Derecho a saber: guía práctica sobre cómo ejercerlo y qué se ha conseguido

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Este martes 28 de septiembre es el Día Internacional del Derecho a saber, declarado así por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

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Por este motivo, en Transparentia hemos elaborado una guía práctica para que conozcas cómo ejercer tu derecho a saber, las vías para solicitar información, qué hacer si las administraciones te ignoran y cómo reclamar si no te facilitan lo que pides. También repasamos algunos casos en los que Newtral.es tuvo acceso a información pública y otros en los que no. 

Cómo ejercer tu derecho a saber: solicitar información y reclamar las negativas de la administración

Desde 2014, el derecho de acceso a la información es una realidad en España con la creación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

A partir de ese momento, cualquier ciudadano puede presentar una solicitud al órgano o entidad que posea la información, tanto dentro del ámbito estatal como en el autonómico. 

El dato. A agosto de 2021 el Portal de Transparencia ha registrado más de 44.000 solicitudes de acceso a la información. 

¿Se puede pedir documentación anterior a 2014? Sí. En 2020, el Tribunal Supremo dio la razón a la fundación Civio y las administraciones tendrán que facilitar información anterior a la Ley de Transparencia. Esto ocurrió tras una denuncia de esa organización  porque se le limitó el acceso de información anterior a la entrada en vigor de la norma. 

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El primer paso. Para registrar una solicitud de acceso a la información vía internet es necesario contar con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve PIN. Para las consultas a la Administración General del Estado se realiza en el Portal de Transparencia

Si la petición va dirigida a una comunidad autónoma o entidad local, hay que dirigirse a sus propios portales. 

También existe la alternativa presencial. La ley prevé otros medios para presentar estas solicitudes como a través de las oficinas de correos o de registros administrativos competentes. 

Hecha la norma, hecha la trampa. Una vez registrada la solicitud, la administración tiene un plazo máximo de un mes para emitir una resolución, ya sea aceptada o denegada. La ley indica que el plazo comienza una vez el organismo competente ha comenzado a tramitarlo. Pero no hay un límite máximo desde que se registra la petición hasta que comienza el trámite formalmente.

El Ministerio de Defensa es el que más tarda de media en comenzar con el trámite después de haber recibido la solicitud, 28 días. Según la base de datos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública con datos de hasta el 21 de abril de 2021 que facilitó a Newtral.es mediante una solicitud de información.

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El plazo ordinario solo podrá ampliarse un mes más cuando “el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario”. Además, las autoridades deberán notificar al solicitante de la ampliación.

Reclamar las negativas de la administración

Recurrir la decisión. Cuando la solicitud de acceso a la información ha sido denegada, no se ha recibido ninguna respuesta o no estás conforme con lo recibido, puedes dirigirte al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) y reclamar

Este órgano se encarga de tramitar las reclamaciones de las siguientes comunidades y ciudades autónomas: Asturias, Cantabria, La Rioja, Extremadura, Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha, Ceuta y Melilla. Las demás, cuentan con órganos propios que asumen esta competencia.

Desde el CTBG explican a Newtral.es que si llega alguna reclamación de otra comunidad autónoma tienen que denegarla o redirigirla a la entidad correspondiente.

Dónde reclamar y en qué plazo. La reclamación se puede registrar mediante la sede electrónica, cuando se reclame contra un organismo de la Administración General del Estado; por correo electrónico, cuando la reclamación va contra una comunidad o entidad local; por correo postal o presencialmente en algunas de las oficinas habilitadas para ello. 

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El plazo máximo de presentación es de un mes desde que se notificó la respuesta. 

La respuesta del CTBG no es vinculante

consejo transparencia
Foto: CTBG

Cuando el Consejo recibe una reclamación, emite un informe en el que decide si la información que se reclama es pública y por tanto, la administración tiene la obligación de facilitarla. No se trata de una decisión vinculante, sino que insta al órgano reclamado a cumplir con sus obligaciones de transparencia. Éste decide si finalmente lo envía.  

Pero el Consejo también puede darle la razón a la administración en su negativa. 

En octubre de 2020, Presidencia del Gobierno inadmitió una solicitud de Newtral.es en la que se preguntaba acerca de quién estaba pagando los gastos del rey emérito Juan Carlos I en los Emiratos Árabes Unidos

Ante esta negativa por “no encontrarse comprendida dentro del ámbito subjetivo ni objetivo de aplicación de la ley”, se tramitó una reclamación ante el CTBG que también fue denegada

El Consejo de Transparencia detalló que la información solicitada –gastos de viaje y estancia del Rey emérito- estaba fuera de las actividades sujetas a la Ley de Transparencia como son las relativas a materia de personal, administración y gestión patrimonial, y que estas son “actividades privadas”. 

Último paso, ir a juicio. Así, si el ciudadano tampoco está conforme con la evaluación que ha hecho el Consejo, el siguiente paso es dirigirse en el plazo de dos meses a los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Qué se ha conseguido gracias a ejercer el derecho a saber

En Transparentia hemos publicado varios artículos con información conseguida a través de ejercer el derecho a saber. Estos son algunos ejemplos de Newtral.es y también de otros medios de comunicación. 

  • Los costes de la exhumación de los restos de Franco (Newtral.es)
  • Radar Covid: Cronología de una aplicación sin transparencia (Newtral.es)
  • ¿Cuánto cuestan los retratos oficiales? De los 81.200 euros del cuadro de Bono al autorretrato sin coste de Pilar del Castillo (Newtral.es)
  • Buscador de las 1.100 residencias para mayores sancionadas en España, comunidad por comunidad (El País)
  • Defensa informa, más de 5 años después, de los pasajeros de los vuelos oficiales (Civio)
  • El agujero negro de la mortalidad por covid. Mapa de España con el número de fallecidos por coronavirus por municipio y fecha (El Confidencial)

La transparencia también es cotidiana. Existe la idea de que el cometido de solicitar información es de los periodistas, que sirve para poner en evidencia a los Gobiernos o para destapar alguna trama de corrupción. Esto ocurre en muchas ocasiones pero el derecho a saber también permite conocer cuestiones más cotidianas. 

Cuántos centros de salud van a abrir en tu ciudad el próximo año, cuánto cuesta cambiar las señales de las carreteras cuando modifican los límites de actividad, o lo que le costó a RTVE la emisión del programa especial de Eurovisión 2020, son algunos ejemplos. 

Lo que no puedes saber: los límites fijados por ley para el acceso a la información 

En el momento en el que la información pueda suponer un perjuicio para la seguridad nacional, la defensa, la investigación penal, el secreto profesional o cualquiera de los 12 supuestos que aparecen en el artículo 14 de la Ley de Transparencia, el derecho de acceso puede ser limitado. Cuando se aplican estas limitaciones tienen que ser justificadas a la persona que lo solicita. 

  • Seguridad nacional
  • Defensa
  • Relaciones exteriores
  • Seguridad pública
  • Prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios
  • Igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva
  • Funciones administrativas de vigilancia, inspección y control
  • Intereses económicos y comerciales
  • Política económica y monetaria
  • Secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial
  • Garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión
  • Protección del medio ambiente

Además, la normativa recoge cinco causas en las que se inadmiten las peticiones de información:

  • Información en curso de elaboración o de publicación
  • Documentos con carácter auxiliar, como borradores, opiniones, resúmenes o informes internos
  • Cuando su divulgación implique reelaboración previa
  • Peticiones dirigidas a un órgano sin las competencias requeridas
  • Que sean repetitivas o tengan un carácter abusivo no justificado

Sin embargo, esta ley no se aplica a aquellas materias que estén reguladas por una ley específica. Es el caso de la Ley de Secretos Oficiales de 1968, una norma franquista que, aunque modificada parcialmente por la Ley 48/1978 de 7 de octubre, sigue vigente en la actualidad.

Ley de Secretos Oficiales, 53 años de materias clasificadas

Conocer documentación oficial sobre la historia contemporánea española sigue teniendo un importante límite en esta ley preconstitucional que, después de más de medio siglo, sigue afectando a la transparencia. 

Esta norma declara como materias clasificadas “los asuntos, actos, documentos, informaciones, datos y objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad y defensa del Estado”.

Aquí te contamos más detalles sobre esta norma preconstitucional que está en deuda con la transparencia.

La Familia Real en el limbo de la transparencia

La Ley de Transparencia de 2013 incluye a la Casa de Su Majestad El Rey entre los sujetos a los que se le aplica la normativa, pero no a los miembros de la Familia Real.

  • No está prohibido solicitar información sobre alguno de ellos, pero no tienen la obligación de contestar.
  • Los integrantes de la Familia Real tampoco son considerados altos cargos de la Administración General del Estado. No tienen la obligación de transparencia que tienen estos cargos y por este motivo la información solicitada puede ser denegada. 

Es el caso de la solicitud presentada por Newtral.es para conocer el coste de la seguridad de la princesa Leonor durante sus estudios en el UWC Atlantic College de Gales así como el número de agentes asignados a este servicio. La respuesta fue: se considera un secreto oficial

Estos son otros ejemplos de solicitudes que han sido inadmitidas y a cuyo contenido no ha podido acceder Newtral.es:

Otra información a la que no se ha podido acceder:

  • Sin respuesta. Presidencia no constestó a Newtral.es sobre los gastos de Pedro Sánchez durante sus vacaciones de verano desde que es presidente del Gobierno 
  • 118 negativas en el primer trimestre de 2021. El Gobierno denegó información sobre deportaciones de inmigrantes e información acerca de las viviendas oficiales de cuatro ministros

Si tienes dudas sobre cómo realizar una solicitud de información o tramitar una reclamación puedes escribirnos al mail de [email protected] e intentaremos resolver tus cuestiones.