Novedades BOE: reparto de los primeros 6.000 millones del Fondo COVID-19

Pedro Sánchez en una reunión telemática | Borja Puig
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles una orden del Ministerio de Hacienda que concreta el reparto entre las comunidades del primer tramo del fondo de 16.000 millones para compensar los efectos de la pandemia en sus cuentas y garantizar la prestación de servicios.  

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Esta parte inicial del fondo, que “no es reembolsable” (las regiones no lo tendrán que devolver al Estado), se repartirá para destinarlos a los gastos sanitarios ocasionados por la crisis del coronavirus. Su distribución se hará siguiendo el siguiente criterio: la “población protegida” con la que cuenten, el número de pruebas PCR realizadas, la cantidad de casos notificados y las personas hospitalizadas e ingresadas en la UCI. Y su libramiento se realizará “antes de finalizar el mes de julio”. 

La Comunidad de Madrid (1.495.746,47 miles de euros) y Cataluña (1.246.525,83 miles de euros) son las que más casos de coronavirus registran y, también, las que más dinero van a recibir. De hecho, entre las dos acumulan el 45,7% del total.

A este primer tramo le seguirán otros tres: 2.000 millones para Educación que se repartirán en septiembre; 3.000 millones a entregar en noviembre destinados al gasto sanitario; y 5.000 destinados a compensar la reducción de ingresos por la caída de la actividad económica con noviembre, también, como fecha para su distribución. 

Las becas en el curso 2020-2021

El Consejo de Ministros aprobó este martes la cuantía y el umbral de renta y patrimonio familiar para el reparto de becas y ayudas del próximo curso escolar, que hoy quedan fijados en un real decreto publicado en el BOE. 

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En las referencias de la reunión del Gobierno se cifra en 1.900 millones el presupuesto para este fin, que incluye ayudas para bachillerato, Formación Profesional, grado y máster, entre otros, así como prestaciones para estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo. Además del aumento (+22%) que esta cantidad supone con respecto al año anterior, la norma incluye modificaciones a la hora de concederlas. 

En primer lugar, recoge un incremento de 100 euros de la cuantía recibida para la enseñanza postobligatoria no universitaria, grado y máster: 1.700 euros la ligada a la renta (antes, 1.600), 1.600 euros la relacionada con la residencia durante el curso (antes, 1.500) y 300 euros la beca básica (antes, 200).

En lo referido a lo académico, el real decreto establece el 5 como nota de acceso a las becas no universitarias (antes era de un 5,5) y, en el caso de las universitarias, suprime la obligación de superar determinados créditos con una nota para mantenerla. Bastará con aprobar y, además, en menor proporción que antes. En el caso de la exención del pago de matrícula, el requisito se mantiene como hasta ahora, en un 5. 

Respecto a las condiciones de renta familiares, los solicitantes se dividen en tres umbrales. La cantidad que pueden recibir quienes se encuentren en el primero asciende casi hasta el umbral de pobreza (para familias de un miembro va de los 8.422 a los 8.871 euros). 

Cambio en el canon para los chiringuitos 

El BOE lleva también un real decreto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por el que se adapta la gestión del canon de ocupación y aprovechamiento del Dominio Público Marítimo Terrestre a la situación de la pandemia. 

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Podrán beneficiarse los establecimientos de hostelería que cuenten con “autorizaciones y concesiones de servicios de temporada en playas y establecimientos expendedores de comidas y bebidas” (los chiringuitos, por ejemplo) y hayan visto reducidos sus beneficios por la imposición del cese de actividad, la disminución del aforo y la necesidad de guardar la distancias. 

Todos ellos podrán no abonar el canon correspondiente al periodo en que se obligó a parar a todos los servicios no esenciales (si lo han pagado, se devolverá a petición del interesado). De igual modo, tendrán el derecho de ajustar el pago del canon al porcentaje de limitación del aforo o al número de elementos que se puedan instalar sobre la superficie de dominio público con la que cuenten. 

Otras disposiciones del BOE: