El Gobierno ha aprobado mediante Real Decreto-ley una batería de medidas como la creación de un sistema de evaluación del desempeño de los funcionarios y un modelo “más ágil y eficiente” para los procesos de acceso y selección de empleados públicos.
Contexto. Esta norma aglutina medidas contempladas en el anteproyecto de la Ley de Función Pública que se negoció la pasada legislatura pero que decayó tras la convocatoria de elecciones generales. Ahora, con la figura de Real Decreto-ley el Gobierno aprueba algunas medidas de la norma en el Consejo de Ministros y entra en vigor normalmente, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado. A los 30 días deberá ser convalidado en el Congreso.
Medidas aprobadas por el Gobierno que afectan a los funcionarios
Evaluación del desempeño y complemento salarial. Una de las novedades de esta norma es la creación de un sistema de evaluación del desempeño de los trabajadores públicos para valorar su conducta profesional y rendimiento personal.
El Gobierno explica que no supondrá “en ningún caso” la pérdida de la condición de funcionario si no se superan las pruebas de desempeño. Los que superen este sistema de evaluación obtendrán una serie de beneficios como la remuneración del complemento de desempeño, que sustituye al complemento de productividad. Esta evaluación también se tendrá en cuenta a la hora de promocionar dentro del sistema funcionarial o de aplicar a otros puestos.
- Dos años de puesta en marcha. La norma recoge que las evaluaciones no tendrán consecuencias en las dos primeras anualidades tras su implementación.
Carrera horizontal. La norma aprobada por el Gobierno introduce la carrera profesional horizontal para “mejorar las condiciones» de los empleados públicos «sin cambiar de puesto de trabajo”. Así, desarrollarán un modelo que permite ascender por tramos y en el que se valorará la trayectoria, la evaluación del desempeño, la formación o la participación en actividades de docencia o investigación.
Como detallan, el progreso en la carrera horizontal tendrá su reflejo retributivo en un nuevo complemento de carrera.
Oferta de empleo público. Entre las novedades están la posibilidad de que las plazas no cubiertas tras una convocatoria de oposiciones puedan volver a ofrecerse si no han pasado más de tres años desde la publicación de la oferta.
- Procesos de acceso más ágiles. El Gobierno detalla que, respecto a los procesos de acceso y selección de empleados públicos, “se impulsará un modelo más ágil y eficiente”. Para ello establecen que la publicación de convocatorias deberá ejecutarse en un máximo de dos años y que el proceso de oposición no dure más de un año.
- Sistemas de selección. Los sistemas de selección de funcionarios serán los de oposición, concurso-oposición y, excepcionalmente, el concurso.
- Talento interno. Se prevé la creación de un directorio para facilitar la gestión del talento interno cuya inscripción será de carácter voluntario. También se establece que la Secretaría de Estado de Función Pública convoque concursos unitarios abiertos y permanentes para incluir puestos de trabajo vacantes en los distintos ministerios.
Personal directivo público profesional. Se va a regular la figura del personal directivo público profesional, quien se encargará de impulsar las actuaciones recogidas en este real decreto-ley.
- Se corresponde con las personas titulares de las subdirecciones generales y puestos asimilados.
- Se designará por el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera, con la experiencia y antigüedad suficientes que se requieran y la formación requerida en función del perfil del puesto.
[Evolución del empleo público en España a lo largo de los años]
- Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
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