Una reclamación de Ciudadanos ante la JEC, detonante del proceso que terminó en la inhabilitación de Quim Torra

upremo confirma la inhabilitación de Quim Torra
Andreu Dalmau (EFE)
Tiempo de lectura: 13 min

El 28 de septiembre el Tribunal Supremo confirmaba “íntegramente” la condena que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) impuso a Quim Torra por un delito de desobediencia: un año y seis meses de inhabilitación especial tanto para ejercer un cargo público electivo como para desempeñar funciones de Gobierno y una multa de 30.000 euros. 

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Tras hacerse pública la decisión del Alto Tribunal, Vox, PP y Ciudadanos aseguraron que el proceso que ha culminado en su marcha de la Generalitat se había iniciado gracias a ellos, respectivamente. 

En el PP, tanto Pablo Casado como Teodoro García Egea señalaban un recurso interpuesto por su partido el 3 de enero de 2020 ante la Junta Electoral Central.

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Precisamente, en respuesta al secretario general del PP, Javier Ortega Smith argumentaba que la inhabilitación había sido posible debido a la querella presentada por Vox. Un argumento en línea con el manifestado por Iván Espinosa de los Monteros

Por su parte, Inés Arrimadas aseguraba lo mismo: “Los espacios públicos son de todos y un dirigente político no puede saltarse las leyes para inundarlos con propaganda separatista. Por eso desde Ciudadanos denunciamos a Torra, iniciando así una causa que hoy acaba con su inhabilitación”.

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Los expertos consultados por Newtral.es confirman que el proceso penal que terminó con la sentencia del Tribunal Supremo se inició con la querella de la Fiscalía ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña; precedida por las denuncias que Ciudadanos y PP presentaron al Ministerio Fiscal. Y esto vino como consecuencia de la orden a Torra que la Junta Electoral Central emitió tras la reclamación presentada por el partido naranja.

Repasamos, punto por punto, todo el proceso.

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7 de marzo de 2019. Ciudadanos presenta una reclamación ante la Junta Electoral Central. 

Pedro Sánchez ya había convocado las elecciones generales anticipadas del 28 de abril de 2019 y, por lo tanto, España enfilaba la carrera hacia las urnas. En este periodo, la Junta Electoral Central (JEC) es el órgano encargado de vigilar la “objetividad” de todo el proceso, incluido el mantenimiento de la neutralidad política por parte de los poderes públicos.

Partiendo de ello, el 7 de marzo Ciudadanos presentó un recurso ante la JEC por “la exhibición de símbolos ideológicos o partidistas en edificios y espacios públicos” de la Generalitat. El día 11, la Junta Electoral Central recordó que consideraba el lazo amarillo y la estelada “símbolos partidistas” y, por lo tanto, no neutrales. Requería, con ello, a Quim Torra que ordenara su retirada en un “plazo máximo de 48 horas”.

15 de marzo de 2019. Ciudadanos presenta una denuncia ante la Fiscalía Superior de Cataluña 

Ante la omisión de Quim Torra, Inés Arrimadas y Carlos Carrizosa presentaron una denuncia ante la Fiscalía Superior de Cataluña: “Venimos a poner en conocimiento de la Fiscalía el incumplimiento del señor Torra de lo que le ha ordenado a hacer la Junta Electoral Central”, argumentaba. 

Por su parte, el PP presentó otra denuncia ante la Fiscalía General del Estado, que la remitió a la Fiscalía del TSJC por ser el órgano competente. Informaba La Vanguardia de que Teodoro García Egea había sido el encargado de presentarla. 

En un acto, Pablo Casado lo anunciaba así (min. 0:47 del vídeo): “Tenemos hoy preparado el recurso a la Fiscalía General del Estado para recurrir la negativa del señor Torra para quitar los lazos amarillos, esos emblemas que llenan las calles y plazas de Cataluña y que insultan a la democracia y al estado de derecho de España”. 

18 de marzo de 2019: la JEC reitera su orden a Torra

El presidente de la Generalitat mantuvo los símbolos independentistas e hizo caso omiso a la orden de la JEC, que el 18 de marzo le reiteró la obligación de retirarlos. En este caso le dio 24 horas de margen, advirtiéndole de “las responsabilidades administrativas y, en su caso, penales en que “podría incurrir”.

Quim Torra no cumplió con el acuerdo y remitió al órgano electoral un documento pidiendo unas aclaraciones que la JEC desestimó. En paralelo, la entonces portavoz del Govern, Elsa Artadi, dejaba claro que el presidente catalán no pretendía retirar ninguno de los símbolos: “Ahora mismo mantiene la pancarta en el Palau y no actúa a instancias del requerimiento de la Junta Electoral Central”.

21 de marzo de 2019: tercer aviso de la JEC a Torra

A la tercera, la Junta Electoral Central exigió al conseller de Interior que “de forma inmediata” diera instrucciones a los Mossos d’Esquadra para que retiraran los símbolos. El órgano electoral señalaba, además, que durante este tiempo Torra había sustituido estos elementos por otros: “Lejos de representar algún grado de cumplimiento aparente, supone una reiteración de la vulneración». Esta vez se cumplió la orden y se recogieron de las fachadas. 

En paralelo, la JEC acordó abrir un expediente sancionador al presidente de la Generalitat y remitir la información a la Fiscalía General del Estado “por la responsabilidad penal” que pudiera tener. 

22 de marzo de 2019: la Fiscalía estudia el acuerdo de la JEC

La Fiscalía General del Estado recibió el acuerdo de la Junta Electoral Central y lo remitió a la Fiscalía de Cataluña para que, una vez tuviera conocimiento de todas las actuaciones, procediera a “ejercitar acciones penales, interponiendo la correspondiente querella”.

1 de abril de 2019: el TSJC admite la querella del Fiscal General de Cataluña y abre una causa contra Torra 

Según recoge la sentencia que dictó después, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña abrió una causa contra Quim Torra tras haber admitido la querella del Fiscal Superior de Cataluña

“El presente Procedimiento Abreviado se abrió por transformación de las Diligencias Previas tramitadas ante este mismo Tribunal con el nº 1/2019, iniciadas a instancias de la querella del Fiscal Superior de Cataluña, dictándose Auto de admisión de la misma en fecha 1 de abril de este año”

Sentencia Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

3 de abril de 2019: Vox formula una querella contra Torra

Dos días después, el partido liderado por Santiago Abascal formuló una querella contra el presidente de la Generalitat. El juez instructor requirió a Vox una fianza de 15.000 euros para poder ser parte en el proceso, la formación los recaudó y el 26 de abril fue admitido como acusación popular

18 de noviembre de 2019: Torra declara ante el TSJC y admite que desobedeció a la JEC

El presidente de la Generalitat acudió a declarar al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el 18 de noviembre. En su comparecencia, reconoció abiertamente el desacato a la directriz de la Junta Electoral Central por considerar que no tenía las competencias para dictarla: “No la cumplí. O, digámoslo de otra manera: sí, la desobedecí. Pero es que era imposible cumplir una orden ilegal”.

19 de diciembre de 2019: el TSJC condena a Torra a un año y seis meses de inhabilitación especial

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó la sentencia que condena a Quim Torra por un delito de desobediencia a un año y seis meses de inhabilitación especial tanto para el ejercicio de cargo público electivo como para el desempeño de funciones de Gobierno. También le impone una multa de 30.000 euros.

El líder independentista anunció que recurriría la sentencia ante el Tribunal Supremo. La consideraba una “desproporción” y avisaba: “A mí no me inhabilitará un tribunal con motivaciones políticas, eso solo lo puede hacer el Parlament”.

20 de diciembre de 2019: el PP solicita que se le retire el acta de diputado a Torra

Un día después de la sentencia, el Partido Popular solicitó a la Junta Electoral Provincial de Barcelona “la inelegibilidad” de Torra. Días después lo pidieron también Ciudadanos y Vox, pero el órgano rechazó la opción por no ser firme la condena. 

3 de enero de 2020: la JEC resuelve el recurso de PP, Vox y Cs

La Junta Electoral Central se pronunció sobre el recurso planteado por PP, Ciudadanos y Vox contra la decisión del órgano electoral de Barcelona. La JEC estimó el de los populares y, parcialmente, el de las otras dos formaciones y concluyó que concurría en Quim Torra la “causa de inelegibilidad sobrevenida”. 

En consecuencia, acordó “dejar sin efecto” su credencial como diputado de la Cámara catalana. En esta línea, ordenó que se declarara “vacante” el puesto y que se le asignara al siguiente candidato de la lista de Junts per Catalunya por Barcelona. 

10 de enero: el Tribunal Supremo rechaza el recurso de Torra

El líder independentista recurrió la decisión de la JEC pidiendo la suspensión cautelarísima del acuerdo, pero la Sala Tercera del Tribunal Supremo desestimó la posibilidad.

El presidente de la Generalitat pretendía que su inhabilitación quedara en suspenso, pero el Alto Tribunal lo rechazó al “no apreciar las razones de especial urgencia que se requieren para una suspensión de ese tipo”. 

13 de enero: los letrados del Parlament consideran que Torra puede seguir como presidente 

Todo este proceso se desarrolló con un debate de fondo: si Torra podía seguir al frente de la Generalitat sin ser diputado. El Estatut establece en su artículo 67 que el presidente tiene que ser elegido “por el Parlament entre sus miembros” y, por lo tanto, había quienes pensaban que, al perder esta condición, también tendría que abandonar el Govern. 

El 13 de enero, tras varios cambios de criterios, los servicios jurídicos de la Cámara catalana estipulaban que no tenía por qué ser así: “El eventual cese en la carrera de diputado por causa de inelegibilidad no afectaría a su continuidad en la carrera de presidente de la Generalitat”. 

27 de enero: Roger Torrent retira el acta de diputado a Torra

En cumplimiento con la resolución de la Junta Electoral Central, el presidente del Parlament, Roger Torrent, retiró el acta de diputado a Quim Torra. En una intervención, Torrent rechazó la imposición de la JEC, pero aseguró que había tomado la medida para “conciliar dos intereses”. Por un lado, “la defensa de la presidencia de Quim Torra” y, por el otro, “la protección de la validez de los acuerdos” de la Cámara autonómica. 

A los pocos días, el todavía líder del Govern aseguraba que la legislatura no tenía “más recorrido político” debido a las desavenencias con sus socios de gobierno. Anunció que convocaría elecciones anticipadas cuando se aprobaran los nuevos Presupuestos, pero llegó el coronavirus y los comicios pasaron a un segundo plano.

5 de febrero: el Parlament recurre la decisión de la JEC

El 5 de febrero el pleno del Parlament aprobó presentar un recurso ante el Tribunal Supremo contra la decisión de la JEC. El letrado que firmó el documento, emitió una nota aclaratoria -recogida por Europa Press- en la que insistía en que Torra podría seguir al frente del Govern incluso aunque perdiera su escaño. 

Según confirman fuentes de la Cámara catalana a Newtral.es, en estos momentos continúan a la espera de que el Alto Tribunal resuelva el recurso.

28 de septiembre de 2020: el Tribunal Supremo confirma la sentencia del TSJC

El Alto Tribunal confirmó íntegramente la sentencia del TSJC. El 30 de septiembre se publicaba en el Boletín Oficial de la Generalitat de Cataluña el decreto por el que Pere Aragonés -hasta ahora, vicepresidente- pasaba a sustituir a Quim Torra al frente del Govern. 

La reclamación de Ciudadanos está en el origen 

Según explica el profesor en Derecho Constitucional de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) Josep Pagès, en la inhabilitación de Quim Torra convergieron tres procesos: “uno penal, otro contencioso-administrativo y otro parlamentario”. 

Ha sido el primero -el penal- el que ha culminado con la sentencia del Tribunal Supremo que confirmaba la condena al líder independentista. Este comenzó con la querella de la Fiscalía ante el TSJC -precedida por la denuncia de Cs y el PP-, que a su vez llegó por la negación de Torra a cumplir con las órdenes de la JEC. Y el órgano electoral, por su parte, respondía con su acuerdo a una reclamación hecha por Ciudadanos. “No hay ninguna duda”, confirma Pagès. 

Lo respalda también el abogado penalista especializado en delitos económicos y contra la Administración pública del Colegio de Abogados de Sevilla, Juan Carlos Alférez: “La sentencia lo explica bien claro, el proceso penal comienza por la querella de la Fiscalía, el proceso no pudo empezar de otra manera”. 

Y continúa: “Una cosa distinta es quién dio lugar a la actuación de la Junta Electoral Central. Aquí se ve que Ciudadanos fue el motor de arranque de la orden de la JEC, que luego sería la constitutiva de la desobediencia. Y ciertamente, sin esta denuncia, no se habría producido la orden de retirada de las pancartas, no habría habido desobediencia y no habría habido condena”.

Newtral.es se ha puesto en contacto con el PP y Vox para conocer en qué asentaban sus declaraciones. Del segundo no se ha obtenido respuesta, mientras que los populares insisten en asegurar que la inhabilitación de Quim Torra y su marcha de la Generalitat es debido a su recurso ante la Junta Electoral. 

Fuentes: