Cada vez que alguna catástrofe natural tiene consecuencias graves para las personas, escuchamos hablar del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Por ejemplo, los daños ocasionados por la erupción de la isla de La Palma los asume siempre que los afectados estén asegurados.
Se trata de una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a la que las aseguradoras destinan fondos de forma regular para que cubra riesgos extraordinarios: pérdidas generadas por catástrofes, tanto las naturales (terremotos, inundaciones, erupciones volcánicas…) como las causadas por el hombre, entre otras cosas. Tiene personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y su marco de actuación viene determinado por su estatuto.
Analizamos qué es, en qué casos actúa, qué situaciones indemniza, qué requisitos pide y cómo se puede reclamar.
Erupciones volcánicas, terremotos e inundaciones… ¿qué riesgos extraordinarios asume el CCS?
El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza los daños asegurados en bienes y personas causados por determinadas catástrofes naturales y actos violentos en daños a bienes situados en territorio español y daños personales a los asegurados españoles en cualquier lugar del mundo.
Cubre daños naturales como erupciones volcánicas (la reciente en el Cumbre Vieja en la isla de La Palma), inundaciones (como las DANAs ocurridas en algunas zonas del Mediterráneo), embates del mar, terremotos, maremotos, tornados, caídas de cuerpos siderales y algunos vientos fuertes.
Los daños ocasionados por el hombre que asume están relacionados con terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular y actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
¿Cómo se contrata? La cobertura se contrata automáticamente al suscribir una póliza de bienes, vida y accidentes o pérdida de beneficios con cualquier aseguradora.
¿Cómo se reclama? La solicitud puede ser presentada por el propio asegurado, su compañía de seguros o su corredor o agente de seguros por teléfono o web.
¿Qué me cubre el CCS si soy uno de los afectados por la erupción del volcán de La Palma?
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) aclara que la erupción volcánica de La Palma sí se encuentra en la relación de “riesgos extraordinarios” cuyos daños indemniza, junto a la inundación, el embate de mar, el terremoto o maremoto, la tempestad de viento con rachas de velocidad superior a 120 km/h y los tornados que se generen.
El organismo recuerda que asumirá la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños indemnizables que se han producido y que continúen produciéndose con motivo de este episodio volcánico. Eso sí, el requisito para presentar la solicitud de indemnización al CCS es que el afectado esté asegurado y que tuviera su seguro en vigor en el momento en que se inició la erupción volcánica. En ese caso, los afectados pueden dirigirse al CCS vía telefónica (900 222 665) o web.
El CCS indemniza tanto “los daños materiales producidos por la erupción como los daños inmateriales que sean consecuencia de aquellos”, como pueden ser la pérdida de alquileres de propietarios de inmuebles, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales, todo ello en la forma que prevea el contrato de seguro del afectado.
[Ayudas e indemnizaciones a los afectados por la erupción del volcán en La Palma]
¿Qué pasa si no tengo acceso a la documentación necesaria? ¿Hay algún plazo para solicitar la indemnización?
En lo que respecta a los asegurados afectados por la erupción volcánica en La Palma, y dada la probable imposibilidad que tendrán de acceder a toda la documentación necesaria, el Consorcio de Compensación de Seguros recomienda que efectúen este trámite a través del mediador de seguros o de su aseguradora, que disponen de los datos de sus pólizas.
La entidad tranquiliza a los afectados y recuerda que no se aplica ningún plazo máximo para presentar la solicitud de indemnización por los daños sufridos, aunque recomienda hacerlo lo antes posible.
El CCS ha recibido ya las primeras 40 solicitudes de indemnización que se han asignado a los correspondientes peritos de seguros. Ellos contactarán de inmediato con los asegurados para programar la visita al riesgo dañado e informar de los pasos a seguir y de la documentación a preparar para facilitar una valoración lo más rápida posible siempre que la erupción del volcán, que continúa activa, lo permita.
¿Qué más cosas cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?
El CCS tiene funciones aseguradoras mediante el seguro de riesgos extraordinarios (daños asegurados por determinadas catástrofes naturales y actos violentos). Tiene el seguro de responsabilidad civil de automóviles, que garantiza los daños causados por vehículos sin seguro, desconocidos y robados, y asegura los vehículos rechazados por aseguradoras privadas y vehículos de las administraciones públicas.
Dispone del seguro agrario combinado que asume parte de los riesgos del seguro agrario, reasegura el sistema y controla las peritaciones. Asegura riesgos medioambientales y nucleares y accidentes personales en la extinción de incendios forestales.
Tiene funciones informativas, administra el Fondo de reserva de los riesgos de la internacionalización de la economía española y el Fondo de compensación de daños medioambientales. Además, el CCS se hace cargo de la liquidación de entidades de seguro: protege a los asegurados afectados y asume el pago a acreedores.
¿Cómo se financia el Consorcio de Compensación de Seguros?
Tiene un patrimonio propio distinto al del Estado y su actividad no depende de ningún presupuesto público. Sus ingresos lo constituyen sus primas, sus recargos y el producto de sus inversiones, y asegura su solvencia también mediante sus provisiones técnicas. Según explica la propia entidad, entre sus activos cuenta además con un importante patrimonio inmobiliario.
Se puede acceder a su información económica y presupuestaria, a su planificación estratégica y a sus contratos, convenios y otros gastos desde su web.
¿Cómo es la estructura y organización del Consorcio de Compensación de Seguros?
Su máximo órgano decisorio es el Consejo de Administración, presidido por el director general de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por 14 miembros, siete de los cuales son altos directivos de entidades aseguradoras privadas, y los otros siete altos cargos de la Administración. Además, tiene 17 oficinas distribuidas en 13 delegaciones territoriales.
Fuentes:
tube un accidente de trabajo grabe y estoy incapacitado para trabajar y el seguro de la empresa no se hace cargo de mi indemnización por estar fuera de plazo para reclamar el accidente? puedo pedir ayuda al consorcio de conpesacion gracias
Hola me coche se has quemado por unis très contenedores de basura en girona en la calle el coche lo ténia en tercero seguro obligatorio la compañía no se hace cargo de los daños quien debo reclamar por favor llevo 2 años pagando y aún sigo pagando mientras que se siniestrado el coche por completo dado de baja a un desguace gracias
Alquile un vehículo hace 2 semanas con un seguro a todo riesgo.
Durante el alquiler cayó una fuerte granizada que provocó algunos daños los en la carrocería.
La Compañía de alquiler me ha informado que debo hacerme cargo de los gastos de reparación al no estar asegurado este tipo de eventos naturales.
¿Es esto cierto?, y si es así, ¿puede el Consorcia pagar dichos daños?
Si el seguro está a todo riesgo o todo riesgo con franquicia queda cubierto por la propia póliza del vehículo.
Hola buenos días ,ayer recibe un golpe en mi puerta y rueda izquierda el seguro me recoge el coche y me lo lleva a taller hasta perfecto el problema que el coche que me envistió se dio a la fuga mi pregunta el consorcio de compensación me ayudaría en parte de la Reparación gracias