Quedan dos días para que cierre el plazo para depositar el voto por correo para las elecciones generales del 23-J, el jueves 20 de julio, y Correos ya ha entregado el 98,2% de la documentación. Para aquellos que han recibido la documentación electoral pero no pueden acudir a entregar el voto por correo, la empresa postal da la opción de que otra persona autorizada lo realice en su nombre.
[Quienes soliciten el voto por correo no podrán votar en la mesa electoral el próximo 23-J]
¿Cómo autorizar a otra persona para que entregue el voto por correo?
La Oficina del Censo Electoral es la encargada de enviar la documentación para el voto por correo a la dirección donde señaló el solicitante y será un cartero de Correos el que entregue en mano el sobre.
- Si tras dos intentos del cartero, el elector no se encuentra en esa dirección, dejará un aviso para que acuda a una oficina de Correos a por ello. Pero el solicitante es el único que puede recoger la documentación para votar por correo.
En caso de que el elector, ya con la documentación en mano, no pueda acudir personalmente a la oficina de Correos a depositar el voto por correo, puede autorizar a otra persona para que lo haga en su lugar.
Para ello, el representante debe presentar una autorización firmada por el elector, y fotocopia tanto del documento oficial acreditativo del elector, como de su propio documento oficial de identidad. En este sentido, Correos ha puesto a disposición de todos los electores un ejemplo de autorización.
¿Hasta qué día se puede depositar el voto?
Para depositar el voto, el elector o su representante tiene de plazo hasta el jueves 20 de julio para efectuarlo en cualquier oficina de Correos.
Habitualmente estas oficinas cierran a las 20:00 horas pero con motivo de las elecciones generales del próximo 23-J, se ha amplificado su horario hasta las 22:00 horas.
Cómo pedir que la documentación electoral se envíe a otra dirección
Si el elector desea recibir la documentación necesaria para efectuar el voto por correo en una dirección diferente a la que indicó en un primer momento, está a tiempo de solicitarlo, indican desde Correos, «pero debe hacerlo lo antes posible, para que dé margen a enviarlo a la nueva dirección a tiempo y que así pueda depositar el voto en el plazo legal, que finaliza el 20 de julio».
Para ello, tiene que acudir a una oficina de Correos y facilitar el número de registro de la documentación electoral que desea reexpedir. Este código puede obtenerse en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE) dentro del apartado ‘Consulta del voto por correo’.
- Para acceder, será necesario introducir el número de DNI, pasaporte o tarjeta de residencia y la fecha de nacimiento del interesado.
- Correos
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)