España, como Estado miembro de la Unión Europea, está obligada a aplicar en su legislación nacional toda la normativa comunitaria, aunque no se especifica cómo debe hacerlo. A lo largo de los 40 años que España lleva formando parte de la UE, ha ido trasponiendo directivas europeas a través de 6.246 normas, de las que más de la mitad son reales decretos y órdenes ministeriales (que no requieren pasar por el Parlamento).
- Desde 1986 se han contabilizado un total de 2.423 reales decretos aprobados por España para aplicar normas europeas y 2.192 órdenes ministeriales.
Los reales decretos, a la cabeza. Los reales decretos son el tipo de norma que más ha escogido el Gobierno para aplicar legislación europea a la nacional, algo que ha hecho en 2.423 ocasiones.
- Los reales decretos son textos que no requieren una tramitación parlamentaria posterior y que entran en vigor en el momento en que se publican en el BOE.
Órdenes ministeriales. Las órdenes ministeriales, normas que firma la persona al frente de un determinado ministerio y entran en vigor tras su publicación en el BOE, ocupan el segundo puesto en cantidad, con 2.192 aprobadas para aplicar leyes europeas.
En tercer lugar, las leyes ordinarias. Las leyes ordinarias se sitúan en tercera posición con 776 normas aprobadas, a una distancia considerable de las orgánicas.
- ¿Por qué? Las directivas europeas no suelen exigir la modificación de derechos fundamentales, sistema electoral o estatutos de autonomía, materias que habría que regular a través de leyes orgánicas.
- ¿Y las orgánicas? Estas se sitúan en novena posición, con 70 aprobadas en estos 40 años de España en la UE.
Los motivos. La Comisión Europea se encarga de investigar si los Estados miembros trasponen (y de manera correcta) las directivas a la legislación nacional. Cuando esto no ocurre, es la Comisión la que abre procedimientos de infracción contra los países que considera que no aplican de manera correcta el derecho europeo.
- Las iniciativas parlamentarias en el Congreso se pueden demorar en fase de enmiendas hasta más de un año. Por lo tanto, aplicar las demandas de la UE a través de un procedimiento que requiera tramitación parlamentaria no es la opción más rápida para evitar enfrentarse a futuros avisos o sanciones.
Sin trasposición. En 137 ocasiones, España ha considerado que no era necesario aprobar o modificar una normativa nacional para trasponer una directiva, según recoge el buscador de legislación europea Eur-Lex.
- No están pendientes. Esto no quiere decir que este 137 corresponda a directivas pendientes de trasponer, una cifra que, según los últimos datos disponibles facilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, asciende a 101.
Por décadas. De 1986 a 1996 se aprobaron más normas para aplicar el derecho europeo, con 2.994. Esta es una cifra que va descendiendo década a década hasta llegar a la comprendida entre 2016 y 2025, cuando se aprobaron 571 normas, alrededor de un 81% menos que en los años inmediatamente posteriores a llegada al bloque comunitario.
- Cuando entró en la UE, España tuvo que adoptar un gran volumen de normas comunitarias que no tenía en su legislación para adaptarse a los estándares europeos.
Nota metodológica
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