En 2020 España recaudó menos de 16.000 millones de euros con el impuesto sobre sociedades. A pesar de que el año pasado se vio lastrado por la pandemia, se trata de “un impuesto que no va bien en recaudación”, en palabras de Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).
Sobre este tributo precisamente hablaba la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, el pasado 2 de agosto en una entrevista en Público. Decía que “el impuesto de sociedades de nuestro país tiene una estructura semejante a la europea, lo que pasa es que tiene un pequeño agujero, que son las bonificaciones y deducciones, que hacen que a día de hoy tributen entre el 1% y el 5% como mucho”. De hecho una de las promesas del pacto de Gobierno entre PSOE y Unidas Podemos va en esta línea.
¿Cómo funciona y cuánto se grava en España por sociedades? ¿Por qué no se recauda más? ¿Es debido a las deducciones y bonificaciones como dice la ministra o la pérdida se da antes de aplicar estos beneficios? ¿Qué retos tiene este impuesto? Preguntamos a los expertos.
¿Qué es el impuesto sobre sociedades (IS)?
El impuesto sobre sociedades (IS) grava los beneficios que las empresas obtienen por su actividad a lo largo de un ejercicio fiscal en el territorio español, como detalla la Agencia Tributaria en su web. Como regla general, se debe declarar este impuesto aunque no se hayan desarrollado actividades durante el periodo impositivo o no hayan obtenido rentas sujetas al impuesto. “Sería una especie de declaración de la renta de las empresas”, en palabras de Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros (CEF).
Es un impuesto directo, a nivel estatal, que se rige por la Ley 27/2014. “El tipo general del impuesto sobre sociedades en España es del 25% y se aplica el mismo en todo el territorio español, excepto en País Vasco y Navarra que tienen sus propias leyes, aunque el gravamen es muy similar. También hay excepciones como en Canarias, donde se tributa al 4%, y en Ceuta y Melilla, donde tienen bonificaciones del 50% de la cuota del IS correspondiente a rentas obtenidas por las entidades que operen allí.
¿Deben pagar impuesto de sociedades los autónomos? “Por regla general no, los autónomos no pagan impuesto sobre sociedades ya que son personas físicas que realizan actividades económicas y por lo tanto tributan por el IRPF que es peor porque los tipos de gravamen a partir de 60.000 euros son más altos. El autónomo siempre estaría perjudicado con respecto a una sociedad que siempre paga el 25% de tipo general en impuesto sobre sociedades”, apunta Collado.
¿Cuánto se paga por el impuesto sobre sociedades?
Aunque el impuesto sobre sociedades tiene un tipo general del 25% en España existen una serie de gravámenes especiales:
- Las entidades de crédito y las que se dedican a la explotación, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos (Ley 34/1998) tienen un impuesto sobre sociedades del 30%.
- Las cooperativas fiscalmente protegidas pagan un 20%.
- Las entidades sin fines lucrativos que apliquen el régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002 pagan un 10%.
- Las entidades acogidas al régimen Económico y Fiscal de Canarias tributan en IS un 4%.
- Las Sociedades y Fondos de Inversión, Fondos de activos bancarios, SICAV y Fondo de regulación del mercado hipotecario pagan un 1%.
- Y las SOCIMI y Fondos de pensiones (RDL 1/2002) están exentas (0%).
¿Si una empresa tiene pérdidas paga el impuesto sobre sociedades?
“No. Si una empresa tiene un resultado contable negativo y cierra el ejercicio con pérdidas no debe pagar el IS. Además esas pérdidas se pueden compensar en años siguientes sin límite de tiempo. Solo hay unos límites de compensación en algunos casos”, explica Javier Collado.
¿Cómo funciona el impuesto sobre sociedades?
Este gravamen parte de la contabilidad de la empresa. “‘Ingresos contables’ menos ‘gastos contables’ te dan el ‘beneficio contable’ de la empresa. Partiendo de este ‘beneficio contable’ y haciéndole ajustes al alza o a la baja, según la Ley del Impuesto sobre Sociedades (por ejemplo hay ingresos contables que no son ingresos fiscales), llegamos a la ‘base imponible’ (o beneficio fiscal)”, explica de un modo simplificado Javier Collado, profesor del CEF.
“El tipo general del impuesto sobre sociedades del 25% se aplica precisamente sobre esta ‘base imponible’ para llegar a la ‘cuota íntegra’ que es a la que se aplican seguidamente las deducciones y bonificaciones hasta llegar a la ‘cuota líquida’ (lo que pagas finalmente)”, indica este experto.
¿Qué deducciones y bonificaciones tiene el impuesto sobre sociedades?
Existen básicamente tres tipos de deducciones y bonificaciones para este impuesto en España. El profesor del CEF Javier Collado las divide en tres grupos principales:
- Bonificaciones técnicas: aquí estarían, por ejemplo, las bonificaciones del 50% a las empresas por domiciliar su sede en Ceuta y Melilla para incentivar que se instalen allí.
- Exenciones y deducciones por doble imposición: son deducciones para evitar la doble imposición de rentas que ya han tributado en otra sociedad, para no tributar dos veces por los mismos beneficios y evitar la doble imposición de rentas que ya han tributado en otra sociedad.
- Deducciones para incentivar determinados tipos de actividad: existen deducciones en el impuesto sobre sociedades para investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) y para producciones cinematográficas y espectáculos en vivo. Hay otra deducción orientada a la creación de empleo y una específica para fomentar la contratación de trabajadores con algún tipo de discapacidad.
¿Habría que quitarlas para recaudar más?
“El tipo del 25% sería el ‘tipo nominal’ del impuesto sobre sociedades en España aunque el ‘tipo efectivo’ (el que realmente se aplica al final) dependerá de las deducciones y bonificaciones que se apliquen después”, puntualiza Collado.
Luis del Amo apunta que, según cálculos de REAF, “los tipos efectivos que se acaban aplicando tras estas deducciones eran en 2019 de entre el 17,4% y el 21,9%, por lo que no se diferencian tanto del nominal general (25%)” (página 12). Del Amo añade que “eso que se suele decir de que se tributa poco porque el tipo efectivo sobre el resultado contable es pequeño no tiene ningún sentido como razonamiento económico porque no se hacen así los cálculos”.
“Se dice que el impuesto sobre sociedades está lleno de agujeros por las deducciones y eso no es cierto. Las deducciones existentes tienen su sentido aunque puede que en algún caso fuera mejor dar ayudas que deducciones”, explica Luis del Amo.
Entonces… ¿por dónde se escapa la recaudación por sociedades?
Para Javier Collado el problema del impuesto sobre sociedades tampoco está en las deducciones y bonificaciones. “No creo que sea por ahí por donde se escapa la recaudación en España. Aquí el dinero se va con los grandes grupos multinacionales”. Collado destaca que “en estos casos el dinero se escapa en el paso entre el ‘beneficio contable’ y la ‘base imponible’, antes de que se le aplique ese 25% y las deducciones y bonificaciones posteriores”.
Las multinacionales lo hacen a través de dos conceptos: los precios de transferencias y dejar los gastos por intereses en España. Un ejemplo de precios de transferencias, explica Collado, sería una multinacional como el Grupo Volkswagen, que tiene plantas de producción en España como la de Seat en Barcelona. La planta de Seat le compra al Grupo Volkswagen motores. Para tributar menos en España (25%) la matriz alemana se los vende más caros y así consigue tener en España mayor coste de compra y menor beneficio, y ese beneficio tributa en Alemania al 15,8%. “Se trata de movimientos muy rentables para las grandes corporaciones y aunque el artículo 18 de la ley establece límites, al ser subjetivos aquí se erosionan mucho las bases imponibles de las multinacionales en España”, añade este experto.
Otra manera sería dejando los gastos por intereses en España. De nuevo Collado lo explica con otro ejemplo. Una empresa matriz americana tiene una filial en Irlanda (donde el IS es del 12,5%) y otra en España. Para aportar capital a la española, la de Irlanda le hace un préstamo. Así, los gastos por intereses del préstamo se quedan en España y de nuevo se erosiona el beneficio en nuestro país, y como los intereses los pagamos a Irlanda, tributará allí como ingreso al 12,5% y no al 25%. “De nuevo en el artículo 16 hay limitaciones pero se sigue haciendo”, apunta Collado.
Para este experto, el problema está en que “las bases imponibles (ver infografía previa) sobre las que tributan las empresas están muy erosionadas y por mucho que tengamos un tipo de gravamen alto como el actual al 25%, se va tributar poco porque se aplica en bases imponibles reducidas por una u otra cosa. La solución pasa por conseguir que no se erosionen esas bases imponibles previas a aplicar el impuesto”.
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¿Cuánto se recauda en impuesto sobre sociedades en España?
“La recaudación en España por el impuesto sobre sociedades no va bien”, explica Del Amo. “Arrastramos de la crisis financiera créditos fiscales acumulados que aún deben absorberse y ahora hay que sumar las pérdidas de este 2020 consecuencia de la pandemia”, indica.
En 2007 hubo una recaudación del impuesto sobre sociedades de 44.823 millones de euros que disminuyó en los años siguientes hasta los 15.858 millones de 2020. Del Amo explica que “lo recaudado en 2007 es irreal y no tiene pinta de que vuelva a darse, ya que fue fruto del boom inmobiliario. Tenemos que pensar que una recaudación lógica para España en IS rondaría los 25.000 millones”.
Para el profesor Javier Collado “proporcionalmente no parece que tenga mucho sentido que estemos recaudando casi 90.000 millones de euros en IRPF (87.972) y en IS menos de 16.000”. “Lo que le pasa a España con el impuesto sobre sociedades es un drama porque con un tipo del 25% recaudamos muy poco. Sería mejor bajarlo y hacerlo atractivo para que vengan empresas extranjeras y recaudar más”, añade.
Retos a futuro: ¿cómo es el impuesto sobre sociedades en otros países?
“Bajando el tipo de gravamen se conseguiría atraer capital pero lo que realmente hay que asegurar es que lo que ganen las empresas en España lo tributen aquí. Un impuesto sobre sociedades del 15% atraería capital extranjero y disminuiría el incentivo de llevarse los beneficios a países con menor gravamen como Irlanda, por ejemplo”, concluye Collado.
Precisamente en esa línea Luis del Amo recuerda que “el G-20 y la OCDE estudian un tipo mínimo impositivo del 15% en sociedades a nivel global y es algo puede estar bien. Lo que habría que ver aquí es sobre qué se aplicaría ese 15%”. De hecho, este experto cree que el Gobierno de España estará muy atento a todas estas modificaciones internacionales de cara a la reforma fiscal que está elaborando.
“En la Unión Europea se trabaja para armonizar algunos gravámenes” aunque “los estados son reacios a hacerlo con tributos como el IRPF y el impuesto sobre sociedades porque son de los que más impacto tienen en el ciudadano y los Gobiernos perderían libertad”, explica Collado.
En la comparativa con el resto de países de la OCDE -36 en total-, la REAF destaca que diez de ellos tienen un tipo nominal superior al de España, cinco tienen el mismo (25%), y en el resto se aplican tipos inferiores, estando por debajo del 20% únicamente siete. Llamativamente bajos son los tipos de los siguientes países: Hungría (9%), Irlanda (12,5%) y Lituania (15%).
¿Cómo y cuándo se paga el impuesto sobre sociedades?
El impuesto sobre sociedades se abona en diferentes momentos a lo largo del año de un modo similar al del IRPF (que vas pagando mensualmente con cada nómina) y se equilibra en el pago anual de junio.
“El impuesto sobre sociedades se va adelantando según el beneficio obtenido por la empresa mediante los pagos fraccionados en el primer, segundo y tercer trimestre. Luego estaría el pago anual, tras el cierre del ejercicio, que se realiza del 1 al 25 de julio, y que sirve para equilibrar la balanza entre lo pagado de más y lo que se deba ingresar aún”, indica Del Amo.
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Fuentes
- Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF)
- Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros (CEF)
- Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
- Informes anuales de Recaudación Tributaria de la Agencia Tributaria
- Cuadro de ingresos tributarios de la Agencia Tributaria
- Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español: impuesto de sociedades (IS)
- Declaración del impuesto sobre sociedades 2020, elaborado por REAF
Muy buenas aclaraciones muchas gracias!