El Tribunal Supremo avala el criterio de las Audiencias Provinciales tanto en las rebajas de penas aceptadas como en las denegadas

tribunal supremo ley solo sí es sí
Exterior del Tribunal Supremo | Shutterstock
Tiempo de lectura: 5 min

Tras varios meses esperando la decisión del Tribunal Supremo sobre la ley del ‘solo sí es sí’ y las rebajas de penas, el pleno de la Sala Penal ha acordado rechazar los recursos interpuestos tanto por la Fiscalía como por los condenados. El Supremo avala los criterios de las Audiencias Provinciales (tanto en las rebajas de penas aceptadas como en las denegadas), pero también rechaza aplicar la disposición transitoria del Código Penal de 1995. Fiscalía defendía que no cabe reducir las penas de condenados por ataques a la libertad sexual cuando la pena impuesta estaba incluida en la horquilla penológica de la ley del ‘solo sí es sí’.

Publicidad

Este régimen transitorio (o disposición transitoria) supone en la práctica “que no se modifican penas cuando la pena ya impuesta queda englobada en el marco de penas posterior”, como explicaba a Newtral.es el abogado Saúl Castro. Es decir, si la pena se contempla en la nueva ley del sólo sí es sí, no hay rebaja posible. Sin embargo, el TS rechaza su aplicación, que es lo que podría evitar una parte de las rebajas de penas tal y como defendía la Fiscalía.

Tal y como informaba EFE, en noviembre de 2022, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, dictaba un decreto señalando que, “como regla general, no procederá la revisión de las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia también sea susceptible de imponerse con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma”. “Se evitará la adaptación automática de las penas anteriormente impuestas en proporción aritmética al nuevo marco punitivo”, añadía la Fiscalía. Ahora, el Supremo ha rechazado que se aplique la disposición transitoria del Código Penal de 1995, por lo que contraviene el criterio de la Fiscalía.

[Cronología de la ley del ‘solo sí es sí’: hitos clave de la primera norma que dividió el voto de la coalición]

Tribunal Supremo y ley del ‘solo sí es sí’: analizados 29 recursos

Tal y como informan desde el Tribunal Supremo sobre la ley del ‘solo sí es sí’, el pleno de la Sala Penal solo ha aceptado uno de los recursos planteados por la Fiscalía “por un error dosimétrico de la Audiencia”. Es decir, se había cometido un error al contabilizar la pena y el Supremo la ha elevado.

En total, de los 29 recursos analizados, 27 han sido resueltos por unanimidad. “Uno lo ha sido por mayoría pero sin anuncio de voto particular, y el otro, del que era ponente el magistrado Andrés Palomo, ha provocado el cambio de ponencia, que será asumida por el magistrado Leopoldo Puente, y que es el único asunto que contará con votos particulares”, explican desde el Supremo. 

Publicidad

Eso sí, de los 29 recursos, 22 de ellos habían sido presentados por condenados por delitos contra la libertad sexual. Recursos contra las decisiones de Audiencias Provinciales por no haber rebajado la pena tras la revisión de condena. Esto significa que el Supremo confirma la totalidad de los criterios aplicados por estos tribunales de inferior rango: tanto para las rebajas de penas aceptadas como para las denegadas.

De momento, se desconocen los motivos alegados por los condenados para solicitar las rebajas de penas. Las sentencias completas se conocerán en los próximos días, permitiendo conocer los detalles de la decisión del Supremo.

Por otro lado, Saúl Castro señala en conversación con Newtral.es que “el Supremo avala la rebaja de penas pero solo en relación a los recursos que interpuso la Fiscalía, que son 7, por lo que no sabemos por qué ni si está vinculado a la no aplicación de la disposición transitoria quinta del Código Penal de 1995 en los otros 22 casos”.

Un millar de rebajas de penas y una reforma legislativa

Las rebajas de penas tras la ley del ‘sólo sí es sí’, que ahora revisa el TS, se vienen produciendo desde finales de 2022. Según el último balance del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a fecha de 11 de mayo de 2023, los tribunales habían acordado 1.079 reducciones de pena en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’ (o ley de libertad sexual). Estas resoluciones han supuesto, hasta esa fecha, al menos 108 excarcelaciones.

La decisión del Tribunal Supremo sobre la ley del ‘solo sí es sí’ llega un mes y medio después de que se aprobara la reforma de la ley promovida por el PSOE. Esta reforma, ya en vigor, mantiene un único delito de agresión sexual pero introduce un subtipo para diferenciar entre agresión con violencia e intimidación o sin ella. En consecuencia, aumentan algunas penas, tanto mínimas como máximas.

Publicidad
Fuentes
  • Tribunal Supremo
  • Consejo General del Poder Judicial

5 Comentarios

Ya no se pueden publicar comentarios en este artículo.

  • Se olvida dar los argumentos del Supremo.
    La Constitución da el aplicar la norma mejor para el reo...

    • Equivocación, la constitución esablece la irretroactividad de penas desfavorables, la norma de la que usted habla es el artículo 2.2 del cp.

  • Se le olvida a "Newtral" publicar los argumentos para rebajarlas desde el T.Supremo, pero hay uno que es Derecho Fundamental de la Constitución española que es el "Principio del in dubio pro reo" o aplicar siempre la norma más favorable al reo y así se aplicó la Ley como estaba redactada, error grave.

  • Se le olvida a "Newtral" publicar los argumentos para rebajarlas desde el T.Supremo, pero hay uno que es Derecho Fundamental de la Constitución española que es el "Principio del in dubio pro reo" o aplicar siempre la norma más favorable al reo y así se aplicó la Ley como estaba redactada, error grave.

  • Se le olvida a "Newtral" publicar los argumentos para rebajarlas desde el T.Supremo, pero hay uno que es Derecho Fundamental de la Constitución española que es el "Principio del in dubio pro reo" o aplicar siempre la norma más favorable al reo y así se aplicó la Ley.