La vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, contestó a la diputada de Vox Macarena Olona en el Congreso de los Diputados el miércoles 9 de junio defendiendo que la reforma laboral del PP había causado un “sufrimiento enorme para nuestro país” y le afeó a su grupo seguir “manteniendo hoy en día que ha sido buena”. “Fíjese si lo mantienen, que ustedes durante la pandemia, cuando la gente más lo necesitaba, fueron el grupo que interpuso un recurso ante el Tribunal Constitucional para impedir que se derogase el artículo 52.d, que permitía despedir a trabajadores cuando estaban enfermos”, le reprochó.
La ministra de Trabajo se refiere a un artículo que modificó la reforma laboral del PP y que el Gobierno eliminó poco después de llegar a Moncloa, aunque llevaba incluido en el Estatuto de los Trabajadores (ET) desde 1980, como contamos aquí.
La ausencia reiterada al trabajo por baja médica u otros motivos, aunque estén justificados, dejaron de ser una causa objetiva de despido en España en febrero de 2020.
Sin embargo, el mismo día que Yolanda Díaz hacía esta afirmación, Macarena Olona contestaba a un usuario en Twitter que había recogido las palabras de la vicepresidenta tercera del Gobierno. Y las reprobó asegurando que “es mentira” que Vox haya llevado al Tribunal Constitucional (TC) alguna vez dicho recurso.
El Tribunal Constitucional desmiente a la ministra
La afirmación de Yolanda Díaz es falsa. Newtral.es lo ha confirmado con el equipo de comunicación del Tribunal Constitucional, que ha respondido que no existe en dicho órgano un procedimiento de Vox por la supresión del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, derogado desde el 22 de febrero de 2020 a través de un real decreto ley y convalidado en la Cámara Baja un mes después.
El Tribunal Constitucional ofrece en abierto sus resoluciones, que también se publican en el BOE, sin embargo, los recursos no están accesibles públicamente “por protección de datos”.
Por este motivo, la única forma de acceder a esta información es consultando a la propia institución.
La respuesta del Ministerio
Newtral.es ha consultado al Ministerio de Trabajo el motivo por el cual Yolanda Díaz hizo esta afirmación.
La respuesta es que la vicepresidenta tercera del Gobierno “se refería a la defensa que hizo la diputada de Vox sobre la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que avalaba la extinción del contrato laboral por causas objetivas habiendo faltas de asistencia al trabajo, aunque fuesen justificadas, en el debate que se celebró en el Congreso de los Diputados el 25 de marzo de 2020″.
Y que “la decisión del Tribunal Constitucional, respondiendo a una cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juzgado de lo social, sirvió a Vox para argumentar la única negativa de la Cámara Baja en la votación para la derogación del 52.d”.
Sin embargo, estas alusiones de la diputada de Vox no significaron que el partido interpusiera un recurso ante el TC.
Vox votó en contra de la derogación del despido por baja médica
Aunque no pusiera un recurso en el TC, el partido que lidera Santiago Abascal sí se opuso en el Congreso de los Diputados a que esta reforma se llevara a cabo. Fue el único grupo parlamentario de la Cámara que emitió un voto negativo.
Además de citar la jurisprudencia del TC, Reyes Romero, la diputada que defendió el sentido del voto de Vox el 25 de marzo de 2020, también argumentó en ese momento que su grupo no iba a defender la eliminación de este punto del artículo 52 del ET porque se trataba de una medida propagandística y que “pone en riesgo el empleo”.
“Ustedes han encontrado en el artículo 52 una excusa perfecta para seguir engañando a los españoles, pero entre los 52 diputados de Vox no van a encontrar uno solo que ponga en riesgo un empleo debido a la propaganda y, por eso, nuestro voto será en contra de la convalidación de este real decreto-ley y a favor de la tramitación como proyecto de ley”, expresó.
Newtral.es también se ha puesto en contacto con Vox, pero hasta el momento no ha hecho ninguna declaración.
¿En qué consistió el cambio?
El artículo 52 del ET regula la extinción de un contrato por causas objetivas. El punto que se eliminó en marzo de 2020, el que desarrolla la letra ‘d’, determina los motivos por los que una empresa puede despedir a un empleado por ausencia reiterada de su puesto de trabajo, aunque esta esté justificada, como puede ocurrir con una baja por enfermedad.
De esta forma, para poder aplicarse, se han de tener en cuenta unas reglas de medición que han ido cambiando a lo largo del tiempo.
Cuando se aprobó este cambio en el Consejo de Ministros, el primero en incluir modificaciones en este artículo fue el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero. Tras él llegaron las grandes modificaciones que el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo cuando ganó las elecciones en 2011.
Con la aprobación de la reforma laboral de 2012, la redacción del artículo 52.d cambió de nuevo: se eliminó parte del texto, lo que modificó la forma de aplicar la norma e hizo más flexible el despido.
Resumen
Por tanto, según lo que nos han trasladado desde el Tribunal Constitucional a Newtral.es y se desprende de las explicaciones del gabinete de la vicepresidenta tercera, la afirmación de que Vox “interpuso un recurso ante el Tribunal Constitucional para impedir que se derogase el artículo 52.d, que permitía despedir a trabajadores cuando estaban enfermos”, es falsa. Este órgano no ha recibido ese procedimiento.