El Pleno del Congreso de los Diputados se reúne, por norma general, tres días a la semana: martes, miércoles y jueves. Las sesiones suelen ser largas y los temas a tratar de lo más variado, igual que las situaciones que se viven en el hemiciclo.
El Reglamento de la Cámara sienta las bases sobre cómo se deben desarrollar todos estos plenos: los periodos de sesiones, los tiempos y las intervenciones, la redacción del orden del día o la forma de actuar si algún diputado no cumple la normativa. Y si hubiera algún supuesto no contemplado o en el que no está claro cómo actuar, señala al presidente del Congreso como quien debe “interpretarlo en casos de duda y suplirlo en los de omisión”.
Sesiones
Ordinarias. El año se divide en dos periodos ordinarios de sesiones: uno de febrero a junio y, otro, de septiembre a diciembre. Los plenos los convoca el presidente por iniciativa propia o cuando lo solicitan dos grupos parlamentarios o una quinta parte de los diputados (70).
Las sesiones son públicas, es decir, pueden asistir los ciudadanos que lo soliciten y se retransmiten en directo. La excepción está en los casos en los que el pleno aborda cuestiones relacionadas con el decoro de la Cámara, la suspensión de un diputado o determinadas cuestiones aprobadas por la comisión del Estatuto.
Extraordinarias. Fuera de los dos periodos ordinarios, el pleno solo puede celebrar sesiones extraordinarias si lo pide el Gobierno, la Diputación Permanente o la mayoría absoluta de los diputados (176).
Posición en el hemiciclo
En las primeras semanas de la legislatura, la Mesa del Congreso reparte los sitios del hemiciclo entre las distintas formaciones y, una vez asignados, cada dirigente se sienta siempre en el mismo lugar.
Aunque solo está prefijado el lugar reservado para el Gobierno (la bancada azul de primera fila), el paso de los años ha instaurado una norma no escrita. La distribución parte de la idea de que en la bancada de la derecha se sitúan los populares y, en la de la izquierda, los socialistas.

Orden del día
El orden del día de las sesiones es fijado por el Presidente, aunque donde realmente se negocian los temas que abordará el pleno es en la Junta de Portavoces. En ella, están presentes todos los grupos parlamentarios y las decisiones se toman por voto ponderado. Es decir, en función del número de diputados de cada formación.
Una vez aprobado, el orden del día de una sesión se puede modificar en dos casos:
- Si lo pide el Gobierno, siempre que la iniciativa haya cumplido los trámites necesarios para ser incorporado.
- Si, por unanimidad, la Junta de Portavoces aprueba la petición de un grupo parlamentario o del Ejecutivo sobre un tema que no ha cumplido todavía los trámites reglamentarios.
Debate
Los diputados solo pueden intervenir -desde el escaño o la tribuna- si el presidente del Congreso les da la palabra, bien porque les ‘toque’ en el debate o porque lo soliciten. Esto último, está previsto que lo hagan con dos fines:
- Responder a unas alusiones que haya hecho alguien y que consideren que incluyen “juicios de valor”, “inexactitudes” o falten al “decoro o dignidad” de su grupo parlamentario. Ante esta situación, la presidencia puede conceder un turno de un máximo de dos minutos para contestar únicamente a estas referencias.
- Pedir la palabra para pedir que se cumpla el Reglamento. Tienen la posibilidad de solicitar que se observe un artículo exacto del Reglamento que creen que es aplicable al momento de la sesión. En este caso no hay debate alguno. Decide la presidencia y se acata su decisión.
En paralelo, nadie puede interrumpir a un diputado cuando esté hablando en el pleno. Solo podrá hacerlo el presidente para avisarle de que se ha terminado su tiempo, llamarle a la cuestión, retirarle la palabra o hacer una llamada al orden a la Cámara o alguno de sus miembros.
Tiempos. Aunque estos pueden ser modificados por el Presidente -oída la Junta de Portavoces-, habrá un turno a favor y otro en contra, con una duración máxima de 10 minutos por intervención y cinco de réplica. En el caso de los debates de totalidad, los turnos serán de un cuarto de hora para el grupo que ha presentado una propuesta y aquellos que la rechacen. Los demás, contarán con 10 minutos para fijar sus posiciones.
Las intervenciones, por norma general, siguen un orden de menor a mayor representación, por lo que comienzan con el Grupo Mixto.
Votación
Excepto que la Constitución, las leyes o el Reglamento establezcan otra cosa, los acuerdos necesitan el apoyo de la mayoría simple de los diputados para ser aprobados.
El voto de cada escaño es personal e indelegable y se puede ejercer tanto de forma presencial en el hemiciclo como telemáticamente. Esta posibilidad se reserva en caso de embarazo, maternidad o paternidad, enfermedad grave u otras circunstancias aprobadas por la Mesa (Ej: coronavirus).
¿Qué pasa si hay empate?
En caso de haya empate, se repite la votación del pleno. Si este se mantiene, la presidencia establece un plazo para volver a votar. Si en el tercer intento sigue manteniéndose la igualdad, se dará por rechazada la cuestión.
Tipos de votación. Lo habitual es la ordinaria, pero esta se puede cambiar si lo piden dos grupos parlamentarios o una quinta parte de los diputados (70). En ningún caso podrán ser secretas las votaciones sobre leyes o que necesiten voto ponderado.
- Por asentimiento: la medida se considerará aprobada si nadie muestra reparo u oposición. Esta opción la propone la presidencia.
- Ordinaria: se realiza por medios electrónicos (botón desde el escaño) o levantándose por turnos (a favor, en contra, abstención) y siendo contados por los secretarios de la Mesa
- Pública por llamamiento: se menciona a todos los diputados, que manifiestan en alto su postura. En la votación se sigue un orden alfabético a partir de un dirigente elegido por sorteo y termina con el turno del Gobierno y la Mesa. Es el método elegido para las investiduras, las mociones de censura y las cuestiones de confianza.
- Secreta: se lleva a cabo por medios electrónicos o introduciendo una papeleta en una urna. Esta última modalidad se emplea cuando hay que elegir a personas para un cargo, como es el caso de la designación de los miembros de la Mesa.
Disciplina y orden parlamentario
Llamada al orden. La presidenta del Congreso llama al orden (apercibe) a los diputados cuando considera que se da uno de estos supuestos:
- Si ofenden al “decoro de la Cámara”, a sus miembros, a las instituciones del Estado o a otra persona
- Si sus discursos alteran la buena marcha de las sesiones o las deliberaciones
- Si, habiéndole retirado la palabra, el diputado pretenda seguir hablando
Expulsión. Si un parlamentario es llamado al orden tres veces en una misma sesión, la presidencia puede -sin debate- expulsarle del pleno. Para ello, eso sí, deberá haberle advertido en la segunda ocasión de las consecuencias de que lo haga una vez más.
Si se da esta situación, pedirá al diputado que se retracte de las ofensas expuestas y ordenará que estas no consten en el diario de sesiones. El Reglamento contempla que la negativa a este requerimiento puede suponer sucesivas llamadas al orden, con las consecuencias que esto tiene.
Retirada del diario de sesiones. Se trata de un gesto más simbólico que práctico: las palabras continúan apareciendo en el registro, pero acompañadas de una nota al pie en la que se especifica que la presidencia de la Cámara ha decidido que no consten como parte del pleno.
Fuentes:
Tengo entendido que algunas de estas disposiciones se han visto alteradas por la necesidad de guardar distancia social. ¿Es así?