Así se ha convertido Polonia en el país de la UE con una de las leyes más restrictivas sobre el aborto

Protestas en Polonia por la ley del aborto | Imagen: Salvatore Allotta
Tiempo de lectura: 7 min

Tres meses después de que el Tribunal Constitucional polaco se pronunciase contra uno de los supuestos —el de malformación fetal— en los que era legal abortar en Polonia, la decisión ha sido formalizada al publicarse en el Dziennik Ustaw, la publicación oficial legislativa del país [puedes consultar la publicación oficial en polaco aquí].

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Así, este miércoles 27 de enero entraba en vigor la nueva legislación sobre la interrupción del embarazo, que restringe aún más el acceso al aborto. De esta forma, Polonia se sitúa como uno de los países de la Unión Europea con peor legislación en cuanto a derechos reproductivos y sexuales. 

La entrada en vigor de la sentencia del Tribunal Constitucional polaco se produce tres meses después de que este órgano judicial dictaminase que uno de los tres supuestos en los que era legal abortar en Polonia era inconstitucional. La sentencia del TC polaco vino a darle la razón a los parlamentarios del partido de extrema derecha Ley y Justicia (PiS por sus siglas en polaco) —el partido que lidera una coalición en el Gobierno con mayoría absoluta—, quienes interpusieron hace tres años un recurso de inconstitucionalidad sobre la norma que regulaba el aborto, vigente desde 1993.

Una de las legislaciones más restrictivas de la UE

Antes de la decisión del Tribunal Constitucional polaco, el país ya tenía una de las legislaciones sobre el aborto más restrictivas de la Unión Europea (junto con territorios como Malta o Gibraltar), permitiendo interrumpir un embarazo de manera voluntaria tan solo en tres supuestos: violación o incesto, riesgo para la salud física o psíquica de la gestante y malformación del feto —los mismos supuestos que había en España antes de la ley de 2010, una norma que en nuestro país permite abortar sin condiciones en las primeras 14 semanas de embarazo—.

Ahora, con la desaparición del supuesto de malformación fetal, solo será legal abortar en caso de violación o incesto y de riesgo para la salud física o psíquica de la gestante. El problema, como advertía el Parlamento Europeo en una resolución de noviembre de 2020, es que la mayoría de abortos legales se llevaban a cabo bajo este supuesto que ha sido declarado inconstitucional. 

En su comunicado, el Parlamento Europeo señalaba que “prohibir esa opción, que representó el 96% de las interrupciones del embarazo llevadas a cabo legalmente en Polonia en 2019 (1.074 de 1.110), comportará un aumento de los abortos ilegales, inseguros, clandestinos y potencialmente mortales”. Por otro lado, según la ONU, 100.000 mujeres polacas viajan al extranjero cada año para poder interrumpir su embarazo.

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En el texto, aprobado con 55 votos a favor, 145 en contra y 71 abstenciones, el organismo europeo hacía hincapié en que, según la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, “las leyes restrictivas del aborto violan los derechos humanos de las mujeres”. Además, la Cámara denunciaba también que “miles de mujeres se ven obligadas cada año a viajar al extranjero para acceder a un servicio sanitario tan esencial como el aborto, lo que supone riesgos adicionales para su salud y bienestar”.

[El Parlamento Europeo se pronuncia contra la sentencia del Constitucional polaco sobre el aborto y cuestiona su independencia]

La resolución del Europarlamento no solo se centraba en lo que la sentencia del Tribunal Constitucional polaco supone para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, sino que cuestiona al propio Tribunal Constitucional, cuya composición consideran “ilegítima”, ya que la sentencia fue adoptada por “por jueces elegidos por políticos de la coalición liderada por Ley y Justicia, de quienes dependen totalmente”.

Según el PE, esta decisión judicial de considerar inconstitucional uno de los supuestos por los que se podía abortar en Polonia vendría a constituir “un ejemplo más de la apropiación del poder judicial por parte de la política y del colapso sistémico del Estado de Derecho”: “Los eurodiputados piden a la Comisión que examine la composición ilegítima del Tribunal Constitucional que, a su juicio, es un motivo para impugnar sus sentencias y, por tanto, su capacidad para hacer cumplir la Constitución polaca”, señalaba el organismo en su comunicado.

No era la primera vez que el Europarlamento cuestionaba la independencia del Tribunal Constitucional polaco. En una resolución de septiembre de 2020, el organismo europeo constataba “un riesgo claro de violación grave del Estado de Derecho por parte de la República de Polonia”, apuntando que se ha socavado “gravemente la independencia y legitimidad del Tribunal Constitucional”. Tal y como señalaba la abogada polaca Marta Górczyńska en conversación con Newtral.es: “Once de sus doce jueces fueron nombrados por Ley y Justicia”. 

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La dificultad de dar marcha atrás

En conversación con Newtral.es, Agata Ignaciuk, investigadora en la Universidad de Granada sobre salud y derechos reproductivos (especialmente en España y Polonia), señala que la decisión judicial, que acaba de entrar en vigor, obedece a “un proceso de desmantelamiento del acceso a la interrupción del embarazo en Polonia iniciado a principios de los 90, durante la transición tras el periodo comunista”. 

Ignaciuk apunta que aunque aún no se había formalizado legalmente la sentencia del Tribunal Constitucional, “en Polonia ya se ha estado aplicando la restricción estos meses”, pero recuerda que allí las organizaciones activistas y civiles “están procurando un acceso al aborto lo más seguro posible”: “Hay muy buena red porque profesionales del ámbito sanitario y feministas llevan trabajando conjuntamente en esto durante años, por lo que habrá formas de realizar el aborto de forma segura fuera del marco legal de Polonia. La cuestión es que es un derecho de las mujeres y no debería hacerse de forma clandestina”. 

Esta investigadora también señala que la demora para la implementación de la nueva legislación obedece a que “tanto el Gobierno como el Constitucional estaban esperando a que bajase un poco el nivel de movilización”: “Estaba claro que no se iban a echar para atrás”.

De hecho, Ágata Ignaciuk considera que deshacer el camino es complicado: “No es tan fácil como proponer una reforma. Hay que tener en cuenta que se ha pronunciado el poder judicial. Hacerlo así es estratégico, precisamente evitar la vía legislativa, reformando la ley por ejemplo, le confiere un carácter despolitizado, cuando no es así”.

Aleksandra Sojka, investigadora sobre política europea en la Universidad Carlos III de Madrid, comparte la visión de Ignaciuk: “Estaban esperando a cierta desmovilización feminista, estaban jugando con esa baza de la misma forma que aprovecharon la coyuntura de la pandemia para que el Constitucional se pronunciase”, apunta a Newtral.es.

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Sojka señala, además, que “el Gobierno ha elegido este momento porque sabe que tiene varios años por delante antes de unas nuevas elecciones [las últimas se celebraron a mediados de 2020], por lo que el tiempo hará que haya menos castigo electoral en el futuro”.

[La coartada del coronavirus para restringir el derecho al aborto en Polonia]

Fuentes consultadas

  • Dziennik Ustaw del 27 de enero de 2021, el BOE polaco donde se ha publicado la sentencia del Tribunal Constitucional, haciéndose efectiva la restricción del aborto en el país
  • Resolución del Parlamento Europeo, del 26 de noviembre de 2020, sobre la restricción del aborto en Polonia
  • Comunicado de la ONU (octubre de 2020) sobre la situación del aborto en Polonia
  • Resolución del Parlamento Europeo, del 17 de septiembre de 2020, sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la constatación de un riesgo claro de violación grave del Estado de Derecho por parte de la República de Polonia
  • Agata Ignaciuk, investigadora en la Universidad de Granada sobre salud y derechos reproductivos (especialmente en España y Polonia)
  • Aleksandra Sojka, investigadora sobre política europea en la Universidad Carlos III de Madrid

1 Comentarios

  • La mera legalidad de una práctica dirigida a destruir a un ser humano en su estado más vulnerable es lo que de verdad debería hacernos rasgar las vestiduras a todos, si no tuviésemos la conciencia tan adormecida. El aborto sí que es una violación muy grave de uno de los derechos humanos más importantes, el derecho a la vida.

    La dignidad del hombre (que es la que fundamenta la inviolabilidad de la vida humana inocente) es inherente al ser humano en tanto ser humano, es decir, en virtud de su propia naturaleza (no en virtud de atributos que puede tener o no tener, como lo son la consciencia, el grado de desarrollo, etc.)

    Por ejemplo, que alguien entre temporalmente en coma no le quita el derecho a la vida. Nos resultaría escandaloso que le matasen con el argumento de que está inconsciente, si encima sabemos con certeza que en nueve meses despertará. Incluso aunque supiésemos que despertará habiendo perdido todos los recuerdos, y tenga que volver a aprender incluso a hablar, nos seguiría pareciendo inaceptable que le matasen aprovechando su inconsciencia e indefensión, porque su derecho a vivir le corresponde en tanto ser humano, y su humanidad no la ha perdido.

    Pues bien, la biología muestra con absoluta certeza que desde el mismo momento de la fecundación tenemos a un individuo de la especie humana, con material genético propio y perfectamente diferenciable del de la madre, que sencillamente se encuentra en un estado de desarrollo. Hay vida humana. No es una parte del cuerpo de la madre, es un organismo vivo perfectamente distinguible de la madre, aunque necesite estar dentro del utero para sobrevivir.

    El aborto, por tanto, es arrebatar consciente y deliberadamente la vida a un ser humano inocente. Y eso tiene un nombre: homicidio.