Circula por redes sociales un mensaje que anima a hacer uso del “voto dual”, una fórmula que supuestamente permite al votante dividir su voto por porcentajes entre dos partidos políticos distintos. En el tuit, el usuario señala que este tipo de voto es “la forma más eficaz de derrotar a la izquierda” y que ha elegido votar a un partido (al que le otorga el 80% del voto) pero que cede parte de su voto a otro (al que le otorga el 20%). El texto va acompañado de una imagen de sus supuestas papeletas del Congreso con los porcentajes escritos y con varios nombres de las listas electorales tachados.
El usuario que difunde el mensaje asegura que para que el “voto dual” sea válido, los porcentajes deben sumar el 100%, si no será nulo. Además, señala que lo de “elegir nombres” es opcional y que gracias a esta fórmula de voto, el PNV y Bildu “arrasaron en el 28-M en el País Vasco”.
En otro tuit del hilo, el mensaje indica que esta información está supuestamente regulada por la Ley de Régimen Electoral General y por la Ley Orgánica 3/2019, de la reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, sin especificar los supuestos artículos en los que se recogería esta cuestión.
Por el contrario, en estas leyes no figura nada sobre ningún supuesto “voto dual” ni la posibilidad de dividir el voto por porcentajes. María Garrote, profesora de Derecho Constitucional y en la Universidad Complutense de Madrid, ha aclarado a Newtral.es que el elector no puede introducir porcentajes y que la papeleta va íntegramente a una sola candidatura. Por otro lado, el artículo 96 de la Ley de Régimen Electoral especifica que las papeletas escritas son nulas.
La Ley de Régimen Electoral indica que si se incluyen alteraciones, el sufragio es nulo
En primer lugar, introducir dos papeletas de distintos partidos en un mismo sobre electoral invalida el voto, tal y como explicamos en Newtral.es y establece el artículo 96.1 de la ley electoral. Por tanto, si se hiciera uso del supuesto “voto dual” habría que introducir dos papeletas en un mismo sobre y sería, automáticamente, inválido. Si bien incluir dos votos del mismo partido en el mismo sobre no se consideraría nulo y se contabilizaría como un solo voto a esa agrupación política.
En segundo lugar, introducir cualquier escrito o dibujo en un voto también provoca que sea inválido, como ya se aclaró en Newtral.es. El artículo 96.2 de la ley electoral señala que serán nulas las papeletas “en las que se hubiera introducido cualquier leyenda o expresión, o producido cualquier otra alteración de carácter voluntario o intencionado”. Por ello, escribir el porcentaje de voto en la papeleta no sería válido, a pesar de que el usuario que difunde la desinformación afirme que gracias a esta fórmula Bildu y el PNV supuestamente tuvieron éxito en las elecciones autonómicas del País Vasco.
Además, tachar, añadir o modificar los nombres de candidatos, como se muestra en el bulo difundido, también impide que el voto sea aceptado en el recuento, como se regula en este mismo apartado del artículo 96.
No obstante, en las papeletas del Senado, de color sepia, se pueden elegir hasta tres senadores marcándolos con una cruz y no tienen por qué ser todos del mismo partido. Este es el único caso en el que se pueden escoger opciones de distintos partidos, pero no se divide el voto por porcentajes.
Por otro lado, el supuesto “voto dual” no se recoge en la Ley de Régimen Electoral ni en la Ley Orgánica que reforma el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, como afirma el usuario que difunde el bulo. Una búsqueda de los términos “voto dual”, “porcentaje” o “división de voto” en los documentos oficiales de estos textos jurídicos, publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no arroja ningún resultado.
El voto no se puede dividir por porcentajes
María Garrote ha confirmado a Newtral.es que el voto no se puede dividir y que “el elector no puede introducir porcentajes”. “El único momento en el que se podría hablar de porcentajes es cuando se hace referencia a que el porcentaje de votos de cada provincia se traduce en escaños”, señala la experta.
Garrote señala que la única consecuencia que va a tener este bulo es que haya personas que “vayan a votar nulo sin querer”. “La papeleta debe introducirse en el sobre sin más. La blanca corresponde al Congreso y la sepia para el Senado; con su lista de candidatos, cuyo número varía en función de la provincia”, aclara. Además, añade que en caso de que se pudiera dividir un solo voto en dos estableciendo porcentajes no sería posible un escrutinio.