCAA de destino. Quedan fuera de esta medida tanto Baleares como Canarias.
Las reuniones | 10 personas tanto en Navidad como en Fin de Año
El documento aprobado recoge que las reuniones los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero (Nochebuena, Navidad, Nochevieja y Año Nuevo) podrán ser de un máximo de 10 personas, niños incluidos, cifra que se podrá superar si los reunidos son convivientes entre sí. A modo de recomendación, se señala que, preferentemente, las personas que se reúnan deben pertenecer a un máximo de dos grupos de convivencia. También se pide especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad para COVID-19.
Toque de queda | 1.30h. en Nochebuena y Nochevieja para volver a casa
El toque de queda se mantendrá en la hora que cada CCAA haya fijado, pero el límite de medianoche establecido por el estado de alarma se podrá romper en Nochebuena (del 24 al 25 de diciembre) y Nochevieja (del 31 de diciembre al 1 de enero), que quedará establecido a las 1.30h. El único motivo de desplazamiento, en todo caso, será para permitir el regreso al domicilio, y queda explícitamente prohibido utilizar esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.
Eventos masivos | La precaución, primera norma
Entre el 23 de diciembre y el 6 de enero no se permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público -”aglomeraciones”, ha dicho Illa-, a excepción de que cumpla las normas fijadas por el estado de alarma. En todo caso, lo primordial es que los grandes eventos puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención. Se recomiendan las cabalgatas de Reyes estáticas y las campanadas de Año Nuevo virtuales o televisadas.
Residencias de ancianos | Salir sí, pero a un único domicilio
Respecto a las salidas de los residentes en centros residenciales sociosanitarios (residencias de ancianos, entre otras), la recomendación es que aquellos que salgan de estas instalaciones de forma prolongada durante la Navidad, lo hagan con destino a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable. Respecto a su reingreso, el acuerdo recomienda que se les practique una prueba de diagnóstico de infección activa y se extreme la vigilancia en los días posteriores a su vuelta al centro.
Estudiantes | Tomar precauciones desde 10 días antes
En lo que atañe a los estudiantes que vuelven a casa por Navidad, el Consejo Interterritorial recomienda que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención desde 10 días antes al día del desplazamiento. Igualmente, deberán asumir las medidas preventivas que apliquen en la CCAA a la que se desplacen. También se pide que, mientras estén fuera de su lugar de residencia por estudios, limiten los contactos y respeten su burbuja de convivencia.
Hostelería | Restricciones al aforo y mascarilla para los clientes
Para la hostelería, el acuerdo de las CCAA con Sanidad recoge el mantenimiento de las normas de aforo y prevención que rijan en cada región. Se recomienda a los propietarios de estos negocios que insistan a sus clientes en la conveniencia de llevar mascarilla dentro del establecimiento siempre que no estén comiendo o bebiendo.
Ceremonias religiosas | Sin cantos y sin “muestras físicas de devoción”
En cuanto a las ceremonias religiosas que se celebren en Navidad, sean propias de las fiestas o no, el acuerdo del Consejo Interterritorial insiste en el seguimiento de las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad autónoma. Como recomendación, preferentemente deberán evitarse los cantos, así como las “muestras físicas de devoción o tradición”, que impliquen contacto con imágenes o elementos religiosos con los que otros fieles puedan tener contacto. En concreto, sobre la misa del gallo, se recuerda que, aunque se celebre, debe respetar la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.
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