El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) resolvió el 16 de diciembre que los centros educativos catalanes deberán impartir, como mínimo, el 25% de las clases en castellano. Esto se traduce en que los profesores estarán obligados a utilizar este idioma en la asignatura de Lengua Castellana y en una materia troncal adicional, rompiendo así con el modelo de inmersión lingüística catalán.
La sentencia del TSJC puede recurrirse, y esa es la intención de la Generalitat, como ha confirmado el secretario de políticas educativas del Govern, Carles Martínez, en La Vanguardia. Esto significa que la dinámica del curso no se verá afectada hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el asunto.
Lo más importante
En las próximas semanas entrará en vigor la nueva reforma educativa en España, la LOMLOE (también conocida como “Ley Celaá”). Fue aprobada por el Senado el 23 de diciembre y podría ofrecer cobertura jurídica al modelo de inmersión lingüística.
- La LOMLOE elimina la calificación del castellano como “lengua vehicular”, algo que sí incluía la LOMCE del PP (popularmente conocida como “Ley Wert”), así como la afirmación de que “el castellano es la lengua oficial del Estado”. En su lugar, la nueva norma señala que “las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios”.
- ERC fue el partido impulsor de la enmienda que elimina la referencia del castellano como lengua vehicular del texto original. En él se recogía que “el castellano y las lenguas cooficiales tienen la consideración de lenguas vehiculares”. Esta frase, en su opinión, contradecía los programas de inmersión lingüística. Su evasión, por el contrario, la “blinda”, según aseguró la diputada republicana Montse Bassa en el Congreso.
- Desde el Govern se escudan en esta norma para defender que su sistema educativo no se verá alterado por la sentencia del TSJC. Así lo señaló el conseller de Educación, Josep Bargalló, quien vaticinó en su cuenta de Twitter que el fallo «no tendrá ningún efecto ni consecuencia».
¿Cuál es el contexto?
La inmersión lingüística empezó a aplicarse en Cataluña en 1983, con la Ley de normalización lingüística. Concretamente, el primer paso lo dieron 19 escuelas de Santa Coloma de Gramenet, donde las familias de muchos alumnos eran inmigrantes castellanoparlantes. Según los datos de la ONG Plataforma per la Llengua, en 1989 las escuelas catalanas que utilizaban este programa ya eran 700. No obstante, el modelo no se adoptó oficialmente hasta 1992. En 1993, medios como El País se hacían eco de la desaparición de la llamada “línea castellana” de las escuelas catalanas. Desde aquel momento, “la lengua vehicular de los centros será normalmente el catalán”, como recoge dicho artículo.
En los años posteriores esto no causó excesivo revuelo. El expresidente del Gobierno José María Aznar -que en 1996 necesitó el apoyo de CiU para formar gobierno- llegó a decir que incluso él hablaba catalán en la intimidad. Pero una década más tarde, en 2013, el PP aprobó la LOMCE, primera ley educativa en incluir el concepto “vehicular” para referirse al castellano. La ley anterior (LOE, del 2006) establecía que “las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos a recibir las enseñanzas en castellano, lengua oficial del Estado, y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios”. En 2015, la Abogacía del Estado presentó un recurso en el que invocaba la “inactividad” de la Generalitat en aplicar esta disposición.
¿Qué hay que tener en cuenta?
Sentencias como la del TSJC no se apoyan en la Ley Wert, sino que lo hacen en el fallo de 2010 del Tribunal Constitucional sobre el Estatut de Catalunya. Este reconoce que el catalán es “lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza”, pero alerta de que no puede ser “la única que goce de tal condición, predicable con igual título del castellano”. “El castellano no puede dejar de ser también lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza”, matiza el texto.
No obstante, el Constitucional no anuló los artículos de la Ley de Educación Catalana (LEC) de 2009. Dicha norma establece que el catalán “es la lengua normalmente utilizada como lengua vehicular y de aprendizaje del sistema educativo”. La sentencia tiene fecha del 11 de abril de 2019 y resuelve un recurso presentado en 2009 por el PP.
Sobre la LEC, Carles Martínez ha señalado que “es necesario modificar el título lingüístico” para que “haya una visión más integral de las lenguas”. Este trabajo será “prioridad en la próxima legislatura”, en sus palabras.
#Fact
El porcentaje del 25% se aplica desde el año 2012, aunque sólo en los casos en los que las familias así lo solicitan. Según los datos de la Asamblea por una Escuela Bilingüe en Cataluña, desde 2014 unas 80 familias han logrado implementar este porcentaje en los grupos escolares de sus hijos. Esto se traduce en unos 1.500 alumnos.
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