La ley de secretos oficiales en vigor no marca un límite temporal para desclasificar documentos pese a lo que dice Morant

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Foto: Ana Escobar (EFE)
“La ley permite la desclasificación [de documentos] solo a partir de los 45 años”
Tiempo de lectura: 3 min

La ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant, aseguró en una entrevista en Telecinco que “la ley permite la desclasificación (de documentos) solo a partir de los 45 años”, en relación al plazo para publicar los papeles del 23-F (minuto 3:25). 

  • “El pasado lunes [en referencia al 23 de febrero] se cumplían esos 45 años [del intento de golpe de Estado] y el Gobierno tenía dos opciones: seguir con los papeles clasificados o desclasificarlos […] Desde luego no con aquellos que todavía pueden ser percibidos como un tema de seguridad nacional”, añadía.

  • Morant trataba de justificar así por qué el Ejecutivo publicó ahora estos documentos (y no antes) y por qué lo hizo de manera parcial.

Es engañoso. La ley de secretos oficiales vigente no incluye plazos para desclasificar documentos oficiales; el plazo de 45 años que cita Morant coincide con lo que establece un proyecto de ley del Gobierno que aún no está aprobado. 

  • Además, esta última norma permitiría prorrogar solo una vez la fecha de publicación 15 años más, hasta los 60. 

Qué dice la ley. La norma que regula los secretos oficiales no obliga al Gobierno a desclasificar documentos como los del 23-F en un plazo o fecha concretos, como explicamos aquí

  • Esta norma, que viene del Franquismo y se modificó por primera y última vez en 1978, no establece plazos específicos; el texto solo indica que es “la autoridad encargada de la calificación” de secreto la que “indicará” cuánto va a durar (artículo tercero).

  • También permite “fijar una fecha límite” de este plazo, que tendría que reflejarse en una anotación del texto a desclasificar. En el caso de los del 23-F, esta no aparece ni en la orden publicada por el Gobierno ni en la web de Moncloa con los documentos.

  • Un apunte. Según la norma de 1968, la “autoridad encargada” de la clasificación es el Consejo de Ministros y la Junta de Jefes de Estado Mayor (artículo cuarto). 

El proyecto de ley del Gobierno sí propone fechas de desclasificación automáticas que, para documentos que se cataloguen como alto secreto, sería de 45 años (página 18). 

  • Prorrogables, eso sí, “únicamente en una ocasión” en 15 años más “ de manera excepcional y motivada”.

  • El texto sigue en plazo de enmiendas en el Congreso, así que no está vigente. Por tanto, no es la norma que rige el procedimiento aún, pese a lo que dice Morant.

Desde Newtral.es hemos preguntado al equipo de la ministra por su afirmación, pero no hemos obtenido respuesta por el momento.

Fuentes
  • Ley de secretos oficiales de 1968 y desarrollo normativo de 1969
  • Análisis de la Fundación Hay Derecho
  • Proyecto de ley de información clasificada
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