Las acciones destinadas a incitar, promover o favorecer la violencia contra determinadas personas o grupos por motivos discriminatorios pueden constituir un delito de incitación a la violencia. Este delito está tipificado dentro de los delitos de odio en el Código Penal, cuando estos se realicen de forma pública y con la intención de generar hostilidad o agresiones.
Los delitos de odio. El delito de odio es una infracción penal que surge por prejuicios contra una o varias personas que pertenecen a un determinado grupo social, ya sea por razones de raza, religión, género, edad, ideología, orientación sexual, discapacidad, enfermedad u otros motivos.
Como explicó Jacobo Dopico, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid, a Newtral.es, se trata de una expresión que abarca dos tipos de delitos:
- Las agresiones cometidas por motivos discriminatorios, que son “conductas que de por sí son delictivas pero que revisten mayor gravedad por cometerse contra grupos vulnerables y suponen una amenaza a todo el grupo”.
- Y los delitos que incitan a la violencia o el odio. Estos últimos son delitos por el que en actos públicos de comunicación se incita a que se ejerza la violencia o la discriminación contra ciertos colectivos.
La incitación a la violencia. El artículo 510 del Código Penal respecto a los delitos de odio define la incitación a la violencia como todo acto de difusión o promoción pública de acciones que, de forma directa o indirecta, fomenten agresiones o atentados contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a este.
- También se considera incitación a la violencia la producción, elaboración, difusión o venta de material con contenido para fomentar, promover o incitar a la violencia y la discriminación.
Estos actos deben estar dirigidos a un público, es decir, debe ser capaz de influir en un número indeterminado de personas y el autor debe tener la intención de provocar violencia.
- Este tipo de conductas están especialmente agravadas cuando se realizan a través de medios de comunicación, internet o redes sociales, ya que su capacidad de difusión multiplica el riesgo de que se produzcan hechos violentos.
Cómo se castiga. Los delitos de incitación a la violencia son castigados con penas de prisión que pueden variar según la gravedad de los hechos, generalmente desde uno hasta cuatro años y multas de seis a 12 meses, según el mencionado artículo del Código Penal.
- Se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en la sentencia.
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