En los últimos días se han viralizado en las redes sociales múltiples mensajes que señalan que Pablo Iglesias «denunció a unos okupas por tratar de okupar su segunda residencia».
Los mensajes virales plantean que el vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 está sufriendo «el karma», recuerdan que «en casa del herrero, cuchillo de palo» y hablan del «prokupa okupado». También nos preguntáis sobre el asunto en nuestro servicio de verificación por WhatsApp (+34 627 28 08 15).
Estos mensajes tienen su origen en un artículo publicado el sábado 3 de octubre en la revista La Otra Crónica (LOC) de El Mundo, el cual se titula de la siguiente manera: «Pablo Iglesias denuncia que alguien ha querido entrar en su casa de Ávila: ¿’okupas’?».
El artículo, que cita una denuncia presentada por Iglesias, añade que «el inmueble del vicepresidente sufrió daños en una de las contraventanas que da acceso a la propiedad».
En Newtral.es hemos accedido a la denuncia presentada por Iglesias el 3 de junio, dos días después de que su jefe de seguridad tomara conocimiento del incidente. En el documento se denuncian «los daños ocasionados» pero en ningún momento se habla de okupación o de los delitos de usurpación o allanamiento. Por ello, son falsos los mensajes en las redes sociales que aseguran que Iglesias «denunció a unos okupas por tratar de okupar su segunda residencia».
La denuncia de Iglesias
La denuncia policial fue presentada el 3 de junio de 2020 a las 11:54 horas por Iglesias y en ella se «denuncian los daños ocasionados» en la vivienda ubicada en Casavieja, provincia de Ávila.
El líder de Unidas Podemos señaló, según el documento, que su jefe de seguridad realizó «una visita de comprobación a la vivienda» dos días antes, el 1 de junio. Entonces detectó que «estaba forzada y rota la contraventana que se encuentra frente al porche principal y al lado de la puerta de acceso».
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Además, la denuncia aclara que «no ha detectado que haya entrado nadie al interior de la vivienda». Y añade que «no se ha encontrado ningún signo de forzamiento, ni en la puerta de acceso ni en ninguna otra ventana».
Junto al atestado policial se adjuntan cinco imágenes en las que se pueden observar los daños en la contraventana de madera que se encuentra al lado de la puerta de acceso a la vivienda. En las fotos se ve que una parte de la contraventana fue arrancada de su sitio, aunque en el resto del porche no se observan daños adicionales.
La explicación de Podemos
Desde Podemos señalan a Newtral.es que la denuncia «no es por okupación, sino por daños y un posible acto de vandalismo». Y enfatizan que Iglesias «jamás ha denunciado a nadie por okupación».
Las fuentes consultadas no descartan que se haya tratado de una agresión intencionada de alguien que se haya enterado de que Iglesias tenía allí una cabaña, aunque también es posible que haya sido un episodio vandálico sin ninguna connotación política. En el artículo publicado en la revista de El Mundo tampoco se descarta la hipótesis de un robo.
Más allá de esto, en Podemos niegan que se trate de “una segunda residencia” y apuntan que es una cabaña que el vicepresidente apenas frecuenta en los últimos tiempos.
Los bienes de Iglesias
Según la declaración de bienes y rentas presentada por Iglesias el 18 de noviembre de 2019 en el Congreso, el vicepresidente es propietario de la vivienda en Ávila desde 2013, además de la casa en Galapagar que está pagando a través de un crédito hipotecario junto a la Ministra de Igualdad, Irene Montero.
La diferencia entre allanamiento y okupación
Tal como hemos explicado en Newtral.es, en el debate sobre la okupación suelen mezclarse dos tipos de delitos: el de usurpación, que es el que comete un okupa, y el de allanamiento de morada. Por lo general, los casos en los que una persona se va de vacaciones y a la vuelta encuentra su casa okupada se refieren a los segundos y no pueden equipararse con la okupación, que se da cuando la vivienda está vacía durante un largo periodo de tiempo.
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Según el Código Penal, el delito de usurpación (artículo 245.2) recoge lo siguiente: «El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular». En cambio, el delito de allanamiento de morada (artículo 202.1) aplica contra «el particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador».
Resumen
Resumiendo lo expuesto, es falso que Iglesias haya «denunciado a unos okupas por tratar de okupar su segunda residencia», como se afirma en redes sociales. La denuncia revelada por El Mundo es real y se refiere a unos hechos ocurridos el 1 de junio en una propiedad de Iglesias en Casavieja, Ávila, y denunciados dos días después. Sin embargo, en el documento, al que hemos accedido en Newtral.es, se denuncian únicamente «los daños ocasionados» y no se habla de un intento de okupación.