Nos habéis preguntado a través de nuestro servicio de verificación por WhatsApp (+34 627 280 815) si el Gobierno prepara una reforma de la Ley de Seguridad Nacional que le legitime para movilizar a todos los españoles mayores de edad y requisar sus bienes, tal y como se afirma en diferentes mensajes virales y portales a partir de la publicación de un anteproyecto al que ha tenido acceso El País. En rigor, se trata de un informe de anteproyecto que aún tiene que ser aprobado, pasar a trámite por las Cortes y sólo se aplicaría en casos en los que esté en riesgo la seguridad nacional, como explicamos a continuación.
Esta reforma de la Ley de Seguridad Nacional estaba pendiente desde 2016. De hecho, la propia ley, aprobada en 2015, ya decía lo siguiente: “El Gobierno, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, deberá remitir al Congreso de los Diputados un proyecto de ley reguladora de la preparación y disposición de la contribución de recursos a la Seguridad Nacional”. Sin embargo, esto no se ha hecho hasta ahora.
Ya el pasado 22 de junio, el Consejo de Ministros aprobó el informe de dicho anteproyecto de ley que reforma la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional. El objetivo es, como quedaba pendiente hacer desde 2016, especificar qué recursos puede emplear el Gobierno ante una “situación de interés para la seguridad nacional”. Es decir, en una crisis en la que esté comprometida la seguridad del país.
¿Qué es una situación de interés para la seguridad nacional?
El anteproyecto que pretende aprobar el Gobierno sirve para delimitar qué recursos pueden tener las autoridades para reaccionar ante una “situación de interés para la seguridad nacional”; pero, ¿qué es esto? La Ley de Seguridad Nacional define esta situación en su artículo 23 como “aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes”.
En particular, se refiere a situaciones en las que estén comprometidos ciertos ámbitos sensibles para la seguridad nacional. La ley de 2015 precisa en su artículo 10 que “se considerarán ámbitos de especial interés de la Seguridad Nacional aquellos que requieren una atención específica por resultar básicos para preservar los derechos y libertades, así como el bienestar de los ciudadanos, y para garantizar el suministro de los servicios y recursos esenciales”.
Estos son, según la propia ley, la ciberseguridad, la seguridad económica y financiera, la seguridad marítima, la seguridad del espacio aéreo y ultraterrestre, la seguridad energética, la seguridad sanitaria y la preservación del medio ambiente.
Por tanto, el anteproyecto en el que trabaja el Gobierno pretende definir con qué recursos se puede atajar un problema de seguridad en estos ámbitos sensibles. Quien tiene la potestad para activar la situación de interés para la seguridad nacional es, en base a la Ley de Seguridad Nacional, el presidente del Gobierno.
Pero, ¿me pueden llamar a filas o requisar mis bienes con la Ley de Seguridad Nacional?
El periódico El País ha publicado esta semana algunas claves de lo que supondrá este anteproyecto de reforma de la Ley de Seguridad Nacional, incluyendo la posibilidad de que el Gobierno pueda “proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, a la intervención u ocupación provisional de los que sean necesarios o a la suspensión de todo tipo de actividades”, según el periódico.
Asimismo, los mayores de edad podrán ser obligados a realizar “prestaciones personales” que exijan las autoridades competentes, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional y siempre y cuando exista una situación de especial interés para la seguridad nacional. Sin embargo, estos extremos aún no han sido plasmados en ningún documento de acceso público y se trata de información a la que ha tenido acceso El País.
El Gobierno ya podía requisar bienes y obligar a realizar prestaciones personales en casos de emergencia
En cualquier caso, la posibilidad de requisar bienes de forma temporal en una situación de crisis ya viene contemplada en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, que establece que “cuando la naturaleza de las emergencias lo haga necesario, las autoridades competentes en materia de protección civil podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes”.
Esta misma ley recoge que “en los casos de emergencia, cualquier persona, a partir de la mayoría de edad, estará obligada a la realización de las prestaciones personales que exijan las autoridades competentes”. Por tanto, se pretende que esto que ya estaba contemplado para casos de emergencias también se aplique en situaciones que comprometan la seguridad nacional.
Regular la producción industrial en situaciones de crisis
Lo que sí ha publicado la Moncloa es que uno de los objetivos de la reforma de Seguridad Nacional es “regular la producción industrial de España en función de las necesidades dictadas por la situación de crisis”, como recoge la referencia del Consejo de Ministros del 22 de junio, cuando se aprobó el informe del anteproyecto.
Así se pretende evitar una “dependencia del abastecimiento exterior”, como ocurrió, por ejemplo, al principio de la pandemia del coronavirus. De hecho, en la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 esto hubiera permitido intervenir industrias para producir mascarillas o respiradores ante una escasez de producción, como sí hizo Estados Unidos invocando una antigua ley.
El Gobierno también informó de que el anteproyecto pretende regular la Reserva Estratégica basada en las Capacidades Nacionales de Producción Industrial (RECAPI) para atajar “la fragilidad del flujo comercial internacional de los recursos y materiales necesarios”.
Además, se prevé asignar “nuevas facultades al Consejo de Seguridad Nacional relacionadas con la elaboración del catálogo de recursos del Sistema de Seguridad Nacional y de la Reserva Estratégica basada en las RECAPI”.
¿Esto es definitivo?
Sin embargo, todo esto está sujeto a una posterior aprobación en el Consejo de Ministros y a un trámite parlamentario, tanto en el Congreso de los Diputados como en el Senado, que puede modificar mediante enmiendas el articulado de la ley. Además, al significar una posible alteración en los derechos y libertades fundamentales, esta reforma tendrá que ser tramitada como ley orgánica, lo que exige una aprobación por mayoría absoluta en el Congreso.
¿Qué es el Consejo de Seguridad Nacional?
El Consejo de Seguridad Nacional, que ─según el anteproyecto de Ley de Seguridad Nacional al que ha tenido acceso El País─ es quien tiene potestad para determinar que los españoles de más de 18 años estén obligados a realizar “prestaciones personales” o ceder sus bienes en pos de la seguridad nacional, es el órgano que asiste al presidente del Gobierno en la dirección de la política de Seguridad Nacional.
Lo componen el presidente del Gobierno, los vicepresidentes (en caso de haberlos) y los ministros de Asuntos Exteriores, Justicia, Defensa, Hacienda, Interior, Fomento, Industria, Energía, Presidencia, Economía y Sanidad; además del jefe de Estado Mayor de la Defensa, el secretario de Estado de Seguridad, el director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), el director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno y el secretario de Estado de Exteriores.

Fuentes:
- Ley de Seguridad Nacional 36/2015, de 28 de septiembre,
- Ley del Sistema Nacional de Protección Civil
- Referencia del Consejo de Ministros del 22 de junio
- El País
- BBC
Por favor entren en razón. No quiero vivir en una dictadura. No voten a este partido nunca más. Que miedo ?
Pues nada... Ya tienen lo que querían... Tenernos a todos trabajando como negros para cuando les venga en gana quitarnos nuestros bienes con cualquier excusa tonta... Felicidades a los votantes del PSOE... Lástima de España... Dentro de 4 días os vais a joder y a nosotros también... Y dicen que esto de aquí es una democracia... Vaya futuro nos espera....
Yo tengo una pregunta interesante, o al menos es interesante para mi. ¿Qué ocurriría en el caso de estar viviendo en el extranjero? y no me refiero a estar de vacaciones unos meses, si no a llevar 4 años (de momento) viviendo en otro país Europeo y estar completamente establecido aquí (y registrado en el consulado). ¿Podrían llamarme a volver a España a prestar servicios personales?
1.-Habla de los españoles. De todos
2.- Entiendo que si no se realiza una prestación obligatoria por estar en el extranjero, caben dos posibilidades: Establecer una excepción, o una penalización a su regreso a España.
Un paso mas hacia el estado totalitario español.
Si la ley ya estaba puesta hace tiempo por qué la gente se preocupa ahora ?
Donde puede consultare ese borrador?
Del derecho de pernada no se ha dicho nada aún?
Con sus socios ya lo tiene hecho, así que la Ley será aprobada. Otra oleada de inmigrantes, por ejemplo y adiós a los ahorros.
Está clarito, ante la declaración inconstitucional del primer estado de alarma bloqueada por el presidente del TC y de la imposibilidad de los políticos de imponer otras restricciones por resoluciones judiciales, estos dictan leyes para hacer y deshacer lo que les dé la gana. Y eso ocurre porque no hay
separación de poderes y por ende democracia y desde luego ya ni siquiera tenemos libertad. Si los trabajadores de newtral tuvieran consciencia dejarían de lavarle la cara al gobierno, pero como carecen de ella nos quieren hacer creer que estos partidos "progresistas" son mejores que los otros cuando la realidad es que da igual que da lo mismo. Os deseo una corta vida laboral.
Lo cierto es que la exposición de las acciones de PSOE y Podemos por Newtral no pueden estar mas dirigidas. Es lamentable que vayan de verificadores cuando son panfleteros políticos.
Yo nos estamos pareciendo,cada vez más al comunismo. Puro. Duro,gobierno progresista,jajaj
Los fragmentos que más afectan a la propiedad y a la obligatoriedad de acciones para mayores de edad estaban ya en la ley creada y aprobada en 2015 por el gobierno de Rajoy junto a la "ley mordaza"
Newtrola no habla, que con este proyecto de Ley, el Gobierno Totalitario Progresista se puede hacer con el control ejecutivo de los Medios de Comunicación para que Divulgue las mentiras que quiera. Vamos, que de ser aprovado tendremos un Gobierno Bolivariano que podrá hacer y deshacer a su antojo.
Uy. Maldita sea...se le olvidó a la Madame nombrar a Rajoy...y su Ley...
No creo que ningún demócrata que se reconozca como tal pueda estar de acuerdo con este proyecto de ley que, a mi entender, roza peligrosamente los límites de un régimen dictatorial. Lo que se ha presentado es, en mi opinión, abiertamente inconstitucional. Ojalá nunca se apruebe
Ojalá nunca se apruebe, pero esto tiene todas las trazas de un "exprópiese" al estilo de Maduro, que es lo que le gusta a este ser que nos "gobierna"
Menudos sinvergüenzas, primero, q se recorten sueldos ellos, q wuiten las vitalicias y tercero sepan gestionar, en pandemia muchas fábricas españolas quisieron fabricar mascacarillas mejores q las chicas y lo q tenemos por presidente LO PROHIBIO fue mejor comprar fuera, cuando España estaba avisada de lo q se venía en enero por la OMS y que se abastecerse, hizo caso omiso, y así un largo etc, que se necesita gente en este país, si, pero que sepa dirigir un país y no sólo sirva para cobrar y viajar en avión privado!!!
No habéis aclarado nada al respecto del control que el ejecutivo puede ejercer sobre los medios de comunicación.
Sabiendo quién paga Newtral, no es de extrañar que hayan dado mil vueltas en lugar de responder "SÍ" a las preguntas de la cabecera.
Una pregunta. Si una persona con discapacidad no puede hacer una tarea de las que obligue a hacer el estado por no tener capacidad, esa persona es fusilada, o llevada a un campo de concentración y asesinada?
Si
Probablemente. Se llaman Gulags.
que pregunta más absurda.
afortunadamente eso solo se hizo en España Franco el fascista