Revocada la orden ministerial que excluía a lesbianas y bisexuales de la reproducción asistida y que ahora incluirá también a personas trans

Manifestación por los derechos LGTBI | Shutterstock
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Tres años después de que Pedro Sánchez hiciera su promesa, la orden ministerial del Partido Popular que excluía de la reproducción asistida pública a cualquier mujer que no estuviese emparejada con un hombre ha sido revocada. Así, este viernes 5 de noviembre, la ministra de Sanidad Carolina Darias firmó una nueva orden ministerial que modifica los criterios de la reproducción asistida en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, y que tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha entrado en vigor a partir del 10 de noviembre de 2021*. Ahora, las parejas de lesbianas y bisexuales, y personas que quieran tener hijos en solitario (también las personas trans con capacidad de gestar) tendrán acceso a este servicio público.

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En julio de 2013, la por entonces ministra de Sanidad, Ana Mato, anunciaba unas modificaciones en la Ley de reproducción asistida, vigente desde 2006. La orden ministerial que el Gobierno del Partido Popular firmó en octubre de 2014 concretaba algunos aspectos en relación al acceso a este servicio: la sanidad pública dejaría de financiar los tratamientos para concebir a las parejas de lesbianas y a las mujeres solteras porque, en palabras de Ana Mato, “la falta de varón no es un problema médico”.

Al tratarse de una orden ministerial, las comunidades autónomas tenía cierto margen de maniobra, en el uso de sus competencias, para decidir si financiar o no estos tratamientos a otros grupos de población. Como explicaba el Ministerio de Sanidad en este documento de trabajo de 2019: “Las comunidades autónomas, para paliar las repercusiones de esta exclusión, han ido facilitando las mencionadas técnicas a estos colectivos como prestación complementaria”. 

Es decir, la orden ministerial firmada por los populares rebajaba la prestación estableciendo un límite común en la cartera de servicios en el que no estaban incluidas mujeres que quisiesen ser madres en solitario o mujeres en una relación con otra mujer (lesbianas y bisexuales). 

“Varias comunidades sí han seguido prestando el servicio, como Andalucía, Extremadura y País Vasco, pero otras como Murcia y Asturias no. Se generó una discriminación y una desigualdad territorial con una orden que debería haberse revocado hace tiempo”, explica a Newtral.es Uge Sangil, presidenta de la Federación Estatal LGTB (FELGTB). 

Reproducción asistida también para lesbianas, bisexuales y personas trans

Para Emilia de Sousa, abogada especializada en maternidad y desigualdad de género, “hemos pasado de un abordaje familiarista convencional y con un enfoque terapéutico-patológico a un abordaje más humanista y adaptado al tiempo que vivimos”, explica a Newtral.es. “El servicio estaba limitado a parejas heterosexuales con problemas para concebir de forma natural, y para algunos casos en los que hubiese que preservar la fertilidad”, añade esta abogada.

De Sousa habla de un “enfoque más diverso” porque además de volver a incluir en el servicio de reproducción asistida a todas aquellas unidades familiares que no sean las conformadas por parejas heterosexuales, la orden ministerial firmada también prestará este servicio a las personas trans con capacidad de gestar

“La inclusión de personas trans con capacidad de gestar en el servicio de reproducción asistida ya se contemplaba en la Ley LGTBI y Trans [que está en fase de consulta pública], en las disposiciones adicionales. Ha llegado antes de que la ley se tramite, por lo que es una gran noticia”, celebra Uge Sangil.

Con esta orden ministerial, las comunidades autónomas, como explica la abogada Emilia de Sousa, “se verán obligadas a incluir el servicio de reproducción asistida” no solo en los casos de parejas heterosexuales con problemas para concebir, sino también en estos otros casos: personas que desean tener un hijo en solitario, parejas de lesbianas y bisexuales, y parejas en las que la persona que concibe es un hombre trans o una persona no binaria. 

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“Es un tratado de obligado cumplimiento. Las comunidades pueden complementar y ampliar, pero no limitar. Ya sabemos que luego la realidad es diferente, como vemos con la problemática en el acceso al aborto, por ejemplo, pero ahora mismo, administrativamente, se contemplan muchas otras realidades”, añade De Sousa.

La orden ministerial de 2014

La ley de reproducción asistida 2006 que implementó el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero especificaba —en el apartado 5.3.8— que los procedimientos de reproducción asistida formarían parte del sistema público “cuando haya un diagnóstico de esterilidad o una indicación clínica establecida”. Y añadía: “La mujer podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas en esta ley con independencia de su estado civil y orientación sexual”.

La orden ministerial firmada en 2014 bajo el mandato de Mariano Rajoy modificó precisamente el apartado 5.3.8, introduciendo las siguientes concreciones: “Existencia de un trastorno documentado de la capacidad reproductiva, constatada tras el correspondiente protocolo diagnóstico y no susceptible de tratamiento médico o tras la evidente ineficacia del mismo”, así como “ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos”.

Según la redacción del texto, solo se ofrecería el tratamiento a aquellas mujeres que tuviesen un diagnóstico de infertilidad o que hubiesen mantenido relaciones sexuales con un hombre durante un año sin lograr el embarazo. Además de en algunas otras circunstancias como tratamiento preventivo para la preservación de fertilidad o para selección embrionaria en casos como el de mujeres diagnosticadas de cáncer.

Emilia de Sousa considera que “esa orden ministerial establecía una discriminación formal y creaba agravios comparativos entre las diferentes comunidades autónomas, además de contradecir una ley de rango superior”.Ç

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*Este artículo ha sido actualizado el miércoles 10 de noviembre tras la publicación de la Orden Ministerial en el BOE el martes 9 de noviembre de 2021.

Fuentes consultadas

  • Orden SSI/2065/2014, de 31 de octubre, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización
  • Comunicado del Ministerio de Sanidad sobre la orden ministerial en materia de reproducción asistida firmada el 5 de noviembre de 2021
  • Ley de reproducción humana asistida (2006)
  • Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización
  • El País
  • La Sexta
  • Uge Sangil, presidenta de la FELGTB
  • Emilia de Sousa, abogada especializada en maternidad y desigualdad de género