Algunas voces políticas piden reducir el IVA de los alimentos ahora que España vive un momento de alza de precios y de inflación disparada que está complicando a las familias llegar a fin de mes. Con este panorama de fondo, el Partido Popular al completo, con su presidente Alberto Núñez Feijóo a la cabeza, considera “inaplazable la rebaja del IVA de productos básicos” y en en concreto, en los alimentos que pide “estudiar la posibilidad de bajar el IVA de los que están al 4% al 0%” como dijo Feijóo recientemente en el el programa ‘El Objetivo’ de La Sexta.
En este sentido, Unidas Podemos propone en su programa que “más alimentos tengan un IVA del 4%” y desde las empresas de distribución alimentaria, que rechazan una cesta de la compra con precios fijos también piden una “bajada temporal del IVA de los alimentos”. Quien no lo ve tan sencillo es la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que aseguró en ‘Espejo Público’ que “no podemos estar aplicando permanentemente ante cada problema una bajada fiscal, de forma generalizada, porque eso implicaría que no tendríamos capacidad de ayudar a aquellos que tienen más necesidades” y recordaba que este tributo no es progresivo (minuto 50:50).
¿Qué IVA tienen los alimentos en este momento?
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo, tanto de bienes como de servicios, cuando quien vende o presta el servicio es un empresario o profesional. “Es uno de los impuestos que más recaudan en España, junto con el IRPF, pero carece de progresividad”, explica Amadeo Fuenmayor, director de la Cátedra de Tributación Autonómica de la Universidad de Valencia.
En España hay tres tipos impositivos en vigor: el tipo general del 21%, el tipo reducido del 10% y el superreducido del 4%. Buena parte de los alimentos ya tienen un IVA superreducido del 4%. Es el caso del pan, las harinas, la leche, el queso, los huevos, las frutas, las verduras, las hortalizas, las legumbres, los tubérculos y los cereales, siempre que sean productos naturales. El resto de los alimentos, como la carne o el pescado y los vegetales elaborados para obtener otros productos para la alimentación humana o animal tienen un IVA reducido del 10%.
Se gravan con un 21% los zumos, las bebidas refrescantes, las gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos y las bebidas alcohólicas que “no serían alimentos como tal”, aclara Fuenmayor. Este experto explica que “aunque el IVA no sea un impuesto progresivo en sí mismo, busca cierta progresividad con los diferentes tipos de gravámenes para aplicar el más bajo a los bienes y servicios de primera necesidad y facilitar el acceso a las familias con rentas más bajas”. Aunque recuerda que “del IVA reducido y superreducido se benefician tanto las rentas altas como las bajas”.
España sí puede modificar el tipo impositivo de los alimentos
A la hora de reducir o modificar el IVA de los alimentos como de cualquier producto, un país puede hacerlo de dos modos. O modifica los tipos de gravamen en sí o opta por cambiar de categoría ciertos productos. En el caso de los alimentos se podrían gravar más al 4% en vez del 10% o reducir el tipo del 4% al 2% o el 3%, o incluso el 0%, para los que ya tienen el superreducido”, indica Fuenmayor. ¿Pero qué libertad tiene España para tomar este tipo de decisiones?
Rubén Gimeno, director del servicio de estudios del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) explica que España “en principio sí puede bajar el IVA de determinados productos”. Este experto indica que “aunque el IVA es un impuesto armonizado a nivel europeo que se rige por las directivas correspondientes a este tributo, cada país puede hacer modificaciones sin salirse de esas líneas”.
La directiva sobre el sistema común del impuesto sobre el valor añadido es la 2006/112 que se fundamenta sobre la base del artículo 113 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En ella se definen las bases del IVA. Sin embargo, Gimeno destaca que “en abril de 2022, en una directiva posterior (la 2022/542), se modificaron las normas del IVA en la UE.
Según esta directiva más reciente, el Consejo de Unión Europea considera en su quinto punto que “todos los Estados miembros deben tener las mismas posibilidades para aplicar tipos reducidos, que deben sin embargo seguir siendo la excepción con respecto al tipo normal”. E indica que esta igualdad de trato puede lograrse permitiendo a todos ellos que apliquen a los bienes y servicios admisibles, dentro de límites determinados, “un máximo de dos tipos reducidos de como mínimo el 5%, un tipo reducido inferior al mínimo del 5% y una exención con derecho a deducción del IVA soportado”.
El sexto punto explica que se debe “evitar la proliferación de tipos reducidos por motivos presupuestarios” y por ese motivo “los Estados miembros deben tener la libertad para aplicar un tipo reducido inferior al mínimo del 5% y una exención con derecho a deducción del IVA, pero solo a entregas de bienes y prestaciones de servicios cubiertas por un máximo de siete puntos en el anexo III de la Directiva 2006/112/CE, que hayan sido elegidos de entre las entregas de bienes y prestaciones de servicios que se considera que cubren necesidades básicas” entre los que se encuentran los relacionados con el suministro de productos alimenticios y el agua entre otros. “Y en ese anexo se especifican los productos alimenticios”, destaca Gimeno.
Los expertos no creen que bajar el IVA de los alimentos sea la mejor solución
A pesar de que sea viable una reducir el IVA de los alimentos los expertos consultados por Newtral.es coinciden en que no sería la mejor opción para resolver los problemas económicos de los españoles.
“Si el problema es que sube el precio de los alimentos lo que debemos resolver es eso, el por qué de esa subida de precios en vez de optar por quitar el IVA que ya es superreducido teniendo en cuenta que no hay mucho margen de bajada. Además, no creo que pasar del 4% al 0% en algunos productos se notase demasiado en los bolsillos de las familias”, reflexiona Fuenmayor que añade: “Cuando los políticos hablan de bajar el IVA no piensan tanto en cómo de útil es implementarlo, sino que buscan titulares”. “Yo no soy partidario de reducir impuestos para resolver otros temas generales de alza de precios”, añade este experto en línea con las declaraciones de la ministra de Hacienda.
Juan F. Robles, profesor de finanzas en el Centro de Estudios Financieros, también cree que “los consumidores apenas notarían la bajada” y advierte que incluso “podría ser contraproducente para ellos porque podría subir los precios finales por ajustes dentro de la propia cadena de producción”.
Robles cree que para ayudar a las familias “no tiene sentido tocar impuestos indirectos” y considera mucho mas útil trabajar sobre los directos como el IRPF y en ese punto propone deflactar los tramos más bajos.
Para Gimeno “conviene deflactar el IRPF pero de todos los tramos” y cree que “las ayudas directas (como la última de 200 euros) pueden ser buenas para las familias siempre que no tributen”. Como inconveniente recuerda que “cualquier reducción del IVA produce una merma en la recaudación del Estado y eso no ayuda con el elevado déficit y deuda pública que existe en España en este momento”.
- Rubén Gimeno, director del servicio de estudios del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF)
- Amadeo Fuenmayor, director de la Cátedra de Tributación Autonómica de la Universidad de Valencia
- Juan Fernando Robles, profesor de finanzas en el Centro de Estudios Financieros
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Tipos impositivos en el IVA en España de la Agencia Tributaria
- Directiva (UE) 2022/542 del Consejo de 5 de abril de 2022 por la que se modifican las Directivas 2006/112/CE y (UE) 2020/285 en lo que respecta a los tipos del impuesto sobre el valor añadido
- Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido