Radiografía de las sentencias por violencia sexual: en el 65% de las condenas, el agresor es un conocido de la víctima

Violencia sexual sentencias
Manifestación contra la violencia sexual | Shutterstock
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No todos los ataques contra la libertad sexual (agresiones o abusos sexuales) se denuncian. De hecho, aunque las denuncias han aumentado en la última década (de 6.924 delitos esclarecidos en 2010 a 12.062 en 2020, según datos disponibles en el Portal Estadístico de Criminalidad), la mayoría “siguen sin conocerse”, como apunta a Newtral.es el criminólogo Antonio Andrés Pueyo: “Hay una gran ‘cifra negra’, que es el término que se usa en criminología, porque es violencia sexual que nunca sale a la luz. Este porcentaje de violaciones que no se denuncian corresponden, sobre todo, a aquellas donde el agresor es alguien muy conocido o un familiar”.

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Para dimensionar la violencia sexual que sí termina en la vía jurídica, el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acaba de publicar un informe analizando un centenar de sentencias por alguno de estos delitos (contra la libertad e indemnidad sexuales) dictadas por el Tribunal Supremo en 2020.

El informe, elaborado por Miguel Lorente, forense, profesor titular de la Universidad de Granada y miembro del grupo de expertos del Observatorio, diferencia entre la violencia sexual contra personas adultas y contra menores.

Agresiones sexuales revisadas por el Supremo: una de cada cuatro víctimas de violencia sexual fueron en grupo 

Así, en el primero de los casos, el experto, tras analizar un centenar de sentencias dictadas por el Alto Tribunal, señala que, excepto en un caso, todas las víctimas fueron mujeres. Además, en el 100% de los casos, el agresor fue un hombre. Y en el 26% de las agresiones (una de cada cuatro), estas fueron múltiples, es decir, cometidas en grupo, por más de un agresor. 

El documento también apunta que en el 65% de los casos, la víctima conocía a su agresor (es decir, había tenido algún contacto previo en mayor o menor medida): “Dentro de este grupo, el principal es el de las personas conocidas dentro de las amistades y en ambientes de ocio (42,8%), seguido de la familia (20%) y del de redes sociales (5,7%)”.

Esto entronca con el hecho de que la mayoría de estos delitos se cometieron en un domicilio (63%), fundamentalmente en el del agresor. El 32,7% de ellas se cometieron fuera de un domicilio (en la calle, en un portal, en un parque…). 

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Víctimas de la violencia sexual y homicidio: el feminicidio sexual

Además, de las sentencias revisadas por el Tribunal Supremo, en un 6,3% de los casos, la violencia sexual conllevó también un homicidio. Este supuesto, el de feminicidio sexual, es decir, cuando una mujer es asesinada por un hombre con el que no mantenía o había mantenido una relación sentimental (condición para que se la considere víctima de violencia de género a efectos administrativos), comenzará a ser incluido a partir de enero de 2022 en la estadística de víctimas mortales de la violencia de género, tal y como anunció la ministra de Igualdad, Irene Montero. 

Esto implica que víctimas de feminicidios sexuales (como las mujeres de estos casos revisados por el Supremo) u otros mediatizados como el de Diana Quer, Marta Calvo o Laura Luelmo serán contabilizadas en las estadísticas oficiales de víctimas mortales de la violencia de género. Una estadística que, a día de hoy, solo contabiliza a las mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas, así como a los menores en el marco de la violencia vicaria de género. 

Por otro lado, según el informe, la mayor parte de ataques a la libertad sexual se cometieron usando la fuerza y la intimidación, pero en un 7% de los casos se cometió “utilizando sustancias tóxicas o aprovechando la situación consecuente al consumo de dichas sustancias por parte de la víctima, especialmente de bebidas alcohólicas”. 

El primer supuesto, usar sustancias tóxicas para cometer un delito de esta índole, se conoce como sumisión química. A día de hoy, no supone una agravante en el Código Penal, sino que se entiende que al estar anulada la voluntad de la víctima, no es necesario usar la fuerza ni la intimidación, por lo que se tipifica como abuso sexual, no como agresión. 

Esto cambiaría de aprobarse la “ley del solo sí es sí”, o proyecto de ley de libertad sexual, que está en trámite parlamentario. La norma propone contemplar este supuesto como agravante, además de eliminar el supuesto de abuso sexual. 

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Violencia sexual en menores

También la violencia sexual en menores ha sido analizada en este informe del CGPJ. Del centenar de sentencias revisadas por el Tribunal Supremo en 2020 sobre ataques a la libertad e indemnidad sexuales, hay 95 menores víctimas. De ellos, el 68% son niñas y el 32%, niños. 

También en la violencia sexual infantil la mayoría de agresores son hombres (93,8%); el porcentaje restante corresponde a mujeres agresoras (1,5%) o agresiones en las que participan tanto un hombre como una mujer (4,7%).

Igual que en el grupo de personas adultas víctimas de violencia sexual, en el caso de las víctimas menores, las agresiones fueron mayoritariamente cometidas por conocidos (75,3%). En el 24,7% de los casos, los menores víctimas no tenían tenían ningún grado de conocimiento previo con su agresor.

Por último, dentro del grupo de agresores conocidos, en un 37,7% de los casos estos eran parte de la familia (progenitores, tíos…), y en un 31,2% eran conocidos a través de la familia o del vecindario. El resto eran conocidos a través de contextos educativos y deportivos, o a través de redes sociales.

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