Qué se vota en el Congreso: se aprueba definitivamente la ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Ley Ingreso Mínimo Vital IMV
(Shutterstock)
Tiempo de lectura: 7 min

Después de un año y medio de la convalidación de un real decreto ley que establece el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y de tramitarse como proyecto de ley, esta ayuda se ha sometido a su último trámite parlamentario este jueves 16 de diciembre con la votación de las enmiendas del Senado.

Publicidad

A quién afecta. A personas de 23 años como mínimo (o 18 si hay menores a cargo) que no se estén beneficiando de una pensión contributiva -o no- por jubilación o incapacidad y que, aún compartiendo domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella.

También se pueden acoger a la prestación las mujeres víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos y explotación sexual. A este colectivo no se le exigirá el requisito de la edad, siempre y cuando la víctima sea mayor de edad.

Por qué es importante. Esta es la última votación antes de convertirse definitivamente en ley, y entrará en vigor el mismo día de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Además, el Ingreso Mínimo Vital es una ayuda que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.

Una ley que ha sufrido algunas modificaciones

El Gobierno aprobó esta prestación mediante decreto ley durante la pandemia ocasionada por la COVID-19, un periodo marcado por el aumento de la vulnerabilidad económica por la pérdida de empleo. Debido a esta situación, el texto ha ido sufriendo algunos cambios hasta hoy, como una ayuda por hijo de entre 50 a 100 euros mensuales para las familias que se estén beneficiando del IMV.

Esta ayuda estaba destinada a las personas que trabajaban y que tenían hijos entre los 0 y 3 años, pero ahora se ha ampliado para incluir a aquellos individuos que no están trabajando y quedaría de la siguiente manera:

Publicidad
  • 100 euros al mes por cada hijo entre los 0 y 3 años.
  • 70 euros al mes entre los 3 y 6 años.
  • 50 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años.

[Informe FOESSA: los hogares que nunca llegaron a recuperarse de la crisis de 2008 son los más perjudicados con la crisis COVID-19]

Las incorporaciones del Senado a la ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV)

El pleno del Congreso de los Diputados ha votado a favor de las enmiendas incorporadas por el Senado. Previamente, el pasado 2 de diciembre, la comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de la Cámara alta incorporó al texto cuatro enmiendas del PSOE entre las 166 presentadas.

  • Más personas incluidas. No se excluirá como beneficiarias del IMV a las personas que se integren en una unidad de convivencia en la que cualquier miembro haya sido administrador de una empresa que “haya cesado su actividad”.
  • Personas con discapacidad. La ley del Ingreso Mínimo Vital contemplará que el patrimonio “destinado a la satisfacción de las necesidades vitales” de este colectivo compute a efectos de cálculo.
  • Inserción social. No será necesario que consten como demandantes de empleo para acceder a esta prestación las personas que primero necesiten una inserción social, como casos de drogadicción, ludopatías o enfermedades mentales.
  • Fondo específico. Se elimina crear este fondo para costear los gastos de gestión que el IMV supone para los ayuntamientos porque “es inviable” que el Instituto Nacional de la Seguridad Social “asuma su gestión” por su “complejidad”.

Ojo al dato: 3 de cada 4 solicitudes del IMV han sido denegadas

Según la nota de prensa de noviembre de 2021 de la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales, el 8,04% de la población española que está bajo el umbral de la pobreza se beneficia del IMV, es decir, el 1,7% de la ciudadanía.

Publicidad

Asimismo, 3 de cada 4 solicitudes de esta prestación han sido rechazadas -el 73%- debido a, desde el punto de vista de la Asociación, “la complejidad del procedimiento y los exigentes requisitos”. Por su parte, se le ha concedido el IMV a 800.000 personas, una tercera parte de los beneficiarios previstos por el Ejecutivo: 2.300.000 personas.

[El laberinto para pedir el Ingreso Mínimo Vital continúa más de un año después: “La burocracia está contra las personas”]

El siguiente gráfico muestra cómo la cobertura del Ingreso Mínimo Vital por comunidades autónomas es desigual en España. Illes Balears, Castilla-La Mancha, Canarias y Cataluña tienen una cobertura menor al 6%.

Publicidad

¿Qué se ha votado hoy?

El pleno de la Cámara baja votaba si aceptaba o rechazaba las enmiendas introducidas por el Senado a la ley que establece el Ingreso Mínimo Vital. Estas necesitaban una mayoría simple -más síes que noes- para ser aprobadas.

  • Jerga parlamentaria. De acuerdo con el Reglamento del Congreso, esta última fase del trámite parlamentario antes de convertirse en ley es denominada como ‘deliberación sobre acuerdos del Senado’.

[¿Cómo se elabora una ley? El proceso, en 5 pasos]

Cómo ha quedado la votación. El Congreso de los Diputados ha incorporado a dicha norma las enmiendas de la Cámara alta con 169 votos a favor frente a 98 en contra y los 63 diputados que se han abstenido.

Puntos clave de la ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV)

  1. Requisitos.
  • Tener la residencia “legal y efectiva en España” de forma continuada e ininterrumpida en el año anterior a solicitar la prestación. Este requisito no se exigirá a víctimas de violencia de género o explotación sexual.
  • Demostrar que se vive en una situación de “vulnerabilidad económica”. La norma fija esta situación en que el promedio de ingresos mensuales sea, al menos, diez euros inferior a la cantidad que el IMV tiene previsto para sus casos.
  • Haber pedido las pensiones y prestaciones a las que se tenga derecho.
  1. Cálculo de la cantidad percibida. La renta garantizada para un adulto será de 469,93 euros mensuales en doce mensualidades. Si se trata de una unidad de convivencia, esta cifra se incrementará 140,98 euros por cada persona ‘adicional’ hasta un máximo de 1.033,85 euros al mes. Por su parte, las familias monoparentales recibirán un suplemento de 103,39 euros.
  • ¿Cómo se calcula el IMV? La prestación consistirá en la diferencia entre los ingresos mensuales de la persona o unidad de convivencia y la renta garantizada en cada caso.
  1. Compatibilidad con otros ingresos. La ley del Ingreso Mínimo Vital recoge que, siempre que no se supere el umbral fijado, esta ayuda es compatible con otros ingresos como los laborales o con ayudas de tipo finalista, como becas al estudio o ayudas por la vivienda.
  1. La solicitud. Se hará “preferentemente” a través de la web o los canales telemáticos que tiene habilitado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que cuenta con un “plazo máximo de tres meses” para tramitar la solicitud.
  • Presentación. A partir del 15 de junio de 2020 se pueden empezar a presentar las peticiones. Quienes lo hicieran antes del 1 de enero de 2021, cobrarán el IMV de forma retroactiva desde el 1 de junio de 2020, según se plasma en la ley.