El domingo 28 de mayo se celebrarán en España las elecciones autonómicas y municipales. Pero quienes residen en el extranjero, o están allí temporalmente, también pueden ejercer su derecho a voto. En esta nueva convocatoria se introducen novedades como la eliminación del voto rogado, la descarga de papeletas de forma telemática y la ampliación del plazo para depositar el voto en la Oficina Consular.
- Ya no existe el voto rogado. En 2022 se aprobó una nueva ley que elimina el voto rogado, lo que significa que los españoles que residen en el extrajero ya no tienen que solicitarlo previamente. Como ya contamos, esta decisión se tomó tras el descenso de la participación desde que el 2011 se introdujera este sistema.
Te explicamos los pasos a seguir para ejercer votar desde fuera de España en las próximas elecciones.
Cómo voto desde el extranjero si vivo en otro país
Los residentes permanentes en el extranjero ya no tienen que solicitar de manera previa el voto para poder ejercer su derecho en las próximas elecciones autonómicas —en las municipales no pueden votar—. Pero sí es necesario que consten en el censo de electores.
La persona debe estar inscrita en el Registro de Matrícula Consular —que gestionan las oficinas consulares de España en el extranjero— y en el censo de electores residentes ausentes (CERA) vigente. Puede comprobar si figura en el censo a través de las embajadas y consulados, y en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística.
Si consta en los listados, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en España le remitirá a su dirección en el extranjero la documentación electoral, aunque también podrá descargar las papeletas de manera telemática.
El elector puede enviar el voto por correo postal a la Oficina Consular de España en el extranjero en la que esté inscrito. Si no, también puede ejercer el voto en la urna habilitada en la oficina consular, es decir, depositar el sobre en el centro de votación. Será entre el octavo y el tercer día anterior al día de la elección.
¿Y si solo estoy temporalmente fuera de España?
En este caso pueden votar tanto en las elecciones autonómicas como en las municipales. Si el elector está empadronado en España (CER) debe acudir a la oficina consular correspondiente en el país en el que se encuentre e inscribirse como no residente en el Registro de Matrícula Consular.
Después tiene que rellenar una solicitud de voto desde el extranjero y lo debe entregar presencialmente en dicha oficina, que será la encargada de remitirla al lugar en el que el ciudadano esté empadronado en España.
Más tarde el elector recibirá la documentación electoral y una hoja informativa a la dirección indicada en la petición. Tendrá que remitir el sobre por correo certificado a su mesa electoral en España, con el matasellos de una oficina de correos del país en el que se encuentre para acreditar que está dentro de plazo.
Estos son los plazos
Los plazos van en función de la convocatoria del proceso electoral, que aún no ha sido publicada. En las pasadas elecciones, por ejemplo, La Rioja publicó la convocatoria el 2 de abril de 2019 para las que tuvieron lugar el 26 de mayo de ese año.
Inscribirse en el censo. El censo de electores residentes ausentes (CERA) cierra el primer día del segundo mes anterior a la convocatoria.
Recibir la documentación informativa. Entre el día 18 y 25 posterior a la convocatoria, se recibe la hoja informativa sobre cómo ejercer el derecho a voto desde el extranjero y la web en la que se publicarán las candidaturas y juegos de papeletas descargables.
Recibir las papeletas. Entre el día 29 y 33 después de la convocatoria, se remiten las papeletas oficiales donde no hubiera sido impugnada la proclamación de candidatos, y como máximo a los 39 días las restantes.
- Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Procedimiento de cómo ejercer el derecho al voto desde el extranjero
¿A qué circunscripción se asignan los votos de los extranjeros?
Y si no me ha llegado la primera documentación y si me ha llegado el sobre con las papeletas. ¿Que tengo que hacer?.
Gracias
Estaremos en sudamerica en fecha desde 01 de mayo al 14 de junio/2023. Como haremos para votar???
Te poco leer....
Entiendo que estando fuera de España por turismo, es imposible votar.
¿O hay alguna forma?
“¿Y si solo estoy temporalmente fuera de España?
En este caso pueden votar tanto en las elecciones autonómicas como en las municipales. Si el elector está empadronado en España (CER) debe acudir a la oficina consular correspondiente en el país en el que se encuentre e inscribirse como no residente en el Registro de Matrícula Consular. “
No permite comprobar si estoy inscrito en el CERA.