Cómo afecta la Ley de Transparencia a la Federación de Fútbol (RFEF)

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Fuente: Juan Carlos Hidalgo | EFE
Tiempo de lectura: 5 min

El Consejo de Transparencia aclara a este medio que la RFEF está obligada a cumplir con la normativa en materia de transparencia, pero solo en el ámbito de la publicidad activa. Así, por ejemplo, el comunicado que borró la institución deportiva el pasado 26 de agosto, donde aseguraban que la jugadora de fútbol y ganadora del Mundial 2023 Jenni Hermoso había “tergiversado la realidad”, no entraría en el ámbito de la Ley Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTAIBG), tal y como señalan los expertos consultados.

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La Federación Española de Fútbol (RFEF) borró de su página un segundo comunicado que publicó en la madrugada del pasado 26 de agosto. En él, la entidad deportiva señalaba que la jugadora “mentía en las declaraciones”, en referencia al comunicado en el que Hermoso indicó que el beso que le dio Rubiales, presidente por entonces de la RFEF, no fue consentido. Sin embargo, el escrito de la federación fue borrado horas más tarde, según publicaron diversos medios

En el primer comunicado, del pasado 25 de agosto, la Federación alertó que iniciará acciones legales para “defender la honorabilidad del presidente de la RFEF”. Ahora, su versión ha cambiado. En un escrito firmado por el nuevo presidente, Pedro Rocha, la RFEF señala que “la actuación del Sr. Rubiales, tanto en ese momento como en las horas posteriores, no es aceptable bajo ningún concepto”. E indican que “por esto, la RFEF retiró inmediatamente de su web todos aquellos comunicados, inapropiados y carentes de sentido, que no ponían en valor lo logrado por la Selección”. 

[La transparencia de la Federación de Fútbol: obligaciones y dinero público]

Qué dicen la ley de transparencia y la ley del deporte sobre la RFEF

Tal y como marca la legislación, la RFEF, al igual que el resto de federaciones, es una entidad asociativa privada de utilidad pública. Por ello, según detallan desde el CTBG a Newtral.es, “no cabe ejercer el derecho de acceso a la información pública frente a las federaciones deportivas”. Es decir, los ciudadanos no pueden, entre otras acciones, presentar solicitudes de información pública directamente a la entidad.

Sin embargo, matizan que sí deben cumplir con las obligaciones de publicidad activa. Fijadas, por un lado, en la ley de transparencia para las entidades privadas, únicamente en los artículos 6 y 8, y, por otro, la ley del deporte en materia de transparencia, en su artículo 61.

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  • La ley de transparencia señala que los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación publicarán información relativa a información institucional, organizativa y de planificación [artículo 6] así como económica, presupuestaria y estadística [artículo 8]. La ley del deporte, en su caso, especifica que deberán ser públicos estatutos, reglamentos y normas internas de aplicación general. También, informes de auditoría de cuentas, los informes de la comisión de control económico y las subvenciones y ayudas públicas y privadas recibidas, entre otros conceptos [artículo 61]. 

“No figura una obligación de publicar y mantener publicado un comunicado”, según expertos sobre cómo afecta la ley de transparencia a la REF

Ante ello, tal y como indica a Newtral.es Helen Darbshire, directora ejecutiva de la plataforma a favor del derecho a la información pública Access Info, en ambas normativas no figura explícitamente que los comunicados se pueden considerar publicidad activa. “[La normativa] no parece que incluya a los comunicados y no figura una obligación de publicar y mantener publicado un comunicado en ningún lugar”, señala. 

En lo mismo coincide Emilio Guichot, catedrático en Derecho Administrativo en la Universidad de Sevilla y profesor en Derecho de las Telecomunicaciones y de las Nuevas Tecnologías, “un comunicado de este tipo no es una actividad sujeta al Derecho administrativo ni supone el ejercicio de una potestad administrativa, por lo que queda fuera de la Ley de Transparencia”. “No hay una normativa que yo conozca que obligue a estas entidades privadas a la conservación de sus comunicados”, señala.

El Consejo Superior de Deportes, una posible vía para pedir información vía ley de transparencia a la RFEF 

Ante esta situación, Guichot aclara que una vía posible a explorar sería la de presentar una solicitud de información pública al órgano de la administración que ejerce su tutela. En este caso, el Consejo Superior de Deportes, adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte. “Es una forma indirecta de obtener información, siempre que esté referida al ejercicio de potestades administrativas”. Eso sí, siempre y cuando esté sujeto a derecho administrativo. 

Aun así, algunos expertos en materia de transparencia, como Miguel Ángel Blanes, sostienen que sus comunicados oficiales publicados en su página web sobre actuaciones sometidas al Derecho Administrativo son información pública y “no pueden ser eliminados de un día para otro”.

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El Índice de Cumplimiento de la Información Obligatoria (ICIO) en materia de transparencia de la RFEF es de un 64%, según el CTBG

Cada año el Consejo de Transparencia lleva a cabo una evaluación sobre si las entidades cumplen o no la normativa que les afecta en materia de transparencia. Para hacerlo utiliza el Índice de Cumplimiento de la Información Obligatoria (ICIO) valorando lo que publica y lo que no.

Según el último informe relativo a la RFEF, publicado en 2022, esta entidad obtuvo un ICIO del 64% de lo exigido. Esto se debe a que, por un lado, hay omisión de la publicación de contenidos obligatorios –se publica el 71,4% de ellos – y, por otro, a que hay informaciones económicas desactualizadas o directamente sin estar fechadas.

Fuentes
  • Respuesta del Consejo de Transparencia a Newtral.es
  • Emilio Guichot, catedrático en Derecho Administrativo en la Universidad de Sevilla
  • Helen Darbshire, directora ejecutiva de la plataforma a favor del derecho a la información pública Access Info
  • Informe de Evaluación del CTBG sobre la RFEF
  • Ley de transparencia
  • Ley del deporte
  • RFEF
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