La JEC decide que el DNI sea obligatorio en el voto por correo y admite vacaciones como excusa si hay «perjuicio económico»

voto correo dni
Fuente: Shutterstock
Tiempo de lectura: 3 min
(*) Actualización 09/06/2023

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido exigir el DNI para depositar el voto por correo en toda España, según informan desde el organismo a Newtral.es. Hasta ahora solo era necesario identificarse cuando el cartero de Correos entrega el sobre con la documentación correspondiente para votar, pero no a la hora de depositar el voto en una oficina postal.

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Contexto. Esta decisión llega tras la tomada por la Junta Electoral de Zona (JEZ) de Melilla en las pasadas elecciones autonómicas y municipales, ante el presunto fraude de compra de votos por correos. 

Por otro lado, en la reunión de este jueves 8 de junio también han acordado, en relación a los nombramientos para las mesas electorales, que si la jornada electoral del 23 de julio coincide con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional puede ser considerado como excusa para excluirse de la mesa por parte de las Juntas Electorales de Zona. Estas serán las encargadas de verificar la información aportada y tomar la decisión en cada caso.

Eso sí, el viaje o estancia debe haberse contratado antes de la fecha en la que se convocaron elecciones (30 de mayo), y se aceptará siempre que se asegure la integración plena de las mesas y cuando se acredite un perjuicio económico o trastorno graves.

Para votar por correo habrá que enseñar el DNI al recoger el voto y al depositarlo 

El próximo 23 de julio se celebran elecciones generales y como coincide con un periodo vacacional, muchas personas optarán por votar por correo. Esta modalidad obliga a enseñar el DNI cuando el cartero de Correos entrega la documentación y ahora también habrá que identificarse cuando se deposite el voto.

Según el acuerdo de la Junta Electoral Central, los electores que voten por correo deben identificarse con con algunos de estos documentos en el momento de depositar el voto:

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  • DNI
  • Pasaporte
  • Permiso de conducir
  • Tarjeta de residencia uotro documento válido que identifique al elector

Si el elector no puede acudir personalmente a entregar la documentación, tendrá que otorgar una autorización para que entregue su voto otra persona, previamente firmado por elector y acompañado de una fotocopia de su documento de identidad.

(*) Actualización 08/06/2023: Por un error, donde decía «en la reunión de este jueves 8 de mayo» ha sido cambiado por «en la reunión de este jueves 8 de junio»

Fuentes
  • Junta Electoral Central
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1 Comentarios

  • La reunión no ha sido hoy? En el tercer párrafo decís: "Por otro lado, en la reunión de este jueves 8 de mayo..."