El Tribunal de Cuentas resolvió 13 sanciones contra los partidos políticos en 2020 frente a las 404 del año anterior

Tribunal de Cuentas sanciones partidos
Fuente: Luis García | Wikipedia
Tiempo de lectura: 3 min

Las sanciones económicas que puso el Tribunal de Cuentas a los partidos políticos por incumplimiento del reglamento en 2020 cayeron un 97% respecto al año anterior, al pasar de 404 acuerdos que acabaron en sanción a partidos en 2019 a los 13 de 2020. Así lo refleja el informe anual de 2020 que ha publicado el organismo. 

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Desde el Tribunal de Cuentas indican que las sanciones cerradas en 2019 y 2020 pudieron ser iniciadas en ejercicios anteriores, pero no concretan las fechas exactas.

[Las multas del Tribunal de Cuentas: qué investiga exactamente el vigilante de los partidos]

Menos sanciones y multas a los partidos 

En 2020 el Tribunal de Cuentas puso sanciones a las agrupaciones políticas por un valor de 46.129,73 euros. La recaudación fue casi ocho veces mayor el año anterior cuando se impusieron multas por un total de 357.683,42 euros. 

Que un año esta cifra sea superior o inferior también depende del número de expedientes que se abran y que su tramitación concluya en sanciones, explican desde el Tribunal de Cuentas. 

Por su parte, la cuantía que tendrán que asumir los partidos por las infracciones cometidas varía si se califica de muy grave, grave o leve. Por ejemplo, la aceptación de donaciones o aportaciones sin cumplir con los requisitos que exige la ley, superar en más de un 3% los límites de gastos electorales, incumplir con la obligación de presentar las cuentas anuales y retrasarse en el plazo de manera reiterada.

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A la pregunta de Newtral.es sobre a qué partidos corresponden las sanciones impuestas y la cuantía por la que se les multa, el Tribunal de Cuentas responde que “esa información no se puede hacer pública”.

El que vigila, examina y sanciona a los partidos 

Al Tribunal de Cuentas le corresponde fiscalizar las cuentas de los partidos, su  financiación, que estos mismos tienen la obligación de entregar. En este sentido, examina las aportaciones que reciben de fundaciones y asociaciones u otros ingresos públicos y privados.

De la misma manera, la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos (LOFPP) atribuye a este organismo la competencia para imponer las sanciones económicas oportunas cuando cometan alguna de las infracciones que recoge esta ley en su artículo 17.

Este órgano es el competente en resolver si se sanciona al partido o se le absuelve. Pero el Tribunal de Cuentas no puede dictaminar penas porque no es compatible con la jurisdicción penal. La decisión que adopte se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.

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