El Gobierno aprueba un anteproyecto de ley que exige transparencia a los medios que quieran optar a publicidad institucional

ley publicidad institucional
Óscar López, ministro para
Tiempo de lectura: 4 min

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en primera vuelta el anteproyecto de Ley de Publicidad y Sector Público que plantea, entre otras medidas, la obligación de hacer pública la propiedad de los medios y limitar al 35% sus ingresos anuales procedentes de publicidad institucional de las administraciones públicas. 

Publicidad

Componente europeo. Este anteproyecto de ley adapta al ordenamiento jurídico de España disposiciones establecidas por el Reglamento Europeo de Libertad de los Medios de Comunicación (EMFA, por sus siglas en inglés) que entró en vigor en mayo de 2024, comenzando a aplicarse la mayoría de sus disposiciones el pasado mes de agosto.

  • La norma comunitaria creó un marco europeo común con medidas destinadas a garantizar la independencia y libertad de los medios de comunicación, tanto públicos como privados. 
  • Algunas de ellas incluyen la obligación de que los medios hagan pública su titularidad, organigrama y estructura accionarial, así como incluirse en un registro público accesible para cualquier ciudadano.

La norma. El proyecto normativo, de aprobarse, reemplaza a la Ley de Publicidad y Comunicación Institucional, vigente desde 2005, para adaptar la legislación en este ámbito a la “realidad digital actual del panorama mediático”, marcada por la aparición de nuevas plataformas que compiten con los medios tradicionales.

  • Además, recoge algunas de las medidas previstas en el Plan de Acción por la Democracia que ejecuta el Gobierno desde 2024 para mejorar la transparencia en las instituciones.
Publicidad

En el caso de salir adelante, la norma regulará el régimen jurídico de la publicidad del sector público estatal y la normativa básica aplicable al resto de administraciones públicas. Estas son sus principales medidas:

Límite del 35%. El anteproyecto busca limitar los ingresos que los medios de comunicación y plataformas en línea pueden percibir en concepto de publicidad institucional. Esta cantidad máxima se fija en un 35% de su cifra de negocios neta anual o de la del grupo al que pertenezcan.

  • Se incluye en este límite máximo la cantidad de publicidad institucional procedente de cualquier organismo del sector público de los tres niveles de la Administración (ayuntamientos, comunidades autónomas y Estado).
  • No obstante, este límite no se aplicará a los medios de comunicación y plataformas digitales que facturen menos de dos millones de euros anuales y cuya audiencia se concentre, al menos en un 70 %, en un máximo de tres comunidades autónomas.

Requisitos para recibir publicidad estatal. Se plantea también que los medios y plataformas digitales que quieran recibir publicidad estatal deban cumplir determinados requisitos de transparencia. 

Publicidad
  • Las empresas deberían hacer pública información relativa a su nombre oficial, las personas o empresas que tengan suficientes acciones como para influir en sus decisiones, y cuánto dinero reciben al año del Estado en concepto de publicidad institucional.
  • También se propone exigir a los medios el uso de sistemas de medición de audiencia que cumplan con el reglamento europeo que obliga a que sus metodologías sean transparentes.
  • Además, se prevé que la planificación y difusión de las campañas estatales se realice, preferentemente, a través de soportes de medios de comunicación de carácter informativo.

Seguimiento. En el caso de que finalmente se aprobase esta ley, la función de seguimiento de la asignación del gasto en publicidad del sector público correría a cargo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Próximos pasos. Tras ser aprobado en primera vuelta, el texto recibirá ahora las aportaciones de diferentes entidades y se someterá a audiencia e información pública antes de volver al Consejo de Ministros para recibir su aprobación definitiva y continuar en el Congreso, donde comenzará su tramitación parlamentaria.

Fuentes
  • Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
  • Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
  • Reglamento Europeo de Libertad de los Medios de Comunicación
  • Ley de Publicidad y Comunicación Institucional
Publicidad

0 Comentarios

¿Quieres comentar?