Quién puede votar en las próximas elecciones europeas del 9 de junio de 2024

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Fuente: Shutterstock
Tiempo de lectura: 4 min

Las elecciones europeas se celebrarán en España el domingo 9 de junio de 2024. El Gobierno confirmará más adelante la fecha mediante real decreto. ¿Quién puede votar en ellas y cuáles son los requisitos que se deben cumplir? Lo analizamos.

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¿Quién puede votar en las elecciones europeas?

Para votar en las elecciones europeas en España se deben cumplir estos requisitos:

  • Tener 18 años cumplidos el día de la votación.
  • Tener la nacionalidad española y residir en España o en el extranjero (salvo si optas por votar en tu Estado miembro de residencia).
  • O ser nacional de otro país de la Unión Europea residente en España.

[Quién puede votar en las elecciones municipales, autonómicas y generales]

¿Es obligatorio votar en España en las elecciones europeas?

No, como explica el Parlamento Europeo en su web, en España el voto no es obligatorio en ninguno de sus tipos de elecciones, ya sean municipales, autonómicas, generales o europeas. Tanto el voto como la abstención son derechos electorales que se ejercen si uno quiere y cumple con los requisitos necesarios en cada caso.

¿Qué se vota? En las elecciones europeas, los ciudadanos de los países de la Unión Europea eligen a sus representantes como diputados al Parlamento Europeo. En 2024, se elegirán 720 diputados al Parlamento Europeo, 15 más que en las elecciones anteriores. 

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En España se elegirán 61 eurodiputados en 2024, dos más que en las elecciones de 2019 y para ello se aplica un sistema de listas cerradas, por lo que los electores no pueden cambiar el orden de preferencia de los candidatos en la lista.

¿Se puede autorizar a otra persona para que vote en mi lugar?

Desde el Parlamento Europeo indican que en España no se puede autorizar a otra persona para que vote por uno mismo en las elecciones europeas. Por lo que si el día de las elecciones vamos a estar ausentes lo mejor es tramitar la opción de voto por correo.

La única excepción que contempla la ley es por enfermedad. Si por motivos de salud debidamente acreditados, alguien no puede desplazarse para solicitar el voto por correo, puede autorizar ante notario a otra persona para que recoja toda la documentación del voto por correo y lo tramite en su nombre. Son los llamados «poderes electorales» y se otorgan ante notario de manera gratuita.

¿Dónde se puede votar en las elecciones europeas?

Si eres nacional español o de otro país de la UE residente en España:

En España, se puede votar por correo, o también en persona en la mesa electoral que nos corresponda según el censo electoral, que se basa en el lugar de empadronamiento. Se pueden consultar los datos de inscripción y nuestra mesa electoral en esta web

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Antes de las elecciones, las autoridades nacionales competentes elaborarán el censo a partir de la información que faciliten los ayuntamientos y consulados. Los votantes tienen un plazo de ocho días para consultar el censo y presentar reclamaciones por cambio de domicilio, que deben justificar, pero solo dentro de la misma demarcación electoral (que corresponde a una provincia o isla).

Si eres nacional español que vota en el extranjero:

En caso de que se tenga nacionalidad española y se resida de manera permanente en el extranjero se debe estar inscrito en el registro consular de la Embajada Española de tu país de residencia, que tramitará de oficio tu inscripción en el Censo de Electores residentes-ausentes que viven en el extranjero. A partir de ese momento, ya se puede votar en las elecciones europeas tanto por correo como en urna.

Si tienes nacionalidad española y resides de manera temporal en el extranjero:

Además, el Real Decreto 1621/2007 establece un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero. En ese caso hay que inscribirse como no residente en el consulado que nos corresponda. Además, se debe solicitar personalmente en nuestro consulado la documentación para poder votar desde el extranjero en un plazo de 25 días desde la convocatoria de elecciones. Recibirás la documentación en tu domicilio.

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Fuentes
  • Parlamento Europeo

4 Comentarios

  • Tú a imponer en tu casa , no a quien va votar cada uno .

  • España tiene que despertar y echar a ese Sánchez , viva pp y vox

    • Yo si fuera tu votaría a vox, porque el pp en Europa está bajo el mando de Soros y eso no es nada bueno para la democracia.

    • Esto faltaba que me imponga un fachoso lo que tengo que votar