En el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves 18 de febrero se publica una orden con las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de Brasil y Sudáfrica a su llegada a España por la COVID-19.
Las variantes del SARS-CoV2 de estos dos países están asociadas a una mayor transmisibilidad, riesgo de reinfecciones y una posible disminución de la eficacia de las vacunas. Por este motivo, se están reforzando las medidas de control sanitario a la llegada de pasajeros procedentes de Brasil y Sudáfrica a cualquier aeropuerto español. “Es urgente porque todavía el impacto de estas variantes en nuestro país es muy limitado”, señala el texto.
Aislamiento de diez días y límite de desplazamientos
La orden publicada en el Boletín establece, en este sentido, que dichos viajeros deberán someterse a un aislamiento en su alojamiento durante diez días. Además, deberán limitar sus desplazamientos a la realización de actividades de carácter muy esencial como:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
- Causas de fuerza mayor o situación de necesidad
Este periodo se podrá reducir si al séptimo día se realiza una prueba diagnóstica de infección aguda con resultado negativo. Las autoridades sanitarias podrán contactar con estas personas para realizar su seguimiento. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán realizar las comprobaciones oportunas sobre el cumplimiento de esta cuarentena.
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