Cuándo sabré si me toca acudir a la mesa electoral en las elecciones de Galicia: se notificará a finales de enero

mesa electoral elecciones Galicia
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A poco más de un mes para la celebración de las elecciones autonómicas de Galicia, el 18 de febrero, los votantes deben saber que les puede tocar formar parte de la mesa electoral, una tarea que es obligatoria y que de no cumplir, está sujeta a sanciones. Para quedar exento de ello, si se tienen motivos justificables, hay que presentar una alegación ante la Junta Electoral de Zona que explique la razón por la que no se puede acudir ese día a la mesa. 

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Te explicamos cómo y cuándo sabrás si te ha tocado ser miembro de la mesa electoral de las autonómicas de Galicia. 

Elecciones en Galicia: cuándo sabré si me ha tocado formar parte de la mesa electoral

Sorteos. Como recoge la Xunta de Galicia, los miembros que deben formar parte de la mesa electoral (presidente, vocales y suplentes) se elegirán por medio de un sorteo público que se realizará entre el 20 y 24 de enero

Notificación. Los ciudadanos gallegos que hayan sido elegidos en el sorteo para ser parte de la mesa electoral en las elecciones gallegas recibirán una notificación entre el 21 y 27 de enero

¿Qué ocurre si no estoy en casa? 

  • Como explica la Junta Electoral de Zona de A Coruña, los ayuntamientos de cada municipio se encargan de elegir quién va a realizar la entrega de las notificaciones a los electores seleccionados como miembros de la mesa. Por ejemplo, estas cartas pueden ser entregadas por la policía local  o personal de Correos, entre otros. 
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  • En caso de no poder hacer la entrega porque la persona no está en casa, también depende de cada ayuntamiento “asegurarse” de que se establezca la comunicación, que puede “insistir” para averiguar su paradero, ya sea por teléfono, correo electrónico, u otros medios. 

Funciones de los miembros de la Mesa Electoral. Junto a esta notificación, también se entregará a los miembros de las mesas un manual de instrucciones sobre sus funciones.

Dietas a percibir. Según el artículo 28 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, las personas designadas para los cargos de presidente y vocal de las mesas electorales tienen derecho a percibir un permiso. En las pasadas elecciones autonómicas y municipales percibieron 70 euros

  • Únicamente tendrán derecho a esta dieta las personas con la condición de titulares, por lo que los suplentes solo la recibirán cuando adquieran dicha condición. 
  • La dieta se entregará en un importe único, independientemente del tiempo de la jornada electoral que se haya desempeñado en el cargo. 

Qué motivos existen para evitar la mesa electoral el 18 de febrero 

Como te explicamos en Newtral.es, hay diversas causas por las que se puede evitar acudir a una mesa electoral y están contempladas en el artículo 27.3 de la LOREG. Estas abarcan situaciones personales, familiares y laborales, como ser monja de clausura, ser mayor de 65 años, estar al cuidado de menores de 14 años o tener eventos familiares de especial relevancia e irremplazables. 

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En ese sentido, las personas designadas tienen la posibilidad de presentar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada que impida aceptar el cargo. 

  • El plazo para presentar alegaciones es de 14 días, desde el 21 de enero hasta el 3 de febrero.
  • Por su parte, la Junta tiene desde el 22 de enero hasta el 8 de febrero para comunicar la resolución de las alegaciones presentadas. En caso de que hubiera pasado el período de alegaciones y se tuviera una causa que impidiera acudir al cargo, existe un periodo del 4 al 18 de febrero para notificar dicho impedimento.
Fuentes
  • Xunta de Galicia
  • Artículo 27.3 de la LOREG
  • Junta Electoral Central
  • Junta Electoral de Zona de A Coruña
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1 Comentarios

  • me tocó al cargo de Mesa Pretendienta Suplente, ¿Qué funciones debo desempeñar como Presidenta 2ª Suplente en la mesa en el caso de que el Presidente/a no vaya?