10:30 horas del viernes 16 de febrero de 2007. Dos agentes de la patrulla urbana del SEPRONA se personan en la clínica Isadora de Madrid, una de las clínicas más importantes para la práctica de la interrupción del embarazo. Estamos en una España en la que, desde 1985, abortar está despenalizado en tres supuestos —violación, malformación fetal y riesgo para salud física o psíquica para la gestante— pero donde también hay una persecución a estas clínicas promovida por grupos ultracatólicos, acusándolas de practicar abortos ilegales. La de Isadora, una investigación “inquisitorial”, según el juez que archivó el caso, está a punto de empezar.
Esa mañana, la clínica ya había realizado algunas interrupciones del embarazo. Entre ellas, la de Laura. Los agentes aseguran que deben realizar una inspección para ver si la clínica cumple la normativa sobre retirada de residuos, entre ellos los biológicos. De ahí que quien acuda sea el SEPRONA, pues la gestión de residuos es su competencia. En el exterior de la clínica ven que hay unos bidones siendo introducidos en el vehículo de Conesur, empresa encargada de la retirada. El director de Isadora, tras ser preguntado por su contenido, dice que hay “embriones y fetos con destino a destrucción”. Los agentes exigen ver el contenido, así que descargan los bidones y los precintan.
Ahí es cuando una inspección por una supuesta cuestión de reciclaje de residuos se convierte en una acusación por delito de abortos. El sargento jefe del SEPRONA acude al juzgado de guardia —debían de ser pasadas las 14 horas—, que en este caso era el número 6. Presenta un escrito donde señala que “ante la forma de actuar de los operarios de la citada clínica se generan dudas racionales de que los supuestos restos humanos pudieran tratarse de supuestos abortos ilegales”. Y solicita autorización judicial para abrir los bidones y que el Instituto Anatómico Forense los analice “por si se pudieran depurar responsabilidades penales”.
El magistrado al frente del Juzgado de Instrucción número 6 era Ramiro García de Dios, que al ver el acta y “las barbaridades que decía el sargento”, cuenta ahora a Newtral.es, se dio cuenta de que todo obedecía a una búsqueda deliberada de algún delito que imputarle a la clínica. “El sargento me habló de presuntos homicidios, de que estaban asesinando niños, pero no había indicio sólido alguno de eso. La petición del escrito era más contenida, pero el lenguaje del sargento era beligerante”. García de Dios deniega la retirada, apertura y estudio de los bidones señalando que “no existe el más mínimo indicio racional”.
19, 20 y 21 de febrero de 2007. Tras dejar pasar el fin de semana, el lunes 19, los guardias civiles contactan con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y hablan con Juan Raúl Sanz, Jefe de Sección de la Inspección Territorial de Salud Pública. Le piden que retire los contenedores “por motivos de higiene” y al día siguiente, a mediodía, Juan Raúl Sanz acude a la clínica junto al sargento del SEPRONA y dos agentes más. Sin autorización judicial, retiran los contenedores y los trasladan para su apertura y estudio.
Ahí es cuando encuentran varios fetos, algunos de ellos en botes de formol. En total contabilizan siete y uno seccionado. Realizan un estudio fotográfico y al día siguiente, el 21, vuelven a los Juzgados de Plaza de Castilla, donde presentan un atestado. Aseguran que advirtieron maniobras extrañas en los trabajadores de Isadora y que al inspeccionar los bidones aparecieron fetos. No dicen que ya habían acudido antes a otro juzgado, al 6, y que este había desautorizado abrir los bidones. Solicitan al juez que autorice el estudio de los fetos “por si los mismos pudieran tener más de 22 semanas de gestación y hubieran podido incurrir en un ilícito penal”.
El asunto cae en el Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, con el juez José Sierra Fernández al frente, quien incoa diligencias.
El caso Isadora está en marcha.
A partir de ahora, las investigaciones de tres agentes de la Guardia Civil consistirán en buscar cómo imputar el delito de aborto ilegal a los responsables de la clínica.
- El juez Ramiro García de Dios, en su auto de archivo dos años después, señalaría que se trataba de una “investigación policial diseñada” y apuntaba directamente que los responsables de “instrumentalizar” la herramienta penal y de “manipular la realidad fueron tres agentes concretos: el Capitán Jefe, el Alférez y el Sargento de la Unidad de Investigación del SEPRONA.
PARTE I. Fetos de más de 22 semanas
La ley de 1985 despenalizó el aborto en tres supuestos:
- Hasta la semana 12 por violación y siempre que haya denuncia
- Hasta la semana 22 por malformación fetal con dictamen médico de dos especialistas
- En cualquier momento por riesgo para la salud física o psíquica de la gestante con dictamen médico de un especialista
Una vez la Guardia Civil abre los bidones y observa fetos en su interior —algo que el director de la clínica ya les había advertido, pues se trata de una clínica acreditada para realizar interrupciones—, los agentes acuden a los juzgados asegurando que Isadora podría estar incurriendo en un delito de aborto ilegal. Es decir, que estaría saltándose uno o varios de los supuestos establecidos en la ley de 1985.
En concreto, van a por los dos responsables de la clínica: Francisco Javier Hidalgo y Salim Chami Succar.
En primer lugar tratan de demostrar que los fetos sobrepasaban las 22 semanas porque, según consta en uno de los escritos, tienen “entidad importante”. Así que solicitan un estudio al Instituto Anatómico Forense para determinar la edad gestacional, que concluye que todos los fetos —también los que se habían depositado en botes de formol para un estudio patológico— estaban por debajo de las 22 semanas.
Aun así, el supuesto de las 22 semanas era para los casos de malformación fetal. Es decir, podría haber habido fetos de mayor edad gestacional y no necesariamente sería prueba de un delito, ya que ante un riesgo físico o psíquico las mujeres podían abortar sin límite de semanas.
El siguiente objetivo será tratar de demostrar, por tanto, que los fetos no tenían malformaciones. Como si fuesen bebés sanos que habían acabado en un bidón.
- En este punto, el Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid, al ser conocedor de que se estaba instruyendo una causa que él mismo había desautorizado mediante providencia el 16 de febrero de 2007, comunica lo sucedido. Aunque la maniobra de la Guardia Civil de acudir de nuevo a un juzgado diferente no se ajusta a Derecho, el juez del Juzgado de Instrucción número 47 decide seguir adelante una vez conoce esta información.
PARTE II. Ausencia de malformaciones y vida extrauterina
Ante la evidencia de que los fetos tienen menos de 22 semanas, la investigación se focaliza en las malformaciones. Así, a petición de los agentes al mando, el magistrado Sierra acordará “ver si se pueden determinar malformaciones”. Sierra solicita un informe “sobre las posibles taras físicas o psíquicas” de los fetos. Aunque el informe señala que “no se aprecian malformaciones”, el mismo informe apunta que dos de ellos sí presentan el encéfalo lisiado. De los fetos en botes de formol, tres tienen malformaciones visibles. Y eso que las malformaciones podrían haber consistido en una trisomía, que habría sido indetectable con un análisis como el que se realizó —histopatológico, de los tejidos—.
Las propias pacientes, las cuatro identificadas y llamadas a declarar a partir de las etiquetas de los botes de formol, declaran que a sus bebés les habían diagnosticado alguna patología.
Aunque no se pudiese certificar que todos los fetos tuviesen una malformación, de los interrogatorios y de los análisis fetales realizados se deriva que la mayoría sí tuvo un diagnóstico de esas características.
La siguiente sospecha tanto de los guardias civiles como del juez es que haya podido haber vida extrauterina en los fetos encontrados, es decir, pide un informe forense para determinar si llegaron a tener aire en los pulmones. En otras palabras: si llegaron a vivir y luego fueron asesinados. El informe determina que no hubo vida extrauterina en ninguno de los casos.
PARTE III. Informes psiquiátricos falsos
Mientras se practicaban las diligencias descritas arriba, a finales de noviembre de 2007 detienen en Barcelona al doctor Morín bajo la acusación de practicar abortos con informes psiquiátricos falsos. Unos días después, sin que la psiquiatra de la clínica Isadora hubiese estado en el foco de las investigaciones policiales, el juez requiere a la clínica que “informe de la identidad de la médico psiquiatra que emitió los informes” de las pacientes que habrían abortado el 16 de febrero de 2007 y días previos, es decir, de aquellas que habían sido identificadas a través de los restos biológicos hallados en los bidones.
- Como la recogida de residuos se realizaba lunes, miércoles y viernes, los restos hallados procedían de abortos realizados el 14, 15 y 16 de febrero. Es decir, la última recogida había sido el 14 de febrero por la mañana. Y los bidones incautados contienen restos de aquel 14, del día 15 y del 16 por la mañana.
La psiquiatra de Isadora, Sara Moreno, pasa a estar en el centro de la investigación. Según los agentes que dirigen la persecución en connivencia con el juez Sierra, podría estar falseando informes psiquiátricos.
Uno de los supuestos de la ley de 1985 permitía abortar por “riesgo para la salud física o psíquica de la gestante”. La realidad es que la mayoría de las mujeres abortaban por “riesgo para la salud psíquica”. Para ello, las mujeres debían ser evaluadas por un psiquiatra que acreditase alguna alteración de su salud mental, como ansiedad o depresión. No significa que todas las mujeres tuviesen un diagnóstico psiquiátrico previo, se trataba de corroborar que seguir adelante con un embarazo no deseado implicaba un riesgo grave para su salud mental. Porque la realidad es que una maternidad forzada conlleva graves secuelas psicológicas y, además, de larga duración, como expone esta publicación científica.
Como explica la militante histórica Justa Montero, vinculada a la defensa de los derechos reproductivos, “las feministas sabíamos que la ley del 85 generaba inseguridad jurídica”. Los profesionales se arriesgaban a ser acusados de un delito de aborto ilegal, pues firmaban informes psiquiátricos que podían ser puestos en cuestión. Aquel supuesto era un salvoconducto para las mujeres y, a la vez, como señala Montero, “podía ser instrumentalizado para la causa antiaborto al ser tan poco preciso y al obligar a las mujeres a tener un diagnóstico de salud mental, que no es como una patología fetal demostrable”.
Los agentes del SEPRONA analizaron los expedientes de las 25 mujeres identificadas y concluyeron que los diagnósticos de salud mental eran “idénticos en cuanto a su contenido”, algo que para ellos suponía una prueba de que estaban falseados.
Así comienzan los interrogatorios a 25 mujeres, personándose los agentes incluso en las casas de las mismas, como le ocurrió a Laura, para después citarlas a declarar. Les preguntaron por el motivo de la interrupción, si tenían el informe médico que probara la razón del aborto y qué habían hablado con la psiquiatra exactamente. Como explica Ramiro García de Dios, quien archivó la causa en 2009, “se partía de la presunción de culpabilidad y pareciera que tuvieran que demostrar que eran inocentes”.
La realidad es que la mayoría de las mujeres se habían citado con la psiquiatra y que esta había determinado que había un malestar psíquico que entraba en el supuesto de la ley de 1985. Las que no habían pasado consulta con Sara Moreno es porque ya habían acudido a Isadora con dictámenes psiquiátricos previos.
A pesar de ello, el juez solicita un informe psiquiátrico externo para determinar “el contenido necesario o exigible” para emitir un dictamen sobre riesgo para la salud psíquica de la gestante. En él, los dos psiquiatras que lo firman señalan que “científicamente no existe un protocolo psiquiátrico objetivo establecido” para determinar tal cosa.
Sin embargo, en la persecución a la clínica y, en concreto, a Sara Moreno, los guardias civiles consiguen autorización para intervenirle el teléfono, alegando que esta podría no solo haber estado haciendo diagnósticos psiquiátricos falsos, sino que podría estar tratando de llamar a algunas de las mujeres a las que les pudo diagnosticar al saber que estaba siendo investigada.
Es decir, los agentes del SEPRONA insinuaban que la psiquiatra podría estar coaccionando a estas mujeres para que declarasen a su favor y mintieran por ella. La intervención telefónica a Sara Moreno duró un mes, hasta el 18 de enero de 2008, tras no hallar prueba alguna.
PARTE IV. El archivo de la causa
La instrucción de la causa se alarga casi un año y medio, cuando empieza la pugna por la competencia del juzgado. La defensa de la clínica Isadora recurrió la competencia del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, ya que la causa, en primer lugar, llegó al Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid, que no admitió a trámite la solicitud de los agentes de la Guardia Civil.
A pesar de la denegación por parte del 6, unos días después los agentes acudieron de nuevo a los juzgados, algo que podría llegar a considerarse estafa procesal. Esa pugna por dirimir si la causa debía seguir en el 47 o volver al 6 llega a la Audiencia Provincial de Madrid, que en junio de 2009 emite su veredicto: la causa debe instruirse en el Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid.
“Se trata de determinar si debe restablecerse la competencia del Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid por haber sido el primero en conocer de los hechos que se investigan en este proceso y el examen de las actuaciones revela que así fue”, señala el auto de la Audiencia, cuya resolución también apunta que los agentes del SEPRONA “continuaron actuando por su propia iniciativa” y que “silenciaron” que previamente habían acudido a otro juzgado cuando presentaron el oficio aquel 21 de febrero de 2007.
La causa regresa de nuevo al 6, con Ramiro García de Dios al frente, quien incoa diligencias previas nuevamente y analiza toda la instrucción practicada por el 47 y las investigaciones de la Guardia Civil. El magistrado archiva la causa el 15 de octubre de 2009 emitiendo un auto contundente en el que señala que no había existido el más mínimo indicio de aborto ilegal en el caso Isadora.
Además, apunta que la investigación de la Guardia Civil, que describió como “diseñada”, se “sustentó sobre meras sospechas subjetivas, carentes de todo fundamento, y ello cuando menos, combinada con una rechazable técnica inquisitorial tendente a tratar de buscar algún delito”. “Se articuló una investigación por el SEPRONA de Madrid, carente del más mínimo fundamento, mediante insinuaciones sesgadas y manipulación de la realidad, de modo cuando menos oblicuo o torticero, utilizando un lenguaje y terminología tendentes a dar apariencia delictiva a una actuación prospectiva e indeterminada sobre la Clínica Isidora”, añadió García de Dios.
En la parte dispositiva, el magistrado no solo decretó el sobreseimiento del caso, sino que les recordó a los médicos perseguidos, Francisco Javier Hidalgo, Salim Chami Succar y Sara Moreno, que tenían derecho a ejercer acciones penales contra la actuación de los agentes de la Guardia Civil. Nunca lo hicieron.
Y a pesar de que el Ministerio del Interior aseguró en su momento que había iniciado una investigación interna para depurar responsabilidades respecto a la actuación de la Guardia Civil, nunca se supo nada más. Ni Interior ni la Guardia Civil han respondido a nuestro requerimiento para saber qué ocurrió con dicha investigación. También hemos cursado petición por Transparencia, pero de momento no hemos recibido respuesta.
Metodología
Esta investigación ha sido realizada a través de fuentes cercanas a la causa como el magistrado Ramiro García de Dios, ya jubilado, pero miembro activo de Jueces y Juezas por la Democracia y del Grupo de Estudios de Política Criminal; Marisa Castro, una de las fundadoras de la clínica Isadora y militante feminista; el ginecólogo Salim Chami Succar, uno de los responsables de la clínica Isadora; Gonzalo Fresneda, abogado penal y quien lideró la defensa de la clínica Isadora junto al ya fallecido Rafael Burgos; Laura, una de las mujeres que fue llamada a testificar por abortar en Isadora en 2007; y la militante histórica y feminista Justa Montero.
La principal fuente de la investigación es la documentación judicial de la causa a la que hemos tenido acceso, además de las aportaciones realizadas por otras fuentes judiciales.
Este medio también ha consultado al Ministerio del Interior y a la Guardia Civil, que a fecha de publicación de este reportaje no han respondido a nuestras peticiones. También hemos pedido hablar con el magistrado José Sierra Fernández, quien actualmente está destinado en la Audiencia Provincial de Madrid, pero no ha respondido a la petición.