Cómo es la normativa europea que obliga a plataformas como Wallapop o Vinted enviar a Hacienda información de sus vendedores 

wallapop vinted Hacienda
Fuente: Shutterstock
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Plataformas digitales como Wallapop o Vinted estarán obligadas a compartir cierta información con Hacienda sobre sus vendedores a partir del 1 de enero de 2024 en cumplimiento de la Directiva UE 2021/514 -conocida como DAC 7- cuando estos vendedores hayan realizado más de 30 operaciones u obtenido más de 2.000 euros en sus ventas.

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  • Afecta a la venta de bienes, servicios personales o alquiler de inmuebles o medios de transporte.
  • Esta información será accesible a las autoridades fiscales del resto de países de la Unión Europea.
  • Existen algunas excepciones. Estarán exentos de estas obligaciones las plataformas que puedan probar que ya han comunicado esta información por vía de otros operadores. También aquellas que están domiciliadas en países con convenio de intercambio de este tipo de datos con la Unión Europea. 

Contexto. Los países deben transponer esta directiva a su legislación nacional y en el caso de España la norma se “ha remitido al Consejo de Estado para que emitan el preceptivo dictamen”, según explica a Newtral.es el Ministerio de Hacienda.

¿Desde cuándo deben informar a Hacienda las plataformas como Wallapop o Vinted?

Como explica la Directiva, las plataformas digitales están obligadas a recopilar y verificar cada año natural los datos de los vendedores a quienes afecte la norma, del 1 de enero al 31 de diciembre. 

Así, la primera declaración de información que tienen que hacer los operadores como Wallapop o Vinted sería a partir del 1 de enero de 2024, respecto de la información relativa al año anterior.

Qué información hay que aportar a las autoridades fiscales 

La nueva normativa indica que las plataformas como Wallapop o Vinted deberán identificarse con sus propios datos a Hacienda: nombre, domicilio social, etc. También tendrán que aportar datos relacionados con las actividades económicas de sus vendedores, ya sean personas físicas o jurídicas, como los siguientes: 

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  • El nombre, apellidos y la identificación de dicho vendedor. Si se trata de una entidad, la razón social y el número de registro de la empresa, entre otros.
  • La contraprestación (cobro) del vendedor e identificación de las cuentas bancarias utilizadas. 
  • Los tributos, comisiones, tarifas y otras cuantías retenidas o cobradas por el operador si así fuera.

Cómo es el procedimiento de recopilar y enviar la información 

  • Las plataformas notificarán a los vendedores un recordatorio para que envíen la información necesaria en el plazo de 60 días. 
  • Tras la recogida de esta información, deberán verificarla, poniendo especial importancia al dato de la residencia del vendedor
  • Después las plataformas, como Wallapop o Vinted, suministrarán estos datos a Hacienda, en el caso de España, a la Agencia Tributaria. 
  • Finalmente, los Estados miembros de la Unión Europea intercambiarán toda la información que han recibido de las plataformas digitales. La Directiva también contempla inspecciones conjuntas, para realizar controles simultáneos a una misma empresa en varios países europeos al mismo tiempo.

¿Qué ocurre si un vendedor no envía la información requerida a un operador como Wallapop o Vinted? 

El proyecto de transposición de la DAC7 también prevé un régimen sancionador para las obligaciones de remitir la información. 

  • Si los vendedores que operan en plataformas como Wallapop o Vinted no facilitan la información exigida, la plataforma cerrará su cuenta y este ya no podrá volver a registrarse. Asimismo, también se les puede retener el pago de la venta hasta que envíen la información solicitada.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública explica que se trata de un proyecto de ley que modifica la Ley General Tributaria, y su objetivo es “intercambiar de manera más flexible y ágil la información sobre el comercio en las plataformas” entre países de la UE.

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Fuentes
  • Ministerio de Hacienda y Función Pública
  • Agencia Tributaria
  • DIRECTIVA (UE) 2021/514 DEL CONSEJO de 22 de marzo de 2021