Entre 1985 y 2018 se han celebrado en España 46 consultas populares locales. La primera, fue en Arbúcies (Girona), ese mismo año. La última, en Basauri (Bizkaia), en 2017. Ahora, el municipio de La Línea de la Concepción (Cádiz) intenta sumarse a esta lista de poblaciones de España con una consulta popular sobre si la localidad debería convertirse en una ciudad autónoma.
No obstante, primero debe conseguir el visto bueno del Gobierno, el paso más difícil. Las cifras no son esperanzadoras. Desde que se aprobó la Ley 7/1985 que regula la figura de la consulta popular, se han presentado 164 solicitudes, de las que el 44% no se han autorizado.
La Línea: ¿futura ciudad autónoma?
El pasado 9 de julio, el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción inició el proceso para solicitar al Gobierno la condición de ciudad autónoma. El pleno municipal aprobó por mayoría absoluta pedir permiso al Ejecutivo para celebrar una consulta popular, en la que los linenses deberán decidir si se eleva a Madrid dicha pretensión de autonomía.
El texto íntegro de la pregunta, según se recoge en la página del Ayuntamiento, sería: “¿Cree usted conveniente que el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción eleve al Gobierno de la Nación y a las Cortes Generales una petición para instar la conversión del municipio en comunidad autónoma, de acuerdo con el art. 144 a) de la Constitución Española?”.
El objetivo final de este proceso es lograr “un régimen orgánico-funcional, competencial y de gobierno político similar al instaurado en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla”, según señala el partido de Gobierno, La Línea 100×100, a Newtral.es. “Queremos tener las competencias para gestionar nosotros mismos nuestros problemas”, aseguran desde la formación, que rechaza que su municipio sea representado por Andalucía. “Es muy grande y tiene que atender muchos problemas. Nosotros somos una gota de agua en el océano para ellos”, lamentan.
164 solicitudes de consulta popular en España en 33 años
En 1985 se aprobó la Ley 7/1985, que dispone las bases del régimen local español e incluye la normativa a seguir para celebrar consultas populares. Desde ese año y hasta 2018, se ha solicitado en 164 ocasiones la celebración de un “referéndum” local, según una respuesta escrita del Gobierno al senador Jon Iñarritu del 23 de enero de 2018.
El Ejecutivo ha autorizado 46 de estas solicitudes -3 más fueron aceptadas en parte-, y ha rechazado 73. Otras 24 solicitudes fueron archivadas, en 10 ocasiones los ayuntamientos desistieron en su petición y una se acabó retirando. Además, cuatro solicitudes siguen en tramitación.
Los temas más comunes de las consultas para las que se ha solicitado autorización son la ejecución de planes urbanísticos, el cambio de fecha o lugar de celebración de festejos populares, la ubicación de edificios e instalaciones municipales o la elaboración de presupuestos participativos.
También se han pedido consultas para cambiar el nombre del municipio, para la constitución o segregación de localidades, o para la celebración o prohibición de festejos taurinos. Nunca se ha preguntado por la autonomía de una ciudad.
La consulta popular en España, Una figura reglada por la Ley 7/1985
“Los Alcaldes, previo acuerdo con la mayoría del Pleno y autorización del Gobierno de la nación, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos”, establece el artículo 71 de la Ley 7/1985.
Así pues, los únicos condicionantes para que el Gobierno autorice la consulta son -además de que ésta sea de “especial relevancia para los intereses de los vecinos” y trate competencias propias del consistorio- que se haga “de conformidad con la legislación del Estado y la CCAA” y no tenga que ver con la Hacienda local.
La doctora en Derecho Constitucional María Garrote apunta, que, además, cada estatuto de autonomía ha regulado a su vez esta cuestión. “En Andalucía han ido incluso más allá y tienen una norma específica: la Ley 2/2001”, señala.
No obstante, Garrote matiza que el resultado de tales consultas “no es jurídicamente vinculante”, aunque sí puede tener un valor de legitimación política. La doctora añade, además, que los condicionantes para que el Gobierno apruebe una consulta “son muy estrictos”. La razón es la limitación de las competencias municipales. “Casi todo lo que toque un ayuntamiento pertenece a la comunidad autónoma”, concreta.
De hecho, la competencia o no del ayuntamiento de La Línea para preguntar sobre el asunto de la autonomía es, tal vez, el punto más discutido. No obstante, hay que destacar que al linense no se le preguntará si desea que su localidad se convierta en ciudad autónoma, sino si quiere que su Ayuntamiento eleve esta petición al Gobierno o a las Cortes Generales para que ellos decidan.
Viabilidad jurídica
Según un informe elaborado por el doctor en Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid Antonio de Cabo de la Vega, “no existe impedimento o prohibición constitucional, estatutaria, legal o de derecho europeo para la conversión del municipio de la Línea de la Concepción en autonomía, bajo la fórmula de ciudad autónoma”.
Uno de los puntos clave para esta afirmación es el apartado a) del Artículo 144 de la Constitución. La razón es que, si bien el punto 143 de la Carta Magna limita la concesión de autonomía a aquellas “provincias limítrofes, con características históricas, culturales y económicas comunes, territorios insulares y provincias con entidad regional histórica”, el 144 aumenta las posibilidades añadiendo a esta lista aquellos territorios que no reúnan las condiciones anteriormente listadas y cuyo ámbito territorial “no supere el de una provincia”.
“La Línea cumple estrictamente los requisitos y exigencias del tenor del artículo 144 a). Ni su territorio supera el de la provincia (es un municipio) ni reúne las condiciones que el artículo 143 impone”, subraya de Cabo de la Vega en su informe.
Motivos de interés nacional
No obstante, todavía falta un punto por superar. La decisión de aplicar este artículo recae, en última instancia, sobre las Cortes Generales, que deberán basarse en “motivos de interés nacional”.
Desde La Línea 100x100 señalan que dicho motivo debe buscarse en “la historia de La Línea, ligada estrechamente a la existencia contigua del Peñón de Gibraltar”. Este enclave fue anexionado por la Corona británica mediante el Tratado de Utrecht en 1713, firmado tras la Guerra de Sucesión española (1701-1713). A partir de entonces, La Línea ha ido creciendo debido principalmente a su situación geoestratégica como única puerta de acceso terrestre del Reino Unido.
De esta situación se deriva, según el informe de de Cabo de la Vega, una “dependencia económica muy relevante”. “Las mínimas modificaciones o alteraciones políticas en la relación entre España y Reino Unido afectan singularmente a La Línea con fuertes repercusiones directas sobre su ciudadanía y su economía”, subraya el experto, quien recuerda que la economía de La Línea depende, eminentemente, de abastecer las necesidades del Peñón y sus habitantes.
Una normativa complicada
Garrote, no obstante, ve más pegas a esta posibilidad. “El primer punto del artículo 144 habla de autorizar la constitución de una comunidad autónoma, no de ciudad autónoma”, remarca la experta. En su opinión, una comunidad tiene “un peso demasiado importante en el sistema institucional español como para que a un municipio se le otorgue dicha entidad política”.
“Las normas no hay que interpretarlas sólo por la literalidad. También por su contexto y por la intención del legislador cuando las hizo”, apunta Garrote. La doctora recuerda que el apartado 144 a) se utilizó y fue pensado para la constitución de Madrid como comunidad autónoma. “Históricamente, Madrid siempre había pertenecido a Castilla La Nueva (Castilla-La Mancha). No había justificación para que fuera una región uniprovincial más allá del interés nacional'', asevera.
Asimismo, tampoco sería aplicable el punto b) de dicho artículo. Si bien este habla de la posibilidad de acordar un Estatuto de autonomía para ciertos territorios, establece como condicionante que estos no estén integrados en la organización provincial. “Este punto se creó, y de hecho se utilizó, para crear las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que están fuera de la Península. Por eso no puede aplicarse a La Línea, porque está dentro de la provincia de Cádiz”, subraya la experta.
Consulta popular y España: Un sistema territorial cerrado
“Es cierto que en la Constitución cabe plantear la posibilidad de que La Línea sea una comunidad o ciudad autónoma”, valora la doctora, quien reconoce que con los años sí se han modificado cuestiones como el régimen de autonomía de las CC.AA., sus competencias o su sistema de financiación. “No obstante, lo que está claro que ya no cambiará es el mapa territorial”, apostilla.
“Una cosa es lo que jurídicamente es posible y otra lo que políticamente y socialmente se va a permitir”, determina Garrote.
Fuentes:
- Artículo 71 de la Ley 7/1985.
- Artículos 143 y 1444 de la Constitución.
- Respuesta escrita del Gobierno al senador Jon Iñarritu a una pregunta sobre las consultas populares solicitadas en España del 23 de enero de 2018.
- Informe jurídico del doctor en Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid Antonio de Cabo de la Vega.
- María Garrote, doctora en Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid.
Se puede comunicar una consulta popular en un pueblo,para decidir por parte de la ciudadanía si se autoriza un umedal o no,que es una cosa artificial y está molestando a los vecinos.
Buen reportaje